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27 may 2022

Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 13 bis
Artículo nuevo
Artículo 13 bis. Autorización de adscripción de centros universitarios. La resolución del Gobierno de Aragón sobre la adscripción mediante convenio a una universidad de centros docentes para impartir estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional se adoptará en el plazo de tres meses, transcurridos los cuales, sin resolución expresa, se entenderá rechazada.
Artículo 14 bis
Artículo nuevo
Artículo 14 bis. Autorización de inicio de actividades de centros adscritos de universidades públicas y privadas. En la autorización para el inicio de actividades de centros adscritos a universidades públicas y privadas, resulta de aplicación el plazo de resolución y notificación de seis meses y el régimen del silencio positivo.