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12 may 2022
Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha
Ley · En vigor · Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha
Qué ha cambiado (3 artículos)
Artículo 134▾
Antesb) Toda actuación que suponga discriminación por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, lengua, opinión, lugar de nacimiento o vecindad, sexo o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, así como el acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso moral, sexual y por razón de sexo.
Ahorab) Toda actuación que suponga discriminación por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad, orientación sexual, identidad sexual, expresión de género, desarrollo sexual, lengua, opinión, lugar de nacimiento o vecindad, sexo o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, así como el acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad, orientación sexual, identidad sexual, expresión de género o desarrollo sexual y el acoso moral, sexual y por razón de sexo.
Párrafo añadido
t) La adopción de represalias o el tratamiento adverso dispensado a una o varias personas con motivo de la presentación de una queja, reclamación, denuncia, demanda o recurso de cualquier tipo vinculada con una situación discriminatoria o de acoso por las razones que se indican, respectivamente, en el apartado b).
Párrafo añadido
u) La negativa a atender o asistir de manera efectiva a quienes hayan sufrido cualquier tipo de violencia o abuso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad, orientación sexual, identidad sexual, expresión de género, desarrollo sexual, lengua, opinión, lugar de nacimiento o vecindad, sexo o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Párrafo añadido
v) Obstruir gravemente la actuación investigadora de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en el cumplimiento de los mandatos establecidos en la Ley 5/2022, de 6 de mayo, de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI en Castilla-La Mancha; bien con conductas agresivas de carácter físico o psicológico, o utilizando ambigüedades, ocultamientos, evasión o faltando a la verdad de los hechos, cuando sean requeridos para ello por razón de su empleo; con intención de impedir el cumplimiento de los mandatos referidos y afectando gravemente la evolución y el fin último de la investigación.
Párrafo añadido
Las faltas tipificadas en los apartados b), t), u) y v) se entenderán cometidas también cuando la persona perjudicada por las conductas en ellas descritas sea una persona perteneciente a una familia LGTBI.
Artículo 135▾
Eliminadoa) La falta de obediencia debida a los superiores y autoridades.
Eliminadob) El abuso de autoridad en el ejercicio del cargo.
Eliminadoc) Las conductas constitutivas de delito doloso relacionadas con el servicio o que causen daño a la Administración o a la ciudadanía y no constituyan falta muy grave.
Eliminadod) La tolerancia de los superiores respecto de la comisión de faltas muy graves o graves de su personal subordinado.
Eliminadoe) La grave desconsideración con las personas jerárquicamente superiores, compañeros o compañeras o personal subordinado.
Eliminadof) La producción de daños graves en los locales, instalaciones, material o documentos de los servicios.
Eliminadog) La intervención en un procedimiento administrativo cuando se dé alguna de las causas de abstención legalmente señaladas.
Eliminadoh) La emisión de informes, la adopción de decisiones, resoluciones o acuerdos o la realización de actuaciones manifiestamente ilegales cuando causen perjuicio a la Administración o a la ciudadanía y no constituyan falta muy grave.
Eliminadoi) La falta injustificada de rendimiento que afecte al normal funcionamiento de los servicios y no constituya falta muy grave.
Eliminadoj) No guardar el debido sigilo respecto a los asuntos que se conozcan por razón del cargo.
Eliminadok) El incumplimiento de los plazos u otras disposiciones de procedimiento en materia de incompatibilidades, cuando no suponga mantenimiento de una situación de incompatibilidad.
Eliminadol) La falta de asistencia al trabajo o a acciones formativas obligatorias sin causa justificada durante tres o más días al mes.
Eliminadom) El incumplimiento injustificado de la jornada o del horario de trabajo que acumulado suponga un mínimo de diez horas al mes o porcentaje equivalente en el caso de que su cómputo no sea mensual.
Eliminadon) Las acciones u omisiones dirigidas a evadir los sistemas de control de horarios o a impedir que sean detectados los incumplimientos injustificados de la jornada o del horario de trabajo.
Eliminadoñ) La presentación extemporánea de partes de alta en el cuarto día o sucesivos desde la fecha de su expedición o la presentación extemporánea de partes de baja o confirmación en el decimosexto día o sucesivos desde la fecha de su expedición a no ser que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.
Eliminadoo) La simulación de enfermedad o accidente que conlleve una incapacidad laboral de tres días.
Eliminadop) Las acciones u omisiones que perturben gravemente el servicio.
Eliminadoq) El atentado grave a la dignidad del personal empleado público o de la Administración.
Eliminador) La grave falta de consideración con la ciudadanía.
