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3 jul 2020

Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 54
Antesa) Reclamaciones de responsabilidad patrimonial por cuantía superior a seiscientos un euros.
Ahoraa) Reclamaciones de responsabilidad patrimonial, incluidas las que tramiten las Entidades Locales, cuando la cuantía de la reclamación sea superior a quince mil un euros.