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31 dic 2019

Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears

Qué ha cambiado (3 artículos)

Artículo 9
Antes3. Las tasas y las tarifas de los servicios prestados por los entes locales tienen que ser fijadas por las ordenanzas correspondientes, las cuales tienen que tener en cuenta, además, las particularidades siguientes:
Ahora3. Los precios públicos y las tarifas de los servicios prestados por los entes locales tienen que ser fijados por las ordenanzas correspondientes, las cuales tienen que tener en cuenta, además, las siguientes particularidades:
Artículo 32
Eliminado1. Todos los residuos tienen que ser sometidos a un tratamiento previo antes de ser eliminados mediante depósito en vertedero.
Antes2. También serán sometidos a un tratamiento previo antes de su incineración o valorización energética, a menos que este tratamiento no sea viable técnicamente o no quede justificado por razones de protección de la salud humana y el medio ambiente.
Ahora1. Los residuos con código LER 20.03.01 tienen que ser sometidos a un tratamiento previo antes de ser eliminados mediante depósito en vertedero.
Párrafo añadido
El resto de residuos que deban ser eliminados mediante depósito en vertedero también serán sometidos a un tratamiento previo, salvo que no sea viable técnicamente o no quede justificado por razones de protección de la salud humana y el medio ambiente.
Párrafo añadido
2. Todos los residuos serán también sometidos a un tratamiento previo antes de su incineración o valorización energética, a menos que este tratamiento no sea viable técnicamente o no quede justificado por razones de protección de la salud humana y el medio ambiente.
Disposición adicional sexta
Antes1. En caso de que no se cumplan los objetivos que marca esta ley para el año 2020, el Gobierno de las Illes Balears tiene que promover el establecimiento de un canon para gravar la disposición del rechazo de los residuos municipales destinados a depósito controlado e incineración, con o sin recuperación energética, a fin de que entre en vigor el 1 de julio de 2021.
Ahora1. En caso de que no se cumplan los objetivos en materia de prevención, reutilización, preparación para la reutilización o reciclaje que marca la normativa vigente en materia de residuos para el año 2020, el Gobierno de las Illes Balears tiene que promover el establecimiento de un canon para gravar la disposición del rechazo de los residuos municipales destinados a depósito controlado e incineración, con o sin recuperación energética, a fin de que entre en vigor el 1 de julio de 2021.