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24 dic 2019

Ley 8/2018, de 8 de octubre, de medidas frente al cambio climático y para la transición hacia un nuevo modelo energético en Andalucía

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 30
AntesDe conformidad con la legislación básica estatal, las entidades del sector público a las que son de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, promoverán la adaptación y mitigación al cambio climático y la transición hacía un nuevo modelo energético mediante, al menos, las siguientes medidas:
AhoraDe conformidad con la legislación básica estatal, las entidades del sector público a las que es de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, comprendidas en el ámbito de aplicación de la presente ley, promoverán la adaptación y mitigación al cambio climático y la transición hacia un nuevo modelo energético mediante, al menos, las siguientes medidas:
Disposición adicional primera
Antes2. Se establece un plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley para la aprobación del Plan Andaluz de Acción por el Clima.
Ahora2. Se establece un plazo de un año, desde la entrada en vigor de esta ley, para la aprobación del acuerdo de formulación del Plan Andaluz de Acción por el Clima.