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Tres hurtos leves acumulados pueden acarrear penas más graves si superan 400 euros
Ley Orgánica · En vigor · Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
El Código Penal permite imponer la pena prevista para el hurto de más de 400 euros cuando una persona acumula condenas firmes por al menos tres delitos de la misma naturaleza y su importe conjunto supera esa cifra. No cuentan los antecedentes cancelados o que debieran estarlo.
El titular y el resumen están generados con inteligencia artificial y pueden contener errores. Fuente oficial: la disposición en el BOE ↗ (se abre en una pestaña nueva). Cómo los hacemos.
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 234▾
Antes2. Se impondrá una pena de multa de uno a tres meses si la cuantía de lo sustraído no excediese de 400 euros, salvo si concurriese alguna de las circunstancias del artículo 235.
Ahora2. Se impondrá una pena de multa de uno a tres meses si la cuantía de lo sustraído no excediese de 400 euros, salvo si concurriese alguna de las circunstancias del artículo 235. No obstante, en el caso de que el culpable hubiera sido condenado ejecutoriamente al menos por tres delitos comprendidos en este Título, aunque sean de carácter leve, siempre que sean de la misma naturaleza y que el montante acumulado de las infracciones sea superior a 400 €, se impondrá la pena del apartado 1 de este artículo.
Párrafo añadido
No se tendrán en cuenta antecedentes cancelados o que debieran serlo.