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12 may 2021
Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado»
Real Decreto · En vigor · Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado»
Qué ha cambiado (17 artículos)
Artículo 7▾
Antes2. Existirá asimismo un Suplemento de notificaciones de carácter independiente.
Ahora2. Existirán asimismo los siguientes suplementos de carácter independiente:
Párrafo añadido
a) El Suplemento de notificaciones.
Párrafo añadido
b) El Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único.
Artículo 8▾
Antes4. En la sección IV se publicarán los edictos, notificaciones, requisitorias y anuncios de los Juzgados y Tribunales.
Ahora4. En la sección IV se publicarán:
Párrafo añadido
a) Los anuncios de subastas judiciales.
Párrafo añadido
b) Los actos procesales que no deban ser objeto de inserción en el Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único, conforme a lo previsto en el párrafo primero del artículo 35 de la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia.
Párrafo añadido
8. El Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único incluirá las resoluciones y comunicaciones de los Juzgados y Tribunales a las que se refiere el párrafo primero del artículo 35 de la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia.
Párrafo añadido
Este suplemento estará integrado por dos secciones:
Párrafo añadido
a) Edictos judiciales de carácter general.
Párrafo añadido
b) Edictos judiciales de carácter particular.
Artículo 13▾
Antes4. No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, el Suplemento de notificaciones solamente contará con edición impresa cuando concurran las circunstancias previstas en la letra a) del apartado primero.
Ahora4. No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, los suplementos de notificaciones y del Tablón Edictal Judicial Único solamente contarán con edición impresa cuando concurran las circunstancias previstas en la letra a) del apartado primero.
Artículo 14▾
Eliminado4. No obstante lo previsto en los apartados anteriores, el Suplemento de notificaciones permanecerá libremente accesible en la sede electrónica de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado durante un plazo de tres meses desde su publicación, transcurrido el cual se requerirá el código de verificación del correspondiente anuncio de notificación, que tendrá carácter único y no previsible.
EliminadoDicho código solamente podrá ser conservado, almacenado y tratado por el interesado o su representante, así como por los órganos y Administraciones que puedan precisarlo para el ejercicio de las competencias que les corresponden.
EliminadoLa Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado adoptará medidas orientadas a evitar la indexación y recuperación automática de los códigos de verificación por sujetos distintos a los contemplados en el párrafo anterior.
AntesSin perjuicio de lo previsto en la disposición adicional primera, una vez transcurrido el plazo de tres meses establecido en el párrafo primero, la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado facilitará, previa solicitud, la información contenida en el anuncio de notificación únicamente al interesado o su representante, al Ministerio Fiscal, al Defensor del Pueblo, y a los Jueces y Tribunales.
Ahora4. No obstante lo previsto en los apartados anteriores, los suplementos permanecerán libremente accesibles en la sede electrónica de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado durante un plazo de tres meses, en el caso del Suplemento de notificaciones, y de cuatro meses, en el caso del Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único.
Párrafo añadido
Una vez transcurrido el plazo correspondiente a cada suplemento, el acceso requerirá el código de verificación del correspondiente documento, que tendrá carácter único y no previsible.
Párrafo añadido
La conservación, almacenamiento y tratamiento de la información publicada en los suplementos solamente le está permitida a los interesados o a sus representantes, a los Juzgados y Tribunales, al Ministerio Fiscal, así como a las Administraciones que puedan precisarlo para el ejercicio de las competencias que les corresponden.
Párrafo añadido
La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado adoptará medidas orientadas a evitar la indexación y recuperación automática de la información publicada en los suplementos por parte de sujetos distintos a los contemplados en el párrafo anterior.
Párrafo añadido
Sin perjuicio de lo previsto en las disposiciones adicionales primera y cuarta, finalizados los plazos previstos, respectivamente, en el párrafo primero de este apartado, la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado facilitará el documento publicado, previa solicitud, únicamente a los interesados o a sus representantes, al Ministerio Fiscal, al Defensor del Pueblo, y a los Juzgados y Tribunales.
Artículo 15▾
AntesSe exceptúan de lo previsto en el párrafo anterior los anuncios de notificación publicados en el Suplemento de notificaciones, una vez haya transcurrido el plazo de tres meses previsto en el artículo 14.4.
AhoraSe exceptúan de lo previsto en el párrafo anterior los documentos publicados en los suplementos de notificaciones y del Tablón Edictal Judicial Único, una vez hayan transcurrido los plazos previstos, respectivamente, en el apartado cuatro del artículo 14.
Artículo 17▸
EliminadoLa Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado ofrecerá en su sede electrónica, con carácter diferenciado a la edición electrónica del «Boletín Oficial del Estado», una base de datos gratuita que permita la búsqueda, recuperación e impresión de las disposiciones, actos y anuncios publicados en el «Boletín Oficial del Estado», con sujeción a lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
AntesNo obstante, la búsqueda, recuperación e impresión, a través del servicio de base de datos, de los anuncios de notificación publicados en el Suplemento de notificaciones, únicamente será posible durante el plazo de tres meses previsto en el artículo 14.4.
