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24 sep 2019
Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos
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ANEXO III▾
Eliminado1.a) Para usos generales de alumbrado < 30 W: 5 mg: Expira el 31 de diciembre de 2011; podrán utilizarse 3,5 mg por quemador después del 31 de diciembre de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2012; podrán utilizarse 2,5 mg por quemador después del 31 de diciembre de 2012.
Antes1.b) Para usos generales de alumbrado ≥ 30 W y < 50 W: 5 mg: Expira el 31 de diciembre de 2011; podrán utilizarse 3,5 mg por quemador después del 31 de diciembre de 2011.
Ahora1.a) Para usos generales de alumbrado < 30 W: 5 mg. Expira el 31 de diciembre de 2011; podrán utilizarse 3,5 mg por quemador después del 31 de diciembre de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2012; podrán utilizarse 2,5 mg por quemador después del 31 de diciembre de 2012.
Párrafo añadido
1.b) Para usos generales de alumbrado ≥ 30 W y < 50 W: 5 mg. Expira el 31 de diciembre de 2011; podrán utilizarse 3,5 mg por quemador después del 31 de diciembre de 2011.
Eliminado2.º Fósforo de tres bandas con vida útil normal y diámetro del tubo ≥ 9 mm y ≤ 17 mm (por ejemplo, T5): 5 mg: Expira el 31 de diciembre de 2011; podrán utilizarse 3 mg por lámpara después del 31 de diciembre de 2011.
Eliminado3.º Fósforo de tres bandas con vida útil normal y diámetro del tubo > 17 mm y ≤ 28 mm (por ejemplo, T8): 5 mg: Expira el 31 de diciembre de 2011; podrán utilizarse 3,5 mg por lámpara después del 31 de diciembre de 2011.
Eliminado4.º Fósforo de tres bandas con vida útil normal y diámetro del tubo > 28 mm (por ejemplo, T12): 5 mg: Expira el 31 de diciembre de 2012; podrán utilizarse 3,5 mg por lámpara después del 31 de diciembre de 2012.
Antes5.º Fósforo de tres bandas con vida útil larga (≥ 25000 h): 8 mg: Expira el 31 de diciembre de 2011; podrán utilizarse 5 mg por lámpara después del 31 de diciembre de 2011.
Ahora2.º Fósforo de tres bandas con vida útil normal y diámetro del tubo ≥ 9 mm y ≤ 17 mm (por ejemplo, T5): 5 mg. Expira el 31 de diciembre de 2011; podrán utilizarse 3 mg por lámpara después del 31 de diciembre de 2011.
Párrafo añadido
3.º Fósforo de tres bandas con vida útil normal y diámetro del tubo > 17 mm y ≤ 28 mm (por ejemplo, T8): 5 mg. Expira el 31 de diciembre de 2011; podrán utilizarse 3,5 mg por lámpara después del 31 de diciembre de 2011.
Párrafo añadido
4.º Fósforo de tres bandas con vida útil normal y diámetro del tubo > 28 mm (por ejemplo, T12): 5 mg. Expira el 31 de diciembre de 2012; podrán utilizarse 3,5 mg por lámpara después del 31 de diciembre de 2012.
Párrafo añadido
5.º Fósforo de tres bandas con vida útil larga (≥ 25000 h): 8 mg. Expira el 31 de diciembre de 2011; podrán utilizarse 5 mg por lámpara después del 31 de diciembre de 2011.
Eliminado1.º Lámparas de halofosfato lineales con diámetro del tubo > 28 mm (por ejemplo, T10 y T12): 10 mg: Expira el 13 de abril de 2012.
Antes2.º Lámparas de halofosfato no lineales (cualquier diámetro): 15 mg: Expira el 13 de abril de 2016.
Ahora1.º Lámparas de halofosfato lineales con diámetro del tubo > 28 mm (por ejemplo, T10 y T12): 10 mg. Expira el 13 de abril de 2012.
Párrafo añadido
2.º Lámparas de halofosfato no lineales (cualquier diámetro): 15 mg. Expira el 13 de abril de 2016.
Antes4.d) Mercurio en lámparas de (vapor de) mercurio de alta presión (HPMV): Expira el 13 de abril de 2015.
Ahora4.d) Mercurio en lámparas de (vapor de) mercurio de alta presión (HPMV). Expira el 13 de abril de 2015.
Eliminado2.º 15 mg por par de electrodos + 0,24 mg por cm de longitud del tubo, pero no más de 80 mg, para todas las demás aplicaciones de interior.
AntesExpira el 31 de diciembre de 2018.
