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23 jun 2020

Ley Foral 26/2016, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 67
Antes4. Las deducciones previstas en los artículos 58 y 64 no podrán exceder en su conjunto del 25 por 100 de la cuota líquida, excepto la regulada en el artículo 58 hasta el inicio de actividad, que podrá absorber la totalidad de la cuota líquida.
Ahora4. Las deducciones previstas en los artículos 58 y 64.B) no podrán exceder en su conjunto del 25 por 100 de la cuota líquida, excepto la regulada en el artículo 58 hasta el inicio de actividad, que podrá absorber la totalidad de la cuota líquida.