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1 nov 2022

Ley 2/2007, de 23 de marzo, de Coordinación de las Policías Locales

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición transitoria primera
Antes2. Los funcionarios de los Cuerpos de Policía Local del Principado de Asturias que carezcan de la titulación requerida permanecerán en las plazas de las anteriores escalas y categorías con la consideración de a extinguir, con respeto a los derechos económicos, hasta que acrediten la obtención de titulación académica exigida en cada caso o superen los cursos de formación que a tal efecto pudieran establecerse, siempre que tales cursos tengan validez a efectos de integración en las distintas Escalas y Categorías.
Ahora2. Los funcionarios de los Cuerpos de Policía Local del Principado de Asturias que carezcan de la titulación requerida permanecerán en las plazas de las anteriores escalas y categorías con la consideración de a extinguir, con respeto a los derechos económicos, hasta que acrediten la obtención de titulación académica exigida en cada caso**o superen los cursos de formación que a tal efecto pudieran establecerse, siempre que tales cursos tengan validez a efectos de integración en las distintas Escalas y Categorías.**