Ahora2.º 15 mg por par de electrodos + 0,24 mg por cm de longitud del tubo, pero no más de 80 mg, para todas las demás aplicaciones de interior. Expira el 31 de diciembre de 2018.
Eliminado– 21 de julio de 2021 para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro y los instrumentos industriales de vigilancia y control.
Antes– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8.
Ahora– 21 de julio de 2021 para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control.
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8.
Antes2.º Plomo como elemento de aleación en acero para fines de mecanizado que contenga hasta un 0,35 % de su peso en plomo y en componentes de acero galvanizado en caliente por procedimiento discontinuo que contengan hasta un 0,2% de su peso en plomo. Expira el 21 de julio de 2021 para las categorías 1 a 7 y 10.
Ahora2.º Plomo como elemento de aleación en acero para fines de mecanizado que contenga hasta un 0,35 % de su peso en plomo y en componentes de acero galvanizado en caliente por procedimiento discontinuo que contengan hasta un 0,2 % de su peso en plomo. Expira el 21 de julio de 2021 para las categorías 1 a 7 y 10.
Eliminado– 21 de julio de 2021 para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro y los instrumentos industriales de vigilancia y control.
Antes– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8.
Ahora– 21 de julio de 2021 para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control.
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8.
Eliminado– 21 de julio de 2021 para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro y los instrumentos industriales de vigilancia y control.
Antes– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8.
Ahora– 21 de julio de 2021 para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control.
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8.
Eliminado7.a) Plomo en pastas de soldadura de alta temperatura de fusión (es decir, aleaciones de plomo que contengan en peso un 85 % de plomo o más). Se aplica a las categorías 1 a 7 y 10, salvo las aplicaciones del punto 24 del presente anexo, y expira el 21 de julio de 2021.
EliminadoPara las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro y los instrumentos industriales de vigilancia y control expira el 21 de julio de 2021.
AntesCon respecto a los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8 expira el 21 de julio de 2023.
Ahora7.a) Plomo en pastas de soldadura de alta temperatura de fusión (es decir, aleaciones de plomo que contengan en peso un 85 % de plomo o más). Se aplica a las categorías 1 a 7 y 10, salvo las aplicaciones contempladas en el punto 24 del presente anexo, y expira el 21 de julio de 2021.
Párrafo añadido
Para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control expira el 21 de julio de 2021.
Párrafo añadido
Con respecto a los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8 expira el 21 de julio de 2023.
Eliminado7.c) 1.º Componentes eléctricos y electrónicos que contengan plomo en un vidrio o cerámica de un tipo distinto de la cerámica dieléctrica de condensadores, por ejemplo, dispositivos piezoelectrónicos, o en un compuesto de matrices de vidrio o cerámica. Se aplica a las categorías 1 a 7 y 10, salvo las aplicaciones que recoge el punto 34, y expira el 21 de julio de 2021. Para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro y los instrumentos industriales de vigilancia y control expira el 21 de julio de 2021. Con respecto a los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8 expira el 21 de julio de 2023. Con respecto a los instrumentos industriales de vigilancia y control de la categoría 9, y en el caso de la categoría 11, expira el 21 de julio de 2024.
Eliminado2.º Plomo en cerámica dieléctrica de condensadores para una tensión nominal de 125 V CA o 250 V CC o superior.
Eliminado3.º Plomo en cerámica dieléctrica de condensadores para una tensión nominal inferior a 125 V CA o 250 V CC: Expira el 1 de enero de 2013 y tras esta fecha podrá utilizarse en piezas de repuesto para AEE comercializados antes del 1 de enero de 2013.
Antes4.º Plomo en materiales cerámicos dieléctricos PZT de condensadores que forman parte de circuitos integrados o semiconductores integrados. Expira el 21 de julio de 2016.
Ahora7.c) 1.º Componentes eléctricos y electrónicos que contengan plomo en un vidrio o cerámica de un tipo distinto de la cerámica dieléctrica de condensadores, por ejemplo, dispositivos piezoelectrónicos, o en un compuesto de matrices de vidrio o cerámica. Se aplica a las categorías 1 a 7 y 10, salvo las aplicaciones que recoge el punto 34, y expira el 21 de julio de 2021. Para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control expira el 21 de julio de 2021. Con respecto a los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8 expira el 21 de julio de 2023. Con respecto a los instrumentos industriales de vigilancia y control de la categoría 9, y en el caso de la categoría 11, expira el 21 de julio de 2024.
