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22 sep 2020

Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 28
Antes23.ª La iniciación de la tramitación del procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y, en su caso, la elaboración de la propuesta del Programa Individual de Atención, así como la propuesta de revisión del mismo.
Ahora23.ª La participación en la gestión de los servicios de atención a las personas en situación de dependencia, de acuerdo con la normativa reguladora y dentro de las competencias que la legislación vigente les atribuye.