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27 mar 2023

Ley 1/2015, de 24 de febrero, del Voluntariado en la Comunidad de Madrid

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 7 bis
Artículo nuevo
Artículo 7 bis. Formación especializada. Todo voluntario cuya actividad requiera estar en contacto habitual con niños recibirá formación especializada, inicial y continúa, que lo capacite para prevenir, detectar precozmente, comunicar y responder adecuadamente ante las distintas formas de violencia sobre la infancia.