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20 oct 2022

Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013

Qué ha cambiado (2 artículos)

Disposición adicional trigésima tercera
AntesEl plazo de presentación de solicitudes de los beneficios establecidos en la disposición adicional decimoctava de la Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 1990, y en la disposición adicional decimoctava de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, finalizará definitivamente el 31 de diciembre de 2013, sin perjuicio de que el reconocimiento del derecho se efectúe en una fecha posterior.
Ahora**(Derogada)**
Disposición adicional trigésima sexta
EliminadoUno. A partir de 1 de enero de 2013 y con vigencia indefinida, no se efectuarán nuevos reconocimientos de pensiones en favor de huérfanos mayores de veintiún años no incapacitados al amparo de la legislación vigente a 31 de diciembre de 1984, ni de la legislación especial de guerra.
EliminadoQuedan exceptuadas de lo dispuesto en el párrafo anterior las pensiones extraordinarias de orfandad causadas por actos de terrorismo; así como las pensiones ya reconocidas que, por cualquier causa, no se percibieran a 31 de diciembre de 2012, las cuales podrán incluirse en nómina después de dicha fecha.
AntesDos. Los procedimientos iniciados y no resueltos en la fecha de entrada en vigor de esta Ley y las solicitudes de coparticipación o acumulación que se formulen con posterioridad a la misma, se regirán por la legislación vigente a 31 de diciembre de 2012.
Ahora**(Derogada)**