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13 nov 2020

Decreto-ley 4/2020, de 24 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la Estrategia Aragonesa para la Recuperación Social y Económica

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 36
EliminadoArtículo 36. Becas para alumnado de primer año de estudios de Grado de la Universidad de Zaragoza que más haya sufrido los efectos de la crisis de la COVID-19.
Eliminado1. Se autoriza al Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento a tramitar una subvención a favor de la Universidad de Zaragoza, por el procedimiento de concesión directa previsto en el artículo 17 de este Decreto-Ley, para la financiación de un programa específico de becas para la realización del primer año de estudios universitarios oficiales de Grado para el curso académico 2020-2021 en dicha Universidad por parte del alumnado cuya residencia familiar se encuentre en la Comunidad Autónoma de Aragón y se haya visto afectado económicamente de manera significativa por la crisis causada por el COVID-19.
Eliminado2. La beca tendrá como finalidad facilitar el acceso al alumnado aragonés a los estudios universitarios oficiales de Grado en la Universidad de Zaragoza.
Eliminado3. Podrá acordarse el pago anticipado de la totalidad del importe de la subvención sin que sea necesario establecer garantías, cualquiera que sea el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55.3 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón.
Antes4. El crédito previsto para este programa de becas es de novecientos mil euros (900.000 €).
AhoraArtículo 36. Becas para alumnado de estudios universitarios oficiales de la Universidad de Zaragoza.
Párrafo añadido
1. Se autoriza al Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento atramitar una subvención a favor de la Universidad de Zaragoza, por el procedimiento de concesión directa previsto en el artículo 17 de este Decreto-ley, para la financiación de un programa específico de becas para la realización de estudios universitarios oficiales de Grado para el curso académico 2020-2021 en dicha Universidad, por parte del estudiantado cuya residencia familiar se encuentre en la Comunidad Autónoma de Aragón y se haya visto afectado económicamente de manera significativa por la crisis causada por el COVID-19 o por otras situaciones de vulnerabilidad, así como para la financiación de las becas y ayudas al estudio dirigidas a alumnado matriculado en enseñanzas universitarias oficiales de dicha Universidad ya en ejecución durante el año 2020.
Párrafo añadido
2. Podrá acordarse el pago anticipado de la totalidad del importe de la subvención sin quesea necesario establecer garantías, cualquiera que sea el mismo.
Párrafo añadido
3. El crédito previsto para los programas de becas y ayudas contempladas en este artículo es de novecientos mil euros (900.000 €), que se distribuirá en las cuantías y términos que se establezcan en la resolución de concesión de la subvención.