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22 jun 2021

Ley 1/2002, de 20 de marzo, de Adecuación de los Procedimientos de la Administración Regional de Murcia a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

Qué ha cambiado (1 artículo)

ANEXO I
EliminadoEl plazo máximo para resolver y notificar la resolución de los procedimientos de concesiones del dominio público marítimo terrestre de puertos, competencia de esta Comunidad Autónoma, será de 12 meses. En el caso de autorizaciones el plazo máximo para la notificación de la resolución expresa que ponga fin a dichos procedimientos será de 8 meses.
AntesTranscurridos dichos plazos sin que haya recaído resolución expresa, la correspondiente solicitud se entenderá desestimada. Estos plazos se podrán suspender en los casos previstos en el artículo 42.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ahora| Denominación | Objeto | Plazo Meses | Legislación | | --- | --- | --- | --- | | Deslinde y amojonamiento de montes de utilidad pública. | Definir los linderos y determinar los límites del monte y señalarlos con carácter permanente sobre el terreno. | 18 | Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Montes. Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas. Ley 3/1992, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad autónoma de la Región de Murcia. | | Deslinde y amojonamiento de vías pecuarias. | Definir los linderos y determinar los límites de la Vía Pecuaria y señalarlos con carácter permanente sobre el terreno. | 18 | Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias. Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas. Ley 3/1992, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad autónoma de la Región de Murcia. |