Eliminados) El incumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales, cuando no constituya falta muy grave.
Eliminadot) La infracción o aplicación indebida de los preceptos contenidos en la legislación sobre contratos del sector público, cuando no constituya falta muy grave.
Eliminadou) La infracción o aplicación indebida de los preceptos contenidos en la normativa sobre régimen presupuestario y contabilidad aplicable al sector público, cuando no constituya falta muy grave.
Eliminadov) La aceptación de trato de favor o situación que implique privilegio o ventaja injustificada, por parte de personas físicas o entidades privadas.
Eliminadow) El empleo o la utilización de recursos y bienes públicos para usos particulares o de personas allegadas, salvo que por su escasa entidad constituya falta leve.
Eliminadox) El encubrimiento de faltas muy graves, cuando de dichos actos se derive daño grave para la Administración o la ciudadanía.
Antesy) Cooperar a la ejecución de hechos constitutivos de falta muy grave con actos anteriores o simultáneos en los términos previstos en el artículo 139.3.
Ahoraa) La falta de obediencia debida a los superiores y autoridades.
Párrafo añadido
b) El abuso de autoridad en el ejercicio del cargo.
Párrafo añadido
c) Las conductas constitutivas de delito doloso relacionadas con el servicio o que causen daño a la Administración o a la ciudadanía y no constituyan falta muy grave.
Párrafo añadido
d) La tolerancia de los superiores respecto de la comisión de faltas muy graves o graves de su personal subordinado.
Párrafo añadido
e) La grave desconsideración con las personas jerárquicamente superiores, compañeros o compañeras o personal subordinado.
Párrafo añadido
f) La producción de daños graves en los locales, instalaciones, material o documentos de los servicios.
Párrafo añadido
g) La intervención en un procedimiento administrativo cuando se dé alguna de las causas de abstención legalmente señaladas.
Párrafo añadido
h) La emisión de informes, la adopción de decisiones, resoluciones o acuerdos o la realización de actuaciones manifiestamente ilegales cuando causen perjuicio a la Administración o a la ciudadanía y no constituyan falta muy grave.
Párrafo añadido
i) La falta injustificada de rendimiento que afecte al normal funcionamiento de los servicios y no constituya falta muy grave.
Párrafo añadido
j) No guardar el debido sigilo respecto a los asuntos que se conozcan por razón del cargo.
Párrafo añadido
k) El incumplimiento de los plazos u otras disposiciones de procedimiento en materia de incompatibilidades, cuando no suponga mantenimiento de una situación de incompatibilidad.
Párrafo añadido
l) La falta de asistencia al trabajo o a acciones formativas obligatorias sin causa justificada durante tres o más días al mes.
Párrafo añadido
m) El incumplimiento injustificado de la jornada o del horario de trabajo que acumulado suponga un mínimo de diez horas al mes o porcentaje equivalente en el caso de que su cómputo no sea mensual.
Párrafo añadido
n) Las acciones u omisiones dirigidas a evadir los sistemas de control de horarios o a impedir que sean detectados los incumplimientos injustificados de la jornada o del horario de trabajo.
Párrafo añadido
ñ) La presentación extemporánea de partes de alta en el cuarto día o sucesivos desde la fecha de su expedición o la presentación extemporánea de partes de baja o confirmación en el decimosexto día o sucesivos desde la fecha de su expedición a no ser que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.
Párrafo añadido
o) La simulación de enfermedad o accidente que conlleve una incapacidad laboral de tres días.
Párrafo añadido
p) Las acciones u omisiones que perturben gravemente el servicio.
Párrafo añadido
q) El atentado grave a la dignidad del personal empleado público o de la Administración.
Párrafo añadido
r) La grave falta de consideración con la ciudadanía.
Párrafo añadido
s) El incumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales, cuando no constituya falta muy grave.
Párrafo añadido
t) La infracción o aplicación indebida de los preceptos contenidos en la legislación sobre contratos del sector público, cuando no constituya falta muy grave.
Párrafo añadido
u) La infracción o aplicación indebida de los preceptos contenidos en la normativa sobre régimen presupuestario y contabilidad aplicable al sector público, cuando no constituya falta muy grave.
Párrafo añadido
v) La aceptación de trato de favor o situación que implique privilegio o ventaja injustificada, por parte de personas físicas o entidades privadas.
Párrafo añadido
w) El empleo o la utilización de recursos y bienes públicos para usos particulares o de personas allegadas, salvo que por su escasa entidad constituya falta leve.
Párrafo añadido
x) El encubrimiento de faltas muy graves, cuando de dichos actos se derive daño grave para la Administración o la ciudadanía.
