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8 abr 2022

Orden ECD/711/2015, de 15 de abril, por la que se establecen los elementos y características de los documentos oficiales de evaluación de la Educación Primaria, para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Qué ha cambiado (4 artículos)

Artículo 9
Eliminado1. El tutor o tutora, al final del curso, teniendo en cuenta los resultados de los procesos de evaluación interna y los resultados de la evaluación individualizada de tercer curso de Educación Primaria, deberá entregar a las familias un consejo orientador en el que se les informe del grado de logro de los objetivos y de adquisición de las competencias correspondientes, de las posibles medidas adoptar y de las formas en las que pueden colaborar para paliar las posibles dificultades de aprendizaje encontradas.
Eliminado2. El consejo orientador del tercer curso de Educación Primaria, se ajustará en su contenido al modelo que figura en el anexo V.
Antes3. Una copia del consejo orientador formará parte del expediente del alumno o alumna.
Ahora**(Derogado)**
Artículo 10
Eliminado1. Informe indicativo del nivel obtenido en la evaluación final de Educación.
EliminadoPrimaria:
EliminadoAl finalizar el sexto curso de Educación Primaria, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte realizará una evaluación individualizada a todo el alumnado, en la que se comprobará el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística, de la competencia matemática y de las competencias básicas en ciencia y tecnología, así como el logro de los objetivos de la etapa, según lo regulado en artículo 21 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la calidad educativa.
EliminadoEl resultado de la evaluación se expresará en los siguientes niveles: Insuficiente (IN) para las calificaciones negativas, Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT), o Sobresaliente (SB) para las calificaciones positivas.
EliminadoEl nivel obtenido por cada alumno o alumna se hará constar en un informe, que será entregado a los padres, madres o tutores legales y que tendrá carácter informativo y orientador para los centros en los que los alumnos y las alumnas hayan cursado sexto curso de Educación Primaria y para aquellos en los que cursen el siguiente curso escolar, así como para los equipos docentes.
EliminadoUna copia del informe formará parte del expediente del alumno o de la alumna.
Eliminado2. Informe de final de etapa de Educación Primaria:
EliminadoAl finalizar el sexto curso de Educación Primaria, el equipo docente de sexto curso elaborará un informe individualizado de final de Educación Primaria referido al logro los objetivos y el grado de adquisición de las competencias de la etapa.
EliminadoEn la realización de dicho informe se tendrán en cuenta y se valorarán los resultados del informe de la evaluación final de etapa.
EliminadoEl nivel obtenido por cada alumno o alumna se hará constar en dicho informe, que será entregado a los padres, madres o tutores legales. Una copia del citado informe formará parte del expediente del alumno o de la alumna.
AntesEl modelo de dicho informe es el que figura en el Anexo VI.
Ahora**(Derogado)**
ANEXO V
Eliminado![](/datos/imagenes/disp/2016/82/04392_011.png)
Antes![](/datos/imagenes/disp/2015/97/04392_012.png)
Ahora**(Derogado)**
ANEXO VI
Eliminado![imagen](/datos/imagenes/disp/2015/97/04392_013.png)
Eliminado![imagen](/datos/imagenes/disp/2015/97/04392_014.png)
Eliminado![imagen](/datos/imagenes/disp/2015/97/04392_015.png)
Antes![imagen](/datos/imagenes/disp/2015/97/04392_016.png)
Ahora**(Derogado)**