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4 jul 2022

Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 11
EliminadoActivo total del balance: 6.200.000 euros.
AntesImporte neto del volumen de negocios: 12.800.000 euros.
AhoraActivo total del balance: 6.600.000 euros.
Párrafo añadido
Importe neto del volumen de negocios: 13.600.000 euros.
Artículo 78
Eliminadoa) 2.500.000 euros cuando se trate de entidades aseguradoras que operen en ramos de seguro distintos del seguro de vida, incluidas las entidades aseguradoras cautivas, excepto cuando estén cubiertos todos o algunos de los riesgos de responsabilidad civil, crédito y caución [ramos 10 a 15 del anexo A).a) de esta Ley], en cuyo caso no será inferior a 3.700.000 euros;
Eliminadob) 3.700.000 euros en el caso de las entidades aseguradoras que operen en el ramo de vida, incluidas las entidades aseguradoras cautivas;
Antesc) 3.600.000 euros cuando se trate de entidades reaseguradoras, excepto en el caso de las entidades reaseguradoras cautivas, para las que el capital mínimo obligatorio no será inferior a 1.200.000 euros;
Ahoraa) 2.700.000 euros cuando se trate de entidades aseguradoras que operen en ramos de seguro distintos del seguro de vida, incluidas las entidades aseguradoras cautivas, excepto cuando estén cubiertos todos o algunos de los riesgos de responsabilidad civil, crédito y caución [ramos 10 a 15 del anexo A).a) de esta Ley], en cuyo caso no será inferior a 4.000.000 euros;
Párrafo añadido
b) 4.000.000 euros en el caso de las entidades aseguradoras que operen en el ramo de vida, incluidas las entidades aseguradoras cautivas;
Párrafo añadido
c) 3.900.000 euros cuando se trate de entidades reaseguradoras, excepto en el caso de las entidades reaseguradoras cautivas, para las que el capital mínimo obligatorio no será inferior a 1.300.000 euros;