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30 abr 2020
Ley 20/2000, de 29 de diciembre, de Creación del Instituto Catalán de las Industrias Culturales
Qué ha cambiado (4 artículos)
Nota oficial del BOE▾
Aviso oficial
Artículo 5▾
Antes1. El Consejo General del Instituto Catalán de las Industrias Culturales está integrado por 25 miembros, como máximo, según la composición que se determine por Reglamento, con los criterios siguientes:
Ahora1. El Consejo General del Instituto Catalán de las Empresas Culturales está integrado por 25 miembros, como máximo, según la composición que se determine por Reglamento, con los criterios siguientes:
Antes2. El Consejo General del Instituto Catalán de las Industrias Culturales tiene las funciones siguientes:
Ahora2. El Consejo General del Instituto Catalán de las Empresas Culturales tiene las funciones siguientes:
Párrafo añadido
e) Nombrar al director o directora del centro Arts Santa Mònica, que se vincula a esta entidad en virtud de un contrato laboral de alta dirección.
Disposición final primera▾
AntesEn el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente Ley, el Gobierno debe presentar ante el Parlamento de Cataluña un proyecto de Ley de modificación o derogación de la Ley 8/1981, de 2 de noviembre, que crea la Entidad Autónoma de Organización de Espectáculos y Fiestas, a fin de evitar la coincidencia de funciones entre la mencionada entidad autónoma y el Instituto Catalán de las Industrias Culturales.
AhoraEn el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente Ley, el Gobierno debe presentar ante el Parlamento de Cataluña un proyecto de Ley de modificación o derogación de la Ley 8/1981, de 2 de noviembre, que crea la Entidad Autónoma de Organización de Espectáculos y Fiestas, a fin de evitar la coincidencia de funciones entre la mencionada entidad autónoma y el Instituto Catalán de las Empresas Culturales.
Disposición final segunda▾
AntesSe faculta al Consejero o Consejera de Economía, Finanzas y Planificación para que haga las adaptaciones presupuestarias necesarias para dotar al Instituto Catalán de las Industrias Culturales de recursos económicos.
AhoraSe faculta al Consejero o Consejera de Economía, Finanzas y Planificación para que haga las adaptaciones presupuestarias necesarias para dotar al Instituto Catalán de las Empresas Culturales de recursos económicos.