Saltar al contenido
← Volver
3 nov 2021

Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 20
AntesSe entenderá por precio anterior, el menor que hubiese sido aplicado sobre productos idénticos en los treinta días precedentes.
AhoraSe entenderá por precio anterior el menor que hubiese sido aplicado sobre productos idénticos en los treinta días precedentes. A estos efectos no se tendrá en consideración el precio que hubiese podido ser aplicado, con la finalidad de reducir el desperdicio alimentario, sobre productos idénticos cuyas fechas de caducidad o consumo preferente estuviesen próximas a vencer.