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17 dic 2021

Decreto Legislativo 2/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Comercio Ambulante

Qué ha cambiado (3 artículos)

Artículo 3
Eliminadoa) La persona física o jurídica titular de la autorización para el ejercicio del comercio ambulante, su DNI o NIF, domicilio a efectos de posibles reclamaciones y, en su caso, las personas con relación familiar o laboral que vayan a desarrollar en su nombre la actividad.
Eliminadob) La duración de la autorización.
Eliminadoc) La modalidad de comercio ambulante autorizada.
Eliminadod) La indicación precisa del lugar, fecha y horario en que se va a ejercer la actividad.
Eliminadoe) El tamaño, ubicación y estructura de los puestos donde se va a realizar la actividad comercial.
Eliminadof) Los productos autorizados para su comercialización.
Antesg) En la modalidad de comercio itinerante, el medio transportable o móvil en el que se ejerce la actividad y los itinerarios permitidos.
Ahoraa) La persona física o jurídica titular de la autorización para el ejercicio del comercio ambulante, su DNI o NIF, domicilio a efectos de posibles reclamaciones y, en su caso, las personas con relación familiar o laboral que vayan a desarrollar en su nombre la actividad.
Párrafo añadido
b) La duración de la autorización.
Párrafo añadido
c) La modalidad de comercio ambulante autorizada.
Párrafo añadido
d) La indicación precisa del lugar, fecha y horario en que se va a ejercer la actividad.
Párrafo añadido
e) El tamaño, ubicación y estructura de los puestos donde se va a realizar la actividad comercial.
Párrafo añadido
f) Los productos autorizados para su comercialización.
Párrafo añadido
g) En la modalidad de comercio itinerante, el medio transportable o móvil en el que se ejerce la actividad y los itinerarios permitidos.
Párrafo añadido
4. A efectos de actualización anual del informe de la venta ambulante en Andalucía, los Ayuntamientos habrán de facilitar a la Dirección General competente en materia de comercio interior, mediante los instrumentos de comunicación que se determinen, una relación anual, desagregada por sexo, de las autorizaciones concedidas en su municipio para el ejercicio del comercio ambulante.
Artículos 6 y 7
Artículo nuevo
Artículos 6 y 7. **(Suprimidos)**
Artículo 15
Antes2. La reincidencia en la comisión de infracciones muy graves llevará aparejada la cancelación de la inscripción en el Registro de Comerciantes Ambulantes, en el supuesto de que la persona comerciante se encontrara inscrita.
Ahora2**(Suprimido).**