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15 ago 2020
Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía
Ley · Ya no está en vigor · Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 6▾
Antes3.º Investigar, deslindar y recuperar de oficio los montes públicos.
Ahora3.º Investigar,**deslindar**y recuperar de oficio los montes públicos.
Artículo 31▾
AntesLa Administración Forestal está facultada para ejercer las potestades de investigación, recuperación de oficio y deslinde de todos los montes públicos. Las resoluciones que se adopten en estas materias serán recurribles ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, una vez agotada la vía administrativa.
AhoraLa Administración Forestal está facultada para ejercer las potestades de investigación, recuperación de oficio y deslinde de**todos**los montes públicos. Las resoluciones que se adopten en estas materias serán recurribles ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, una vez agotada la vía administrativa.