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Hacienda amplía la colaboración contra el fraude fiscal y europeo
Ley · En vigor · Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
La colaboración con las administraciones públicas incluye ahora la prevención del delito fiscal y medidas para prevenir, detectar y corregir fraudes, corrupción y conflictos de intereses que afecten a fondos de la Unión Europea. También se modifica el régimen de intereses de demora sin cambios visibles en su redacción.
El titular y el resumen están generados con inteligencia artificial y pueden contener errores. Fuente oficial: la disposición en el BOE ↗ (se abre en una pestaña nueva). Cómo los hacemos.
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 26▾
El texto de este artículo no cambió en esta reforma. Es posible que el cambio afecte a su numeración o contexto dentro de la ley.
Artículo 95▾
Antesd) La colaboración con las Administraciones públicas para la lucha contra el delito fiscal y contra el fraude en la obtención o percepción de ayudas o subvenciones a cargo de fondos públicos o de la Unión Europea.
Ahorad) La colaboración con las Administraciones públicas para la prevención y lucha contra el delito fiscal y contra el fraude en la obtención o percepción de ayudas o subvenciones a cargo de fondos públicos o de la Unión Europea, incluyendo las medidas oportunas para prevenir, detectar y corregir el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses que afecten a los intereses financieros de la Unión Europea.