Saltar al contenido
← Volver
9 abr 2022

Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición transitoria primera
AntesLo dispuesto en el artículo 112 bis, que mediante esta Ley se añade en el texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, será de aplicación a los titulares de las instalaciones de producción de energía eléctrica que a la entrada en vigor de la misma sean titulares de una concesión hidroeléctrica. Las condiciones de tales concesiones deberán ser adaptadas a la nueva regulación establecida en dicho artículo 112 bis.
Ahora**(Derogada)**