Párrafo añadido
y) Cooperar a la ejecución de hechos constitutivos de falta muy grave con actos anteriores o simultáneos en los términos previstos en el artículo 139.3.
Párrafo añadido
z) Utilizar, de forma reiterada, en el ejercicio de sus funciones, expresiones vejatorias por razón de la orientación sexual, la identidad sexual, la expresión de género o el desarrollo sexual, o que inciten a la violencia contra las personas LGTBI o sus familias.
Párrafo añadido
z bis) Obstruir leve e ilegítimamente la acción investigadora en el cumplimiento de los mandatos establecidos en la Ley 5/2022, de 6 de mayo, de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI en Castilla-La Mancha; bien con conductas agresivas de carácter físico o psicológico, o utilizando ambigüedades, ocultamientos, evasión o faltando a la verdad de los hechos; cuando sean requeridos para ello por razón de su empleo; con intención de dificultar levemente y con suficiencia el cumplimiento de los mandatos referidos.
Artículo 136▾
Eliminadoa) El incumplimiento injustificado de la jornada o del horario de trabajo, cuando no suponga falta grave.
Eliminadob) La falta de asistencia al trabajo o a acciones formativas obligatorias sin causa justificada de uno o dos días al mes.
Eliminadoc) La presentación extemporánea de partes de alta pasadas veinticuatro horas de su expedición y antes de cumplirse el cuarto día desde la misma, o la presentación extemporánea de partes de baja y de confirmación pasados tres días desde su expedición y antes de cumplirse el decimosexto día desde la misma a no ser que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.
Eliminadod) La simulación de enfermedad o accidente que conlleve una incapacidad laboral, cuando no constituya falta grave.
Eliminadoe) La incorrección con la ciudadanía, superiores, compañeros o compañeras o personal subordinado, cuando no constituya falta grave.
Eliminadof) El retraso, descuido o negligencia en el ejercicio de sus funciones.
Eliminadog) Emplear o utilizar recursos y bienes públicos de escasa entidad para usos particulares o de personas allegadas.
Eliminadoh) La negligencia en la conservación de los locales, instalaciones, material y documentos de los servicios, si no causa perjuicios graves.
Eliminadoi) El incumplimiento de los deberes y obligaciones del personal funcionario, siempre que no deba ser calificado como falta muy grave o grave.
Eliminadoj) El encubrimiento de faltas graves, cuando de dichos actos se derive daño grave para la Administración o la ciudadanía.
Antesk) Cooperar a la ejecución de hechos constitutivos de falta grave con actos anteriores o simultáneos en los términos previstos en el artículo 139.3.
Ahoraa) El incumplimiento injustificado de la jornada o del horario de trabajo, cuando no suponga falta grave.
Párrafo añadido
b) La falta de asistencia al trabajo o a acciones formativas obligatorias sin causa justificada de uno o dos días al mes.
Párrafo añadido
c) La presentación extemporánea de partes de alta pasadas veinticuatro horas de su expedición y antes de cumplirse el cuarto día desde la misma, o la presentación extemporánea de partes de baja y de confirmación pasados tres días desde su expedición y antes de cumplirse el decimosexto día desde la misma a no ser que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.
Párrafo añadido
d) La simulación de enfermedad o accidente que conlleve una incapacidad laboral, cuando no constituya falta grave.
Párrafo añadido
e) La incorrección con la ciudadanía, superiores, compañeros o compañeras o personal subordinado, cuando no constituya falta grave.
Párrafo añadido
f) El retraso, descuido o negligencia en el ejercicio de sus funciones.
Párrafo añadido
g) Emplear o utilizar recursos y bienes públicos de escasa entidad para usos particulares o de personas allegadas.
Párrafo añadido
h) La negligencia en la conservación de los locales, instalaciones, material y documentos de los servicios, si no causa perjuicios graves.
Párrafo añadido
i) El incumplimiento de los deberes y obligaciones del personal funcionario, siempre que no deba ser calificado como falta muy grave o grave.
Párrafo añadido
j) El encubrimiento de faltas graves, cuando de dichos actos se derive daño grave para la Administración o la ciudadanía.
Párrafo añadido
k) Cooperar a la ejecución de hechos constitutivos de falta grave con actos anteriores o simultáneos en los términos previstos en el artículo 139.3.
Párrafo añadido
l) Utilizar, en el ejercicio de sus funciones, expresiones vejatorias por razón de orientación sexual, identidad sexual, expresión de género o desarrollo sexual, o que inciten a la violencia contra las personas LGTBI o sus familias.