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1 abr 2020 · ModificaciónGenerado con IA

Los proyectos de generación ganan dos meses tras el estado de alarma

Los titulares de instalaciones de generación asociada pueden cumplir el plazo antes de dos meses desde el fin del estado de alarma, en lugar de antes del 31 de marzo de 2020. Ese plazo no queda suspendido por las reglas generales de suspensión de plazos durante la alarma.

El titular y el resumen están generados con inteligencia artificial y pueden contener errores. Fuente oficial: la disposición en el BOE ↗ (se abre en una pestaña nueva). Cómo los hacemos.

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición transitoria octava▾
Eliminado1.º Antes del 31 de marzo de 2020.
Antes2.º Cinco años desde de la obtención del derecho de acceso y conexión en un punto de la red.
Ahora1.º Antes de dos meses desde la finalización del estado de alarma inicial o prorrogado declarado mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. A tal efecto, no será de aplicación a esta disposición transitoria la suspensión y reanudación de plazos regulada en las disposiciones adicionales tercera y cuarta del citado Real Decreto.
Párrafo añadido
2.º Cinco años desde la obtención del derecho de acceso y conexión en un punto de la red.