← Volver
19 jun 2020
Decreto-ley 12/2020, de 11 de mayo, por el que se establecen medidas urgentes y extraordinarias relativas a la seguridad en las playas, medidas administrativas en el ámbito educativo, y otras medidas complementarias ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19)
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición final undécima▾
Eliminado2. Con carácter general, las medidas previstas en el presente decreto-ley mantendrán su vigencia hasta el fin de la vigencia de la declaración del estado de alarma.
AntesNo obstante lo anterior, se establecen las siguientes reglas particulares de vigencia:
Ahora2. Con carácter general, las medidas previstas en el presente decreto-ley mantendrán su vigencia hasta el fin de la vigencia de la declaración del estado de alarma. No obstante lo anterior, se establecen las siguientes reglas particulares de vigencia:
Eliminadod) La modificación que se efectúa de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía mediante la disposición final segunda, ajustará su vigencia a la de la citada ley.
Eliminadoe) Las medidas previstas en la disposición final cuarta por la que se modifica el Decreto-ley 3/2020, de 16 de marzo, tendrán vigencia exclusiva para el año 2020.
Antesf) Las modificaciones que se efectúan mediante la disposición final sexta y séptima ajustarán sus vigencias a las de las propias disposiciones reglamentarias que mediante las mismas se modifican.
Ahorad) La medida prevista en el artículo 28 mantendrá su vigencia hasta la finalización del curso escolar 2020/2021.
Párrafo añadido
e) La modificación que se efectúa de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, mediante la disposición final segunda, ajustará su vigencia a la de la citada ley.
Párrafo añadido
f) Las medidas previstas en la disposición final cuarta por la que se modifica el Decreto-ley 3/2020, de 16 de marzo, tendrán vigencia exclusiva para el año 2020.
Párrafo añadido
g) Las modificaciones que se efectúan mediante la disposición final sexta y séptima ajustarán sus vigencias a las de las propias disposiciones reglamentarias que mediante las mismas se modifican.