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30 jul 2021
Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz
Ley · En vigor · Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 8▾
Antes1. El Defensor del Pueblo Andaluz estará auxiliado por tres Adjuntías en las que podrá delegar sus funciones y entre las que designará a quien le auxilie en el ejercicio de las funciones que le corresponden como Defensor del Menor de Andalucía.
Ahora1. El Defensor del Pueblo Andaluz estará auxiliado por tres personas adjuntas en las que podrá delegar sus funciones y entre los que designará al que le auxilie en el ejercicio de las funciones que le corresponden como Defensor o Defensora de la Infancia y Adolescencia.