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6 abr 2022 · ModificaciónGenerado con IA

El Código Civil incorpora referencias al convenio de nacionalidad franco-español

El Código Civil añade en sus reglas sobre pérdida y recuperación de la nacionalidad referencias al convenio entre España y Francia de 2021 y a la instrucción que establece criterios para aplicarlo. Las notas no muestran cambios en esas reglas.

El titular y el resumen están generados con inteligencia artificial y pueden contener errores. Fuente oficial: la disposición en el BOE ↗ (se abre en una pestaña nueva). Cómo los hacemos.

Qué ha cambiado (2 artículos)

Art 24▾
Párrafo añadido
[Nota del BOE: Téngase en cuenta el Convenio de nacionalidad entre el Reino de España y la República Francesa, hecho en Montauban el 15 de marzo de 2021, , así como la Instrucción de 31 de marzo de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerdan los criterios para la aplicación del Convenio de nacionalidad entre el Reino de España y la República Francesa.]
Art 26▾
Párrafo añadido
[Nota del BOE: Téngase en cuenta el Convenio de nacionalidad entre el Reino de España y la República Francesa, hecho en Montauban el 15 de marzo de 2021, , así como la Instrucción de 31 de marzo de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerdan los criterios para la aplicación del Convenio de nacionalidad entre el Reino de España y la República Francesa.]