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15 mar 2021

Resolución de 19 de diciembre de 2019, del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Comisión

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 6
Eliminado3. Las competencias del Consejo son delegables en el Presidente, en el Vicepresidente y en el Comité Ejecutivo.
AntesAsimismo, con el fin de dar agilidad al ejercicio de determinadas funciones de mera verificación e índole predominantemente técnica, y con los límites que en cada caso puedan establecerse, el Consejo podrá delegar en el Director General de Mercados (i) la aprobación de folletos u otras actuaciones relacionadas con emisiones o admisiones a negociación de valores de renta fija u otros valores no participativos que no estén dirigidas a minoristas (ii) la admisión a cotización de emisiones de warrants realizadas de modo regular por entidades financieras y (iii) la incorporación de activos a fondos de titulización y el registro en la CNMV de fondos de titulización que no emitan valores en régimen de oferta pública, así como otras actuaciones directamente relacionadas con las anteriores.
Ahora3. Las competencias del Consejo son delegables en el Presidente, en el Vicepresidente, en el Comité Ejecutivo y en los Directores Generales.