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29 dic 2021

Orden DEF/99/2018, de 5 de febrero, por la que se regula el procedimiento que permite a los militares de carrera participar en las provisiones de puestos de trabajo en la Administración Civil

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 3
Antesb) Contar con, al menos, veinte años de tiempos de servicio desde la adquisición de la condición de militar profesional.
Ahorab) Contar con, al menos, veinte años de tiempo de servicios, cuyo computo se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 del Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de militar y situaciones administrativas de los militares profesionales, aprobado por Real Decreto 1111//2015, de 11 de diciembre.