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Los instrumentos de medida podrán mostrar digitalmente la información de su etiqueta
La información que debe figurar en la etiqueta de un instrumento de medida podrá grabarse en formato digital si el aparato cuenta con un soporte adecuado. Ese soporte deberá ofrecer las mismas garantías que la etiqueta física y mantener la autenticidad e integridad de los datos.
El titular y el resumen están generados con inteligencia artificial y pueden contener errores. Fuente oficial: la disposición en el BOE ↗ (se abre en una pestaña nueva). Cómo los hacemos.
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Artículo 3▾
Párrafo añadido
4. La información contenida en la etiqueta a la que se refiere el punto 1 del presente artículo, podrá ser sustituida por su grabación en formato digital cuando el instrumento de medida disponga de un soporte informático adecuado a esta finalidad. Este soporte deberá ofrecer las mismas garantías que la etiqueta física, debiendo mantenerse en todo momento la autenticidad e integridad de la información en él contenida.