Párrafo añadido
2.º Plomo en cerámica dieléctrica de condensadores para una tensión nominal de 125 V CA o 250 V CC o superior. No se aplica a las aplicaciones contempladas en el punto 7.c) 1.º y 7.c) 4.º del presente anexo. Expira el:
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2021 en el caso de las categorías 1 a 7 y 10,
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2021 en el caso de las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control,
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8,
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2024 en el caso de los instrumentos industriales de vigilancia y control de la categoría 9, y en el caso de la categoría 11.
Párrafo añadido
3.º Plomo en cerámica dieléctrica de condensadores para una tensión nominal inferior a 125 V CA o 250 V CC. Expira el 1 de enero de 2013 y tras esta fecha podrá utilizarse en piezas de repuesto para AEE comercializados antes del 1 de enero de 2013.
Párrafo añadido
4.º Plomo en materiales cerámicos dieléctricos PZT de condensadores que forman parte de circuitos integrados o semiconductores discretos. Expira el:
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2021 en el caso de las categorías 1 a 7 y 10,
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2021 en el caso de productos de las categorías 8 y 9 distintos de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control,
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8,
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2024 en el caso de los instrumentos industriales de vigilancia y control de la categoría 9, y en el caso de la categoría 11.
Antes8.b) Cadmio y sus compuestos en contactos eléctricos.
Ahora8.b) Cadmio y sus compuestos en contactos eléctricos. Se aplica a las categorías 8, 9 y 11 y expira el:
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2021 en el caso de las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control,
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8,
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2024 en el caso de los instrumentos industriales de vigilancia y control de la categoría 9, y en el caso de la categoría 11.
Párrafo añadido
8.b) 1.º Cadmio y sus compuestos en contactos eléctricos utilizados en:
Párrafo añadido
– disyuntores,
Párrafo añadido
– sistemas de detección térmica,
Párrafo añadido
– protectores térmicos para motores (excluidos los protectores térmicos herméticos para motores);
Párrafo añadido
– interruptores de CA para intensidades nominales:
Párrafo añadido
• iguales o superiores a 6 A a una tensión igual o superior a 250 V CA, o
Párrafo añadido
• iguales o superiores a 12 A a una tensión igual o superior a 125 V CA,
Párrafo añadido
– interruptores de CC para intensidades nominales iguales o superiores a 20 A a una tensión igual superior a 18 V CC, e
Párrafo añadido
– interruptores empleados con frecuencias de alimentación eléctrica ≥ 200 Hz.
Párrafo añadido
Se aplica a las categorías 1, 7 y 10 y expira el 21 de julio de 2021.
Eliminado9.b) 1.º Plomo en cojinetes y pistones para compresores que contienen refrigerante para aplicaciones de calefacción, ventilación, acondicionamiento de aire y refrigeración (HVACR). Se aplica a las categorías 8, 9 y 11; expira el:
Antes– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8.
Ahora9.b) 1.º Plomo en cojinetes y pistones para compresores que contienen refrigerante para aplicaciones de calefacción, ventilación, acondicionamiento de aire y refrigeración (HVACR).
Párrafo añadido
Se aplica a las categorías 8, 9 y 11; expira el:
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8.
Antes– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8.
Ahora– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8.
Antes– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8.
Ahora– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8.
Eliminado2.º Plomo en vidrios ópticos filtrantes coloreados mediante iones. Se aplica a las categorías 1, 7 y 10; expira el 21 de julio de 2021 para las categorías 1 a 7 y 10.
Eliminado3.º Cadmio en vidrios ópticos filtrantes con disoluciones coloidales; excluidas las aplicaciones que entran en el ámbito del punto 39 del presente anexo. Se aplica a las categorías 1, 7 y 10; expira el 21 de julio de 2021 para las categorías 1 a 7 y 10.
Antes4.º Cadmio y plomo en lentes utilizadas para patrones de reflectancia. Se aplica a las categorías 1, 7 y 10; expira el 21 de julio de 2021 para las categorías 1 a 7 y 10.
Ahora2.º Plomo en vidrios ópticos filtrantes coloreados mediante iones. Se aplica a las categorías 1 a 7 y 10; expira el 21 de julio de 2021.
Párrafo añadido
3.º Cadmio en vidrios ópticos filtrantes con disoluciones coloidales; excluidas las aplicaciones que entran en el ámbito del punto 39 del presente anexo. Se aplica a las categorías 1 a 7 y 10; expira el 21 de julio de 2021.
Párrafo añadido
4.º Cadmio y plomo en lentes utilizadas para patrones de reflectancia. Se aplica a las categorías 1 a 7 y 10; expira el 21 de julio de 2021.
Eliminado15. Plomo en pastas de soldadura diseñadas para crear una conexión eléctrica viable entre el cubo de semiconductor y el portador en cápsulas de circuito integrado flip-chip.
