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2 sep 2020

Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 62
Eliminado13. El Sistema de Vigilancia en Salud contará con un Comité de Vigilancia en Salud como órgano colegiado, adscrito a la Consejería competente en materia de salud, de carácter asesor en la planificación de la vigilancia en salud, adaptación de protocolos y recomendaciones y soporte a la toma de decisiones. En la norma de creación de este Comité se determinarán los requisitos exigidos por la normativa vigente en materia de órganos colegiados.
Artículo 66

El texto de este artículo no cambió en esta reforma. Es posible que el cambio afecte a su numeración o contexto dentro de la ley.