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24 oct 2022

Orden DSA/159/2022, de 2 de marzo, por la que se crea una oficina de asistencia en materia de registros

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 4
AntesLa oficina de asistencia en materia de registros del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 se adecuará a la categoría de oficinas de horario general prevista en la Resolución de 4 de noviembre de 2003, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se hace pública la relación de las oficinas de registro propias y concertadas con la Administración General del Estado y sus organismos públicos y se establecen los días y horarios de apertura.
AhoraLa oficina de asistencia en materia de registros del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 se adecuará a la categoría de oficinas de horario especial del apartado quinto c) de la Resolución de 4 de noviembre de 2003, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se hace pública la relación de las oficinas de registro propias y concertadas con la Administración General del Estado y sus organismos públicos y se establecen los días y horarios de apertura, acogiéndose al siguiente horario:
Párrafo añadido
a) De 9 a 17:30 horas de lunes a viernes laborables del 16 de septiembre al 15 de junio.
Párrafo añadido
b) De 8 a 15 horas de lunes a viernes laborables de 16 de junio al 15 de septiembre.