Antes16. Plomo en lámparas incandescentes lineales con tubos recubiertos de silicato |. Expira el 1 de septiembre de 2013.
Ahora15. Plomo en pastas de soldadura diseñadas para crear una conexión eléctrica viable entre el cubo de semiconductor y el portador en cápsulas de circuito integrado flip-chip. Se aplica a las categorías 8, 9 y 11 y expira el:
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2021 para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control,
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8,
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2024 en el caso de los instrumentos industriales de vigilancia y control de la categoría 9, y en el caso de la categoría 11.
Párrafo añadido
15.a) Plomo en pastas de soldadura diseñadas para crear una conexión eléctrica viable entre el cubo de semiconductor y el portador en cápsulas de circuito integrado flip-chip, siempre que se aplique al menos uno de los criterios siguientes:
Párrafo añadido
– un nodo tecnológico semiconductor de 90 nm o más,
Párrafo añadido
– un cubo único de 300 mm2o mayor en cualquier nodo tecnológico semiconductor,
Párrafo añadido
– cápsulas de cubos apilados con cubo de 300 mm2o mayor, o interponedores de silicio de 300 mm2o mayores.
Párrafo añadido
Se aplica a las categorías 1 a 7 y 10 y expira el 21 de julio de 2021.
Párrafo añadido
16. Plomo en lámparas incandescentes lineales con tubos recubiertos de silicato. Expira el 1 de septiembre de 2013.
Antes18.b) Plomo empleado como activador en el polvo fluorescente (hasta el 1 % de plomo en peso) de las lámparas de descarga utilizadas como lámparas de bronceado que contengan fósforos tales como BSP (BaSi2O5:Pb).
Ahora18.b) Plomo empleado como activador en el polvo fluorescente (hasta el 1 % de plomo en peso) de las lámparas de descarga utilizadas como lámparas de bronceado que contengan fósforos tales como BSP (BaSi2O5:Pb). Expira el:
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2021 para las categorías 1 a 7 y 10,
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2021 en el caso de las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control,
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8,
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2024 en el caso de los instrumentos industriales de vigilancia y control de la categoría 9, y en el caso de la categoría 11.
Párrafo añadido
18.b) 1.º Plomo empleado como activador en el polvo fluorescente (hasta el 1 % de plomo en peso) de las lámparas de descarga que contengan fósforos tales como BSP (BaSi2O5:Pb) cuando se utilicen en equipos médicos de fototerapia. Se aplica a las categorías 5 y 8, salvo las aplicaciones contempladas en la entrada 34 del anexo IV, y expira el 21 de julio de 2021.
Antes21. Plomo y cadmio en tintas de impresión para la aplicación de esmaltes en vidrios, tales como el vidrio borosilicatado y el vidrio sódico-cálcico.
Ahora21. Plomo y cadmio en tintas de impresión para la aplicación de esmaltes en vidrios, tales como el vidrio borosilicatado y el vidrio sódico-cálcico. Se aplica a las categorías 8, 9 y 11 y expira:
Párrafo añadido
– el 21 de julio de 2021, en el caso de las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control,
Párrafo añadido
– el 21 de julio de 2023, en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8,
Párrafo añadido
– el 21 de julio de 2024, en el caso de los instrumentos industriales de vigilancia y control de la categoría 9 y en el caso de la categoría 11.
Párrafo añadido
21.a) Cadmio utilizado en vidrios impresos a color para proporcionar funciones de filtrado, utilizado como componente en aplicaciones de alumbrado instaladas en pantallas de visualización y paneles de control de AEE. Se aplica a las categorías 1 a 7 y 10, salvo las aplicaciones contempladas en la entrada 21.b) o la entrada 39, y expira el 21 de julio de 2021.
Párrafo añadido
21.b) Cadmio en tintas de impresión para la aplicación de esmaltes en vidrios, tales como el vidrio borosilicatado y el vidrio sódico-cálcico. Se aplica a las categorías 1 a 7 y 10, salvo las aplicaciones contempladas en la entrada 21.a) o la entrada 39, y expira el 21 de julio de 2021.
Párrafo añadido
21.c) Plomo en tintas de impresión para la aplicación de esmaltes en vidrios distintos de los borosilicatados. Se aplica a las categorías 1 a 7 y 10 y expira el 21 de julio de 2021.
Eliminado– 21 de julio de 2021 para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro y los instrumentos industriales de vigilancia y control.
Antes– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8.
Ahora– 21 de julio de 2021 para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control.
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8.
Antes29. Plomo en vidrio cristal conforme a la definición del Real Decreto 168/1988, de 26 de febrero, por el que se establecen