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25 may 2021

Orden TMA/378/2020, de 30 de abril, por la que se definen los criterios y requisitos de los arrendatarios de vivienda habitual que pueden acceder a las ayudas transitorias de financiación establecidas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 8
Antes[Nota del BOE: Téngase en cuenta que se prorroga el plazo para solicitar los préstamos avalados y subvencionados por el Estado hasta el 31 de mayo de 2021 y el plazo para formalizar hasta el 30 de junio de 2021, según establecen los apartados primero y segundo de la Orden TMA/1134/2020, de 30 de noviembre.Ref. BOE-A-2020-15395#pr-2]
Ahora[Nota del BOE: Téngase en cuenta que se prorroga el plazo para solicitar los préstamos avalados y subvencionados por el Estado hasta el 9 de agosto de 2021 y el plazo para formalizar hasta el 9 de septiembre de 2021, según establecen los apartados primero y segundo de la Orden TMA/498/2021, de 21 de mayo.Ref. BOE-A-2021-8657]