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8 feb 2023

Ley 8/2022, de 24 de junio, de caza y gestión cinegética de La Rioja

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 47
Antesc) Cualquier otro tipo de municiones cuyo uso se prohíba expresamente en la normativa de desarrollo de esta ley.
Ahorac) Se prohíbe la tenencia y el uso de munición que contenga una concentración de plomo (expresada en metal) igual o superior al 1% en peso durante el ejercicio de la caza y el tiro deportivo, cuando estas actividades se ejerzan en humedales o a menos de cien metros de estos.
Párrafo añadido
d) Cualquier otro tipo de municiones cuyo uso se prohíba expresamente en la normativa de desarrollo de esta ley.