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30 abr 2020
Ley 9/2007, de 30 de julio, del Centro de Atención y Gestión de Llamadas de Urgencia 112 Cataluña
Qué ha cambiado (5 artículos)
Artículo 13▾
AntesLos órganos de gobierno del Centro de Atención y Gestión de Llamadas de Urgencia 112 Cataluña son el presidente o presidenta, el vicepresidente o vicepresidenta, el Consejo Rector y la Comisión Ejecutiva.
AhoraLos órganos de gobierno del Centro de Atención y Gestión de Llamadas de Urgencia 112 Cataluña son el presidente o presidenta, el vicepresidente o vicepresidenta y el Consejo Rector.
Artículo 16▾
Eliminado4. El Consejo Rector puede delegar sus funciones en la Comisión Ejecutiva, salvo las establecidas por el apartado 1.a y e, que son indelegables.
Artículo 17▾
Eliminado1. La Comisión Ejecutiva del Centro de Atención y Gestión de Llamadas de Urgencia 112 Cataluña está integrada por el secretario o secretaria competente en materia de protección civil, que ejerce la presidencia, por el director o directora del Servicio Catalán de la Salud, que ejerce la vicepresidencia, y por los siguientes vocales titulares:
Eliminadoa) Dos vocales designados por el consejero o consejera competente en materia de seguridad pública, uno de los cuales debe ser el director o directora general competente en materia de protección civil.
Eliminadob) Dos vocales designados por el consejero o consejera competente en materia de salud.
Eliminadoc) El director o directora del Centro de Atención y Gestión de Llamadas de Urgencia 112 Cataluña.
Antes2. Ejerce la secretaría de la Comisión Ejecutiva, con voz pero sin voto, un funcionario o funcionaria de carrera de la Administración de la Generalidad adscrito al Centro de Atención y Gestión de Llamadas de Urgencia 112 Cataluña, designado por el Consejo Rector.
Ahora**(Derogado).**
Artículo 20▾
Eliminadoa) Representar y dirigir el Centro de acuerdo con las directrices del presidente o presidenta, del Consejo Rector y de la Comisión Ejecutiva, e impulsar, coordinar y planificar las actividades necesarias para cumplir sus finalidades y ejercer las funciones que tiene atribuidas.
Eliminadob) Ejecutar los acuerdos del Consejo Rector y de la Comisión Ejecutiva y velar por el cumplimiento de las instrucciones y decisiones de los órganos de gobierno del Centro.
Antesc) Elaborar y presentar a la Comisión Ejecutiva los proyectos de plan estratégico y de carta de servicios, los criterios de diseño del servicio y los planes anuales de desarrollo y explotación del servicio.
Ahoraa) Representar y dirigir el Centro de acuerdo con las directrices del presidente o presidenta y del Consejo Rector, e impulsar, coordinar y planificar las actividades necesarias para cumplir sus finalidades y ejercer las funciones que tiene atribuidas.
Párrafo añadido
b) Ejecutar los acuerdos del Consejo Rector y velar por el cumplimiento de las instrucciones y decisiones de los órganos de gobierno del Centro.
Párrafo añadido
c) Elaborar y presentar al Consejo Rector los proyectos de plan estratégico y de carta de servicios, los criterios de diseño del servicio y los planes anuales de desarrollo y explotación del servicio.
Eliminadoe) Elaborar el anteproyecto de presupuesto y la memoria anual y presentarlos a la Comisión Ejecutiva.
Antesf) Ejercer la dirección del personal del Centro, contratar al personal laboral y dar cuenta de ello a la Comisión Ejecutiva.
Ahorae) Elaborar el anteproyecto de presupuesto y la memoria anual y presentarlos al Consejo Rector.
Párrafo añadido
f) Ejercer la dirección del personal del Centro, contratar el personal laboral y dar cuenta de ello al Consejo Rector.
Antesj) Cualquier otra función que se le atribuya mediante disposición legal o reglamentaria, así como cualquier otra función que, siendo competencia propia del Centro, no se atribuya a otro órgano.
Ahoraj) Elaborar y presentar al Consejo Rector las propuestas de criterios para el diseño del servicio relacionados con la ubicación, los espacios e instalaciones, la plataforma tecnológica y la explotación del Servicio.
Párrafo añadido
k) Preparar y presentar al Consejo Rector las propuestas de instrucciones de contratación.
Párrafo añadido
l) Cualquier otra función que se le atribuya mediante disposición legal o reglamentaria, así como cualquier otra función que, siendo competencia propia del Centro, no se atribuya a otro órgano.
Disposición adicional quinta▾
Artículo nuevo
Disposición adicional quinta. Adaptación de los estatutos del Centro de Atención y Gestión de Llamadas de Urgencia 112 Cataluña.
1. Se derogan las letras d y e del apartado 1 del artículo 7, el apartado 2 del artículo 11, el apartado 1 del artículo 9 y los artículos 17, 18, 19, 20 y 21 de los estatutos del Centro de Atención y Gestión de Llamadas de Urgencia 112 Cataluña, aprobados por el Decreto 96/2008, de 29 de abril.
2. Las referencias a la Comisión Ejecutiva contenidas en los estatutos del Centro de Atención y Gestión de Llamadas de Urgencia 112 Cataluña quedan sin efecto, a excepción de las contenidas en las letras d, f y g del apartado 3 del artículo 22, que deben entenderse hechas al Consejo Rector.