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16 may 2022

Ley 12/2018, de 26 de diciembre, de contratación pública socialmente responsable de Extremadura

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 35
Eliminado1. La Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Extremadura, adscrita a la consejería competente en materia de hacienda, es el órgano consultivo en materia de contratación administrativa de la Junta de Extremadura y su sector público autonómico que tenga la consideración de poder adjudicador, que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la legislación estatal de contratos del sector público.
Eliminado2. Corresponde a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, además de aquellas funciones que se establezcan reglamentariamente, las siguientes:
Eliminadoa) Promover la adopción de las normas o medidas de carácter general que considere procedentes para la mejora del sistema de contratación en sus aspectos administrativos, técnicos y económicos, incluidas las medidas de supervisión o de otro tipo necesarias para asegurar el buen desarrollo de los procedimientos de contratación pública y evitar supuestos de corrupción en los mismos.
Eliminadob) Informar sobre las cuestiones que se sometan a su consideración y, con carácter preceptivo, sobre todas las disposiciones normativas de rango legal y reglamentario en materia de contratación pública de competencia autonómica.
Eliminadoc) Coordinar el cumplimiento de las obligaciones de supervisión, de información y de gobernanza que imponen las directivas de contratación.
Antesd) Cualquier otro supuesto que le asigne la normativa vigente.
Ahora1. La Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Extremadura, adscrita a la consejería competente en materia de hacienda, es el órgano consultivo en materia de contratación administrativa de la Junta de Extremadura y su sector público autonómico con consideración de poder adjudicador, que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la legislación estatal de contratos del sector público.
Párrafo añadido
2. Corresponde a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa informar sobre las cuestiones que se sometan a su consideración vinculadas a la contratación pública, así como aquellas otras funciones que le asigne la normativa vigente.