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28 dic 2022

Ley 26/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 1
EliminadoSe modifica el apartado 1 de la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Canarias, que queda redactado con el siguiente tenor:
Eliminado«1. Se cede a la Comunidad Autónoma de Canarias el rendimiento de los siguientes tributos:
Antesa) Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con carácter parcial, en el porcentaje del 50 por ciento.
AhoraSe modifica el apartado 1 de la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias que queda redactado con el siguiente tenor:
Párrafo añadido
“1. Conforme al apartado 3 de esta disposición, con los límites y, en su caso, con la capacidad normativa y en los términos que se establezcan en la ley orgánica prevista en el artículo 157.3 de la Constitución, se ceden a la Comunidad Autónoma los siguientes tributos:
Párrafo añadido
a) Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Eliminadoe) Los Tributos sobre el Juego.
Eliminadof) El Impuesto Especial sobre la Cerveza, con carácter parcial, en el porcentaje del 58 por ciento.
Eliminadog) El Impuesto Especial sobre Productos Intermedios, con carácter parcial, en el porcentaje del 58 por ciento.
Eliminadoh) El Impuesto Especial sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas, con carácter parcial, en el porcentaje del 58 por ciento.
Eliminadoi) El Impuesto Especial sobre la Electricidad.
AntesLa eventual supresión o modificación por el Estado de alguno de los tributos antes señalados implicará la extinción o modificación de la cesión.»
Ahorae) Los tributos sobre el juego.
Párrafo añadido
f) Impuesto Especial sobre la Cerveza.
Párrafo añadido
g) Impuesto Especial sobre Productos Intermedios.
Párrafo añadido
h) Impuesto Especial sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas.
Párrafo añadido
i) Impuesto Especial sobre Electricidad.
Párrafo añadido
j) Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos.
Párrafo añadido
k) Aquellos otros que acuerden las Cortes Generales.”