AhoraLa Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado ofrecerá en su sede electrónica, con carácter diferenciado a la edición electrónica del ‘‘Boletín Oficial del Estado’’, una base de datos gratuita que permita la búsqueda, recuperación e impresión de las disposiciones, actos y anuncios publicados en el ‘‘Boletín Oficial del Estado’’, con sujeción a lo establecido en la normativa de protección de datos personales.
Párrafo añadido
No obstante, la búsqueda, recuperación e impresión, a través del servicio de base de datos, de los documentos publicados en los suplementos de notificaciones y del Tablón Edictal Judicial Único, será posible exclusivamente durante los plazos previstos, respectivamente, en el apartado cuatro del artículo 14.
Artículo 19▸
Párrafo añadido
6. La facultad de ordenar la inserción de los actos procesales que deban publicarse en el Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único corresponde a los Juzgados y Tribunales en los términos previstos por las normas procesales.
Artículo 20▸
Eliminado3. Los originales destinados a la publicación en el Suplemento de notificaciones se remitirán mediante el sistema automatizado de remisión y gestión telemática previsto en la disposición adicional vigésima primera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de acuerdo con las garantías, especificaciones básicas y modelos que se establecen en la disposición adicional primera de este real decreto.
Antes4. En todo caso, el formato de los documentos, ya sea de texto, gráfico, de imagen o cualquier otro, deberá atender los estándares que garanticen el adecuado nivel de interoperabilidad y resultar idóneo para comunicar el contenido del documento de que se trate.
Ahora3. Los originales destinados a la publicación en el Suplemento de notificaciones se remitirán mediante el sistema automatizado de remisión y gestión telemática previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de acuerdo con las garantías, especificaciones básicas y modelos que se establecen en la disposición adicional primera de este real decreto.
Párrafo añadido
4. Los originales destinados a la publicación en el Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único se remitirán mediante el sistema automatizado de remisión y gestión telemática previsto en el artículo 35 de la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia, de acuerdo con las garantías, especificaciones básicas y modelos que se establecen en la disposición adicional cuarta de este real decreto.
Párrafo añadido
5. En todo caso, el formato de los documentos, ya sea de texto, gráfico, de imagen o cualquier otro, deberá atender los estándares que garanticen el adecuado nivel de interoperabilidad y resultar idóneo para comunicar el contenido del documento de que se trate.
Artículo 21▸
Párrafo añadido
4. Respecto de los documentos que se publiquen en el Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único, la autenticidad de los originales remitidos para publicación deberá quedar garantizada en los términos previstos en la disposición adicional cuarta.
Artículo 22▸
Párrafo añadido
4. Los documentos que deban insertarse en el Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único, se remitirán a la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado en los términos previstos en la disposición adicional cuarta.
Artículo 24▸
Párrafo añadido
Los actos procesales objeto de inserción en el Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único se publicarán en extracto, en los términos establecidos por las normas procesales. En todo caso, deberán quedar salvaguardados los derechos e intereses de los menores, así como otros derechos y libertades que pudieran verse afectados por la publicación.
Artículo 27▸
Antes3. La publicación de anuncios de notificación en el Suplemento de notificaciones se efectuará sin contraprestación económica por parte de los organismos que la hayan interesado.
Ahora3. La publicación de documentos en los suplementos de notificaciones y del Tablón Edictal Judicial Único se efectuará sin contraprestación económica alguna por parte de los organismos que la hayan interesado.
Disposición adicional segunda▸
AntesSin perjuicio de lo previsto en la disposición adicional primera, los anuncios de notificación a que dé lugar el procedimiento sancionador como consecuencia de la comisión de infracciones a la normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, podrán remitirse a la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado a través de la Dirección General de Tráfico.
Ahora**(Derogada)**
Disposición adicional cuarta▸
Artículo nuevo
Disposición adicional cuarta. Sistema automatizado de remisión y gestión telemática de los documentos que deban insertarse en el Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único.
1. El sistema automatizado de remisión y gestión telemática de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, previsto en el artículo 35 de la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia, se ajustará a las siguientes garantías y especificaciones básicas:
a) El acceso al sistema requerirá previa identificación de los funcionarios al servicio del órgano judicial competente, que podrá realizarse mediante DNI electrónico u otro certificado electrónico cualificado. En caso de que el acceso se realice mediante servicios web, se deberá utilizar el sistema de firma electrónica mediante sello electrónico cualificado del correspondiente sistema de gestión procesal.
b) El Ministerio de Justicia mantendrá permanentemente actualizado y accesible mediante servicios web, el catálogo de órganos judiciales y de usuarios implicados en el procedimiento de publicación y el Ministerio de Defensa, respecto de los órganos judiciales militares.
c) La remisión se realizará preferentemente mediante servicios web conforme al formato estructurado que se contiene en el anexo II de este real decreto. Asimismo, la remisión podrá realizarse por medio de un portal web. En todo caso, deberán incorporarse los metadatos que permitan la gestión automatizada de los documentos por parte de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
d) El sistema de remisión garantizará la autenticidad, integridad y no repudio de los envíos, así como su confidencialidad.
e) El sistema permitirá consultar, mediante servicios web u otros mecanismos, el estado de tramitación de los documentos enviados, así como acceder a su publicación sin limitación temporal alguna, conforme a lo previsto en la letra a) de este apartado.
f) Los documentos serán publicados dentro de los tres días hábiles siguientes a su recepción, salvo los supuestos de imposibilidad técnica, solicitud de un plazo de publicación superior por el remitente o que el documento requiera de subsanación. A estos efectos, los documentos recibidos después de las 12:00 horas del viernes, los sábados, días festivos y 24 y 31 de diciembre se considerarán recibidos a las 8:00 horas del primer día hábil siguiente.
2. Corresponde a la Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado determinar los requisitos y las especificaciones técnicas del sistema.
Disposición final primera▸
AntesSe autoriza al Ministro de la Presidencia para que dicte cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo previsto en este real decreto, y en particular para el establecimiento de las garantías y especificaciones con arreglo a las cuales los originales destinados a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» podrán remitirse a través de medios electrónicos, informáticos y telemáticos, así como para el establecimiento de los modelos electrónicos que deban emplearse para la remisión telemática de los originales de disposiciones o actos que deban ser insertados en el «Boletín Oficial del Estado».
Ahora1. Se autoriza al Ministro de la Presidencia para que dicte cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo previsto en este real decreto, y en particular para el establecimiento de las garantías y especificaciones con arreglo a las cuales los originales destinados a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» podrán remitirse a través de medios electrónicos, informáticos y telemáticos, así como para el establecimiento de los modelos electrónicos que deban emplearse para la remisión telemática de los originales de disposiciones o actos que deban ser insertados en el «Boletín Oficial del Estado».
Párrafo añadido
2. Los anexos I y II podrán ser actualizados mediante resolución de la Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, que deberá publicarse en el “Boletín Oficial del Estado”.
ANEXO I▸
Artículo nuevo
ANEXO I
Formato XML para el envío de anuncios de notificación
El contenido del envío se realizará en formato XML con la información estructurada de la siguiente forma:
En la descripción de los contenidos del fichero XML se hace referencia a una serie de tipos de datos por su acrónimo. A continuación se enumeran estos tipos de datos.
NIF: Número de Identificación Fiscal. Deberá proporcionarse siempre justificado con «0» a la izquierda, sin puntos, ni espacios, ni guiones ni ningún otro carácter distinto de un número o una letra.
NAF: Número de afiliación a la Seguridad Social.
CCC: Código de cuenta de cotización.
EXP: Número de expediente.
DIR3: Directorio común de Unidades orgánicas y oficinas. La descripción de este servicio se encuentra en el PAE (portal de administración electrónica) en la siguiente URL: http://administracionelectronica.gob.es/ctt/dir3.
La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado pondrá asimismo en su sede electrónica el fichero XSD (XML Schema Definition) para la validación previa al envío de los ficheros XML con el contenido de los anuncios, la documentación del servicio web para el envío de dichos ficheros y ejemplos de ficheros XML con distintos tipos de notificaciones.
| Esquema | Nombre | Descripción | Valores | Obl. | Tipo |
| --- | --- | --- | --- | --- | --- |
| | envio | Nodo raíz del envío | | [1..1] | |
| 1 | version | Código que indica la versión utilizada. Existirá compatibilidad de versiones. | [1.0.0] | [1..1] | string |
| 2 | anuncios | | | [1..1] | complexType |
| 2.1 | remitente | Organismo o unidad remitente de los anuncios. Contiene el árbol de la estructura del directorio DIR3 del organismo o unidad, incluyendo un elemento nodoRemitente para cada nivel en DIR3. | | [1..1] | complexType |
| 2.1.1 | nodoRemitente | Organismo o unidad remitente de los anuncios. Contiene dos atributos: idDir3: Código DIR3 del organismo. Tipo dato: string. nivel: Nivel dentro del árbol conforme a la estructura DIR3. Tipo dato: int. Por ejemplo, en el caso de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado sería: <nodoRemitente nivel="1" idDir3="EA9999999">ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO</nodoRemitente> <nodoRemitente nivel="2" idDir3="E00004101">MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA</nodoRemitente> <nodoRemitente nivel="3" idDir3="E00135501">SUBSECRETARIA DE LA PRESIDENCIA</nodoRemitente> <nodoRemitente nivel="4" idDir3="E04761001">AGENCIA ESTATAL BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO</nodoRemitente> | | [1..*] | string |
| 2.2 | fechaPub | Fecha de publicación solicitada para los anuncios. Si la fecha se correspondiese con un domingo, la publicación se realizará el lunes siguiente. Si no se incluye o es incorrecta se procederá a publicar en la fecha más temprana posible conforme al procedimiento de cierre y publicación que rige la publicación del BOE. La fecha se especificará en formato ISO 8601:2004 (aaaa-mm-dd). Por ejemplo: <fechaPub>2015-11-01</fechaPub> Nota: El BOE se publica todos los días del año con la única excepción de los domingos. | | [0..1] | date |
| 2.3 | infPub | Contendrá la dirección del servicio web del órgano emisor al que se informará de la fecha de publicación de los anuncios y una dirección de correo electrónico. La forma de comunicar dicha información se tratará en documento aparte. | | [1..1] | complexType |
| 2.3.1 | urlSW | Dirección del servicio web a la que se informará de la fecha de publicación de los anuncios. | | [0..1] | anyUri |
| 2.3.2 | email | Dirección de correo electrónico a efectos de comunicar las incidencias que se generen en el proceso de la información. | | [1..1] | string |
| 2.4 | anuncio | Este elemento puede repetirse ya que se admiten envíos con más de un anuncio. Cada elemento representará un anuncio distinto. | | [1..*] | complexType |
| 2.4.1 | emisor | Organismo o unidad autor del anuncio. Contiene el árbol de la estructura del directorio DIR3 del organismo o unidad, incluyendo un elemento nodoEmisor para cada nivel. Nota: El organismo o unidad autor del anuncio no tiene que coincidir necesariamente con el remitente | | [1..1] | complexType |
| 2.4.1.1 | nodoEmisor | Organismo o unidad autor del anuncio. Contiene dos atributos: idDir3: Código DIR3 del organismo. Tipo dato: string. nivel: Nivel dentro del árbol conforme a la estructura DIR3. Tipo dato: int. Por ejemplo, en el caso de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado sería: <nodoEmisor nivel="1" idDir3="EA9999999">ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO</nodoEmisor> <nodoEmisor nivel="2" idDir3="E00004101">MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA</nodoEmisor> <nodoEmisor nivel="3" idDir3="E00135501">SUBSECRETARIA DE LA PRESIDENCIA</nodoEmisor> <nodoEmisor nivel="4" idDir3="E04761001">AGENCIA ESTATAL BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO</nodoEmisor> | | [1..*] | string |
| 2.4.2 | metadatos | Información que no se publicará pero indispensable para el tratamiento de los anuncios y la forma de publicarlos. | | [1..1] | complexType |
| 2.4.2.1 | id | Identificador único del anuncio en los sistemas de información del órgano emisor. Aunque no es obligatorio, es indispensable para que se pueda informar al emisor de la fecha de publicación del anuncio. Es necesario si se ha incluido el elemento infPub/urlSW. Nota: Si no se ha proporcionado el dato y el elemento infPub/urlSW fue proporcionado se devolverá un aviso tras la recepción del XML pero no se detendrá la publicación. No será posible utilizar el servicio de Control de Publicación. | | [0..1] | string |
| 2.4.2.2 | formPub | Forma de publicación. Es un dato obligatorio imprescindible para el tratamiento posterior y la forma de mostrar el anuncio. Puede tomar dos valores: E: Publicación en extracto (cuando el anuncio no contiene el contenido del acto administrativo a notificar, sino únicamente la identificación del interesado y del procedimiento) I: Publicación íntegra (cuando en el texto del anuncio se recoge completo el contenido del acto administrativo objeto de notificación) | [E],[I] | [1..1] | string |
| 2.4.2.3 | datosPersonales | Informa sobre si el anuncio contiene datos de carácter personal. Puede tomar los siguientes valores: N: No incluye ningún dato de carácter personal. S: Incluye datos de carácter personal. | [N],[S] | [1..1] | string |
| 2.4.2.4 | materias | Tipo de anuncio. Por ejemplo: "catastro", "impuestos", "tasas", "subvenciones" con el objetivo de facilitar la recuperación posterior en base de datos. Contendrá tantos elementos "materia" como sean precisos para facilitar la búsqueda del anuncio. Clasificación a determinar. | | [0..1] | complexType |
| 2.4.2.4.1 | materia | Materia. Incluye el atributo idMat (tipo de datos string) con el identificador de la materia. Ejemplo: <materia idMat="12">tasas</materia> <materia idMat="23">catastro</materia> | | [1..*] | string |
| 2.4.2.5 | lgt | El valor será "S" si el anuncio debe publicarse conforme a lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003 (Ley General Tributaria). | [S] | [0..1] | string |
| 2.4.2.6 | procedimiento | Identificación del procedimiento. Es un texto libre que permitirá construir de manera automatizada el título del anuncio y diferenciar entre los emitidos en igual fecha por el mismo emisor. Asimismo, una vez publicado el anuncio, facilitará la búsqueda por texto libre. Deberá incluir un atributo "plural" para indicar si debe emplearse el plural en la palabra procedimiento en el momento de generar el título del anuncio; para ello tomará el valor "S" para indicar el plural y "N" el singular. Se admitirá un máximo de 400 caracteres. No debe contener datos de carácter personal. Ejemplos (en primer lugar el bloque XML y a continuación el título del anuncio al que daría lugar): Ejemplo 1: <procedimiento plural="N">sancionador</procedimiento> Anuncio de notificación de 23 de julio de 2014, en procedimiento sancionador Ejemplo 2: empleo del plural. En este ejemplo se incluye además un órgano que tramita el procedimiento. Este órgano debe ser un órgano distinto al emisor): <procedimiento plural="S"> tramitados por la Subdirección de.../departamento/Servicio de...</procedimiento> Anuncio de notificación de 23 de julio de 2014, en procedimientos tramitados por la Subdirección de.../departamento/Servicio de... Ejemplo 3: <procedimiento plural="N"> nº de expediente xxx</procedimiento> Anuncio de notificación de 23 de julio de 2014, en procedimiento nº de expediente xxx Ejemplo 4: <procedimiento plural="N"> de concesión de las subvenciones previstas en la Orden xxx, por la que se aprueban las correspondientes bases reguladoras</procedimiento> Anuncio de notificación de 23 de julio de 2014, en procedimiento de concesión de las subvenciones previstas en la Orden xxx, por la que se aprueban las correspondientes bases reguladoras. Ejemplo 5: <procedimiento plural="N"> relativo a baja en el padrón municipal</procedimiento> Anuncio de notificación de 23 de julio de 2014, en procedimiento relativo a baja en el padrón municipal Ejemplo 6 (correcciones de errores): <procedimiento plural="N"> relativo a liquidaciones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Corrección de errores</procedimiento> Anuncio de notificación de 23 de julio de 2014, en procedimiento relativo a liquidaciones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Corrección de errores Ejemplo 7 (correcciones de errores): <procedimiento plural="N"> relativo a liquidaciones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Corrección de errores del anuncio de notificación de 19 de julio</procedimiento> Anuncio de notificación de 23 de julio de 2014, en procedimiento relativo a liquidaciones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Corrección de errores del anuncio de notificación de 19 de julio. | | [0..1] | string |
| 2.4.2.7 | notificados | Aunque el elemento es opcional, deberá incluirse aquí la lista con los datos de los notificados si no es posible marcarlos en el elemento contenido/texto que se describe en el punto siguiente. Contendrá tantos elementos "notificado" como notificados haya. | | [0..1] | complexType |
| 2.4.2.7.1 | notificado | Cada elemento notificado incluirá obligatoriamente el atributo id (tipo de dato string) que contendrá su identificación (normalmente el NIF) y el atributo tipId (tipo de dato string) para el tipo de identificador (NIF, NAF, CCC, EXP). Ejemplo: <notificado id="99999999R" tipId="NIF">Juan Español Español</notificado> | | [1..*] | string |
| 2.4.2.8 | contenido | Contenido del anuncio. | | | complexType |
| 2.4.2.8.1 | texto | Texto del anuncio. Incluirá de forma obligatoria un atributo content-type (tipo de dato string) con el valor "application/xml" El nodo texto estará formado por dos tipos de nodos que pueden repetirse tantas veces como sea necesario: párrafos (p) y tablas (table). El anuncio debe contener al menos un elemento párrafo. | | [1..1] | complexType |
| 2.4.2.8.1.1 | p | Párrafo de texto. Puede admitir un atributo class (tipo de dato string) para presentar la información. Este atributo puede tomar los siguientes valores: parrafo: Párrafo por defecto. titulo: Párrafo centrado con un tipo de letra mayor que el del párrafo por defecto. pieFirma: El elemento no tendrá contenido alguno. Representa la posición donde se incorporá el texto del elemento pieFirma. De no incluirse, el pie de firma irá al final del texto. page-break: El elemento no tendrá contenido alguno. Fuerza un salto de página a partir de este elemento. Si no se indica el atributo, se le aplicará el atributo del párrafo por defecto. Ejemplos: <p class="parrafo">Este es un párrafo normal</p> <p>Este es otro párrafo normal</p> <p class="pieFirma" /> <p class="page-break" /> <p class="titulo">ANEXO</p> | | [1..*] | string |
| 2.4.2.8.1.1.1 | span | Dentro de un párrafo se podrán incluir elementos span con el atributo class (tipo de dato string) con el valor index:NIF, index:NAF, index:CCC, index:EXP o index:NOMBRE, según sea el tipo del contenido un NIF, NAF, CCC, EXP o un nombre, para marcar un contenido a indexar si este no se ha incluido en el apartado metadatos/notificados. Por ejemplo: <p>Se notifica a <span class="index:NOMBRE">Juan Español Español</span> con NIF <span class="index:NIF">99999999R</span> lo siguiente....</p> | | | string |
| 2.4.2.8.1.2 | table | Tabla con información | | [0..*] | complexType |
| 2.4.2.8.1.2.1 | caption | Título de la tabla | | [0..1] | string |
| 2.4.2.8.1.2.2 | colgroup | Contiene información de las columnas de la tabla. Debe contener tantos elementos col como columnas tenga la tabla. | | [0..1] | complexType |
| 2.4.2.8.1.2.2.1 | col | En él podrá especificarse si el contenido de la columna deberá ser indexado e incorporado al buscador añadiéndole el atributo class (tipo de dato string) con el valor index:NIF, index:NAF, index:CCC, index:EXP o index:NOMBRE, según sea el tipo del contenido un NIF, NAF, CCC o un nombre. Ejemplo: <colgroup> <col class="index:NIF"/> <col class="index:NOMBRE"/> <col class="index:NIF"/> <col class="index:NOMBRE"/> <col /> <col /> <col /> </colgroup> En este ejemplo las columnas 1 y 3 de la tabla incluyen un NIF y las 2 y 4 un NOMBRE que deben incorporarse al buscador. Las columnas 5, 6 y 7 no se incorporarán al buscador. | | [1..*] | complexType |
| 2.4.2.8.1.2.3 | thead | Cabecera de la tabla. | | [0..1] | complexType |
| 2.4.2.8.1.2.3.1 | tr | Fila de la cabecera | | [1..*] | complexType |
| 2.4.2.8.1.2.3.1.1 | th | Celda de la cabecera. Admite los atributos rowspan (tipo de dato int) y colspan (tipo de dato int) para agrupamiento de celdas. | | [1..*] | string |
| 2.4.2.8.1.2.4 | tbody | Cuerpo de la tabla. | | [1..1] | complexType |
| 2.4.2.8.1.2.4.1 | tr | Fila de la tabla | | [1..*] | complexType |
| 2.4.2.8.1.2.4.1.1 | td | Celda de la tabla. Admite los atributos rowspan (tipo de dato int) y colspan (tipo de dato int) para agrupamiento de celdas. | | [1..*] | string |
| 2.4.2.8.1.2.5 | tfoot | Pie de la tabla. Normalmente no se usará. | | [0..1] | complexType |
| 2.4.2.8.1.2.5.1 | tr | Fila del pie | | [1..*] | complexType |
| 2.4.2.8.1.2.5.1.1 | th | Celda del pie. Admite los atributos rowspan (tipo de dato int) y colspan (tipo de dato int) para agrupamiento de celdas. | | [1..*] | string |
| 2.4.2.8.2 | pieFirma | Pie de firma del anuncio Ejemplo 1: <pieFirma> <lugar>Madrid</lugar> <fecha>2014-08-19</fecha> <firmante>El Jefe de Servicio de Pruebas, Juan Español Español </firmante> </pieFirma> Ejemplo 2: <pieFirma> <lugar>Madrid</lugar> <fecha>2014-08-19</fecha> <firmante>El Subdirector General del Servicio de Pruebas, P.D. (Orden PRE/127/2013, de 3 de mayo), el Jefe del Servicio de Pruebas, Juan Español Español</firmante> </pieFirma> | | [1..1] | complexType |
| 2.4.2.8.2.1 | lugar | Población en que tiene lugar la firma | | [1..1] | string |
| 2.4.2.8.2.2 | fecha | Fecha de la firma en formato ISO 8601:2004 (aaaa-mm-dd). | | [1..1] | string |
| 2.4.2.8.2.3 | firmante | Cargo y nombre y dos apellidos del firmante. En los casos de actuación administrativa automatizada puede consistir únicamente en la identificación del organismo o unidad firmante. En casos de alteración de la competencia deberán incluirse las referencias correspondientes. Este elemento debe estar informado. | | [1..1] | string |
| 2.4.2.9 | contenidoCoof | Contenido del anuncio en lengua cooficial. | | [0..1] | complexType |
| 2.4.2.9.1 | texto | Texto del anuncio. Incluirá de forma obligatoria un atributo content-type (tipo de dato string) con el valor "application/xml" El nodo texto estará formado por dos tipos de nodos que pueden repetirse tantas veces como sea necesario: párrafos (p) y tablas (table). El anuncio debe contener al menos un elemento párrafo. Si el texto cooficial lleva firma, debe ser incluido dentro de este elemento. | | [1..1] | complexType |
| 2.4.2.9.1.1 | p | Párrafo de texto. Puede admitir un atributo class (tipo de dato string) para presentar la información. Este atributo puede tomar los siguientes valores: parrafo: Párrafo por defecto. titulo: Párrafo centrado con un tipo de letra mayor que el del párrafo por defecto. page-break: El elemento no tendrá contenido alguno. Fuerza un salto de página a partir de este elemento. Si no se indica el atributo, se le aplicará el atributo del párrafo por defecto. Ejemplos: <p class="parrafo">Este es un párrafo normal</p> <p>Este es otro párrafo normal</p> <p class="page-break" /> <p class="titulo">ANEXO</p> | | [1..*] | string |
| 2.4.2.9.1.1.1 | span | Dentro de un párrafo se podrán incluir elementos span con el atributo class (tipo de dato string) con el valor index:NIF, index:NAF, index:CCC, index:EXP o index:NOMBRE, según sea el tipo del contenido un NIF, NAF, CCC, EXP o un nombre, para marcar un contenido a indexar si este no se ha incluido en el apartado metadatos/notificados. Por ejemplo: <p>Se notifica a <span class="index:NOMBRE">Juan Español Español</span> con NIF <span class="index:NIF">99999999R</span> lo siguiente....</p> | | | string |
| 2.4.2.9.1.2 | table | Tabla con información | | [0..*] | complexType |
| 2.4.2.9.1.2.1 | caption | Título de la tabla | | [0..1] | string |
| 2.4.2.9.1.2.2 | colgroup | Contiene información de las columnas de la tabla. Debe contener tantos elementos col como columnas tenga la tabla. | | [0..1] | complexType |
| 2.4.2.9.1.2.2.1 | col | En él podrá especificarse si el contenido de la columna deberá ser indexado e incorporado al buscador añadiéndole el atributo class (tipo de dato string) con el valor index:NIF, index:NAF, index:CCC, index:EXP o index:NOMBRE, según sea el tipo del contenido un NIF, NAF, CCC o un nombre. Ejemplo: <colgroup> <col class="index:NIF"/> <col class="index:NOMBRE"/> <col class="index:NIF"/> <col class="index:NOMBRE"/> <col /> <col /> <col /> </colgroup> En este ejemplo las columnas 1 y 3 de la tabla incluyen un NIF y las 2 y 4 un NOMBRE que deben incorporarse al buscador. Las columnas 5, 6 y 7 no se incorporarán al buscador. | | [1..*] | complexType |
| 2.4.2.9.1.2.3 | thead | Cabecera de la tabla. | | [0..1] | complexType |
| 2.4.2.9.1.2.3.1 | tr | Fila de la cabecera | | [1..*] | complexType |
| 2.4.2.9.1.2.3.1.1 | th | Celda de la cabecera. Admite los atributos rowspan (tipo de dato int) y colspan (tipo de dato int) para agrupamiento de celdas. | | [1..*] | string |
| 2.4.2.9.1.2.4 | tbody | Cuerpo de la tabla. | | [1..1] | complexType |
| 2.4.2.9.1.2.4.1 | tr | Fila de la tabla | | [1..*] | complexType |
| 2.4.2.9.1.2.4.1.1 | td | Celda de la tabla. Admite los atributos rowspan (tipo de dato int) y colspan (tipo de dato int) para agrupamiento de celdas. | | [1..*] | string |
| 2.4.2.9.1.2.5 | tfoot | Pie de la tabla. Normalmente no se usará. | | [0..1] | complexType |
| 2.4.2.9.1.2.5.1 | tr | Fila del pie | | [1..*] | complexType |
| 2.4.2.9.1.2.5.1.1 | th | Celda del pie. Admite los atributos rowspan (tipo de dato int) y colspan (tipo de dato int) para agrupamiento de celdas. | | [1..*] | string" |
ANEXO II▸
Artículo nuevo
ANEXO II
Formato XML para el envío de los documentos que deban insertarse en el Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único
El contenido del envío se realizará en formato XML con la información estructurada de la siguiente forma:
+ significa una o más ocurrencias.
? significa cero o una ocurrencia.
* significa cero o más ocurrencias.
A continuación se describen de forma pormenorizada cada uno de los elementos.
| Esquema | Nombre | Descripción | Valores | Obl. | Tipo |
| --- | --- | --- | --- | --- | --- |
| | envio | Nodo raíz del envío. | | [1..1] | |
| 1 | version | Código que indica la versión utilizada. Existirá compatibilidad de versiones. | [1.0.0] | [1..1] | string |
| 2 | remitente | Código del órgano judicial remitente del edicto, que puede ser el mismo que el emisor o el de un servicio común que actúe como remitente de edictos emitidos por otros órganos judiciales. | | [1..1] | string |
| 3 | fechaPub | Fecha de publicación solicitada en formato ISO 8601:2004 (aaaa-mm-dd). | | [0..1] | string |
| 4 | controlPub | Información de control de publicación o devolución. | | [1..1] | complexType |
| 4.1 | url | Dirección del servicio web a la que se informará de la fecha de publicación de los edictos o de su devolución. | | [0..1] | anyUri |
| 4.2 | email | Dirección de correo electrónico a la que se informará la fecha de publicación de los edictos o de su devolución. | | [1..1] | string |
| 5 | edictos | Lista de edictos que componen el envío. | | [1..1] | complexType |
| 5.1 | edicto | Información relativa a un edicto. | | [1..*] | complexType |
| 5.1.1 | emisor | Código del órgano judicial que emite el edicto *Nota: El emisor y el remitente será el mismo órgano judicial, salvo en el caso de los servicios comunes que actúen como remitentes de edictos emitidos por otros órganos judiciales.* | | [1..1] | string |
| 5.1.2 | metadatos | Información que facilita la identificación de los edictos en los sistemas de información y su localización en la sede electrónica correspondiente. | | [0..1] | complexType |
| 5.1.2.1 | id | Identificador único del edicto en los sistemas de información del órgano emisor o remitente. Este campo es opcional, aunque se recomienda que esté informado porque permite identificar posibles envíos de edictos duplicados. | | [0..1] | string |
| 5.1.2.2 | sede | URL de la sede electrónica donde se encuentra disponible el edicto. | | [0..1] | anyUri |
| 5.1.3 | organo | Datos del órgano emisor. | | [1..1] | complexType |
| 5.1.3.1 | identificacion | Descripción textual (nombre) del órgano judicial. | | [1..1] | string |
| 5.1.3.2 | direccion | Domicilio del órgano judicial. | | [1..1] | string |
| 5.1.3.3 | localidad | Localidad del órgano judicial. | | [1..1] | string |
| 5.1.3.4 | provincia | Código de provincia del órgano judicial. La tabla de valores estará disponible en la sede electrónica de la Agencia Estatal BOE. | | [1..1] | string |
| 5.1.3.5 | telefono | Teléfono del órgano judicial. | | [0..1] | string |
| 5.1.3.6 | email | Dirección de correo electrónico del órgano judicial. | | [0..*] | string |
| 5.1.4 | contenido | Contenido del edicto. Incluye el atributo idioma con el identificador del idioma en el que está escrito el edicto. La tabla de valores estará disponible en la sede electrónica de la Agencia Estatal BOE. Pueden incluirse dos elementos de este tipo si el edicto se publica en lengua cooficial, además del castellano. En ese caso, ambos elementos tendrán los mismos valores, salvo para los campos «plazo» y «observaciones», que deberán ser redactados en la lengua correspondiente. | | [1..2] | complexType |
| 5.1.4.1 | procedimiento | Datos del procedimiento. | | [1..1] | complexType |
| 5.1.4.1.1 | tipo | Código del tipo de procedimiento. La tabla de valores estará disponible en la sede electrónica de la Agencia Estatal BOE. | | [1..1] | string |
| 5.1.4.1.2 | numero | Número de procedimiento, compuesto por el año (expresado con 4 dígitos) y el número secuencial dentro del año. | | [1..1] | string |
| 5.1.4.1.3 | nig | Número de identificación general. | | [0..1] | string |
| 5.1.4.2 | resolucion | Datos de la resolución. | | [1..*] | complexType |
| 5.1.4.2.1 | tipo | Código del tipo de resolución. La tabla de valores estará disponible en la sede electrónica de la Agencia Estatal BOE. | | [1..1] | string |
| 5.1.4.2.2 | fecha | Fecha de la resolución en formato ISO 8601:2004 (aaaa-mm-dd). | | [1..1] | string |
| 5.1.4.2.3 | objeto | Objeto del edicto. | | [1..*] | complexType |
| 5.1.4.2.3.1 | tipo | Tipo de objeto, cuya tabla de valores estará disponible en la sede electrónica de la Agencia Estatal BOE. | | [1..1] | string |
| 5.1.4.2.3.2 | plazo | Indicaciones relativas al plazo para atender el tipo de objeto. | | [0..1] | string |
| 5.1.4.2.3.2.1 | p | Párrafo de texto en el que se incluye las indicaciones relativas al plazo. | | [1..1] | string |
| 5.1.4.3 | destinatarios | Identificación de los destinatarios del edicto. Si existe este elemento, tiene que incluir o bien el elemento «determinados» o bien el elemento «indeterminados». | | [0..*] | complexType |
| 5.1.4.3.1 | determinados | Identificación de los destinatarios determinados del edicto, si existen. | | [1..1] | complexType |
| 5.1.4.3.1.1 | nombre | Nombre del destinatario. Incluye tres atributos para determinar la identificación: 1. tipoId: Tipo de identificador del destinatario, cuya tabla de valores estará disponible en la sede electrónica de la Agencia Estatal BOE 2. id: Número de identificador 3. truncado: Permite que el órgano judicial indique si el número de identificador debe publicarse de forma íntegra o parcial. | | [1..*] | string |
| 5.1.4.3.2 | indeterminados | Descripción de los destinatarios indeterminados del edicto. | | [1..1] | complexType |
| 5.1.4.3.2.1 | p | Párrafo de texto con la descripción de los destinatarios indeterminados. | | [1..*] | string |
| 5.1.4.4 | observaciones | Observaciones del emisor. | | [0..1] | complexType |
| 5.1.4.4.1 | p | Párrafo de texto para que el órgano judicial incorpore la información complementaria que debe aparecer en el edicto. | | [1..*] | string |
| 5.1.5 | firma | Pie de firma del anuncio. | | [1..1] | complexType |
| 5.1.5.1 | lugar | Población en que tiene lugar la firma. | | [1..1] | string |
| 5.1.5.2 | fecha | Fecha de la firma en formato ISO 8601:2004 (aaaa-mm-dd). | | [1..1] | string |
| 5.1.5.3 | cargo | Código del cargo del firmante. La tabla de valores estará disponible en la sede electrónica de la Agencia Estatal BOE. | | [1..1] | string |
| 5.1.5.4 | firmante | Nombre y dos apellidos del firmante. | | [1..1] | string |