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21 oct 2022

Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales

Qué ha cambiado (3 artículos)

Disposición adicional decimoctava
Artículo nuevo
Disposición adicional decimoctava. Incentivos al tejido productivo tecnológico. 1. Se bonificará el 100% de las tasas regionales a aquellas empresas que inviertan en la creación de unidades de I+D. La bonificación se realizará para los proyectos de inversión realizados vinculados con nuevos laboratorios, equipamientos y creación o crecimiento de áreas o departamentos de I+D. 2. La solicitud de bonificación deberá realizarse durante el primer año de realización de la inversión. Esta circunstancia, así como la necesaria relación de la bonificación con el proyecto de inversión realizado serán determinados por el Instituto de Fomento de la Región de la Murcia.
Artículo 1
Párrafo añadido
3. No estará sujeta a esta tasa la expedición de certificados e inscripción en registros oficiales, cuando tal actuación se realice íntegramente a través de medios electrónicos.»
Artículo 5
Eliminado8. La expedición de certificados e inscripción en registros oficiales, cuando se realicen por procedimientos telemáticos.
Eliminado9. La expedición de certificados de valoración de grado de discapacidad, certificados de capacidades residuales a efectos de demanda de empleo, certificados de adecuación laboral, certificados de adaptación de medios y/o tiempos, y certificados de accesibilidad.
Eliminado10. Los bastanteos de poderes que realice la Administración Pública Regional para realizar una inscripción en el Registro General Electrónico de Apoderamientos. Esta exención se extenderá también a los registros particulares de apoderamientos.
Antes11. La realización de las actividades que constituyen el hecho imponible de esta tasa cuando los sujetos pasivos pertenezcan a familias numerosas clasificadas en la categoría especial.
Ahora8. La expedición de certificados de valoración de grado de discapacidad, certificados de capacidades residuales a efectos de demanda de empleo, certificados de adecuación laboral, certificados de adaptación de medios y/o tiempos, y certificados de accesibilidad.
Párrafo añadido
9. Los bastanteos de poderes que realice la Administración Pública Regional para realizar una inscripción en el Registro General Electrónico de Apoderamientos. Esta exención se extenderá también a los registros particulares de apoderamientos.
Párrafo añadido
10. La realización de las actividades que constituyen el hecho imponible de esta tasa cuando los sujetos pasivos pertenezcan a familias numerosas clasificadas en la categoría especial.