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2 jul 2021

Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 67
Eliminado2. Estará compuesto por el Presidente, dos Vicepresidentes, el Director Gerente y nueve vocales en representación de los departamentos responsables de Salud y de Ciencia, del Servicio Aragonés de Salud, del Instituto Aragonés de Administración Pública y de la Universidad de Zaragoza.
Eliminado3. Los Vocales serán nombrados mediante Decreto del Gobierno de Aragón, de la siguiente manera:
Eliminadoa) Dos, con rango mínimo de Jefe de Servicio, designados por el Departamento responsable de Salud.
Eliminadob) Dos, con rango mínimo de Jefe de Servicio, designados por el Servicio Aragonés de Salud, uno de ellos en representación del Área de Salud Pública y el otro en representación del Área Asistencial.
Eliminadoc) Uno, perteneciente al Instituto Aragonés de Administración Pública, designado por el Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales.
Eliminadod) Uno, del área de investigación, designado por el Departamento responsable de Ciencia, Tecnología y Universidad.
Eliminadoe) Dos representantes de la Universidad de Zaragoza, que serán el Vicerrector responsable en materia de investigación y otro designado por el Rector.
Eliminadof) el Director General responsable en materia de Salud Pública del Gobierno de Aragón.
Antes4. El Presidente del Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud designará, de entre los Vocales, a quien deba ejercer las funciones de Secretario del Consejo.
Ahora2. Estará compuesto por quienes ejerzan la Presidencia y la Vicepresidencia, así como la Dirección Gerencia del Instituto, y por nueve vocales en representación de los departamentos responsables de salud y de ciencia y del Servicio Aragonés de Salud.
Párrafo añadido
3. Los vocales, nombrados mediante decreto del Gobierno de Aragón, se distribuirán de la siguiente forma:
Párrafo añadido
a) La persona titular de la dirección general responsable en materia de salud pública.
Párrafo añadido
b) La persona titular de la dirección general responsable en materia de digitalización e innovación en salud.
Párrafo añadido
c) La persona titular de la dirección gerencia del Servicio Aragonés de Salud.
Párrafo añadido
d) Cuatro vocales, con rango mínimo de jefe/a de servicio, designados por el titular del departamento responsable de salud, de las áreas correspondientes de asistencia sanitaria, cartera de servicios, y formación y estrategias de salud, favoreciendo la representación territorial del Sistema de Salud de Aragón.
Párrafo añadido
e) Dos vocales, con rango mínimo de jefe/a de servicio, designados por la persona titular del departamento responsable de ciencia y universidad.
Párrafo añadido
4. Corresponderá a la Presidencia del Consejo de Dirección designar, de entre los vocales, a quien deba ejercer las funciones de secretario/a del Consejo.
Artículo 69
EliminadoArtículo 69. Los Vicepresidentes.
Eliminado1. La vicepresidencia primera del Instituto corresponderá al Consejero responsable en materia de Ciencia.
EliminadoLa vicepresidencia segunda corresponderá al Rector de la Universidad de Zaragoza.
Antes2. Los Vicepresidentes desempeñarán las funciones de sustitución del Presidente en los casos de vacante, ausencia o enfermedad de éste de acuerdo con el anterior orden de prelación, así como cualesquiera otras que les atribuyan los estatutos.
AhoraArtículo 69. La Vicepresidencia.
Párrafo añadido
1. La Vicepresidencia del Instituto corresponderá a la persona titular del Departamento responsable en materia de ciencia.
Párrafo añadido
2. La Vicepresidencia desempeñará las funciones de sustitución de la Presidencia en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, así como cualesquiera otras que le atribuyan los estatutos.