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La relación laboral especial artística incluye técnicos y auxiliares
El Estatuto de los Trabajadores amplía la relación laboral especial artística a quienes trabajan en artes escénicas, audiovisuales y musicales. También incorpora a las personas que realizan tareas técnicas o auxiliares necesarias para desarrollar esas actividades.
El titular y el resumen están generados con inteligencia artificial y pueden contener errores. Fuente oficial: la disposición en el BOE ↗ (se abre en una pestaña nueva). Cómo los hacemos.
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 2▾
Antese) La de los artistas en espectáculos públicos.
Ahorae) La de las personas artistas que desarrollan su actividad en las artes escénicas, audiovisuales y musicales, así como las personas que realizan actividades técnicas o auxiliares necesarias para el desarrollo de dicha actividad.