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5 feb 2021

Decreto-ley 23/2020, de 15 de septiembre, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se establecen medidas en materia educativa y de apoyo al sector de la acuicultura de Andalucía, ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19)

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición adicional única
Artículo nuevo
Disposición adicional única. Convocatoria de subvenciones para las empresas productoras de acuicultura que hayan sufrido una disminución de ingresos por ventas en el período desde el 1 de agosto al 31 de diciembre de 2020. 1. Si como resultado de la resolución de la convocatoria indicada en el artículo 10 del presente decreto-ley resultase sobrante de crédito, se podrá realizar una nueva convocatoria de subvenciones para 2021 a la que resultarán de aplicación las bases reguladoras establecidas en el Capítulo II de este Decreto Ley a excepción de lo previsto en su artículo 7.1.e). 2. Las personas o entidades solicitantes de estas subvenciones para 2021 deberán cumplir con el requisito de haber sufrido una disminución de ingresos por ventas en el período desde el 1 de agosto al 31 de diciembre de 2020 de al menos un 20% de la media de ingresos por ventas del mismo período de referencia, en los tres años anteriores al 2020, o al año anterior si se trata de una empresa con menos de tres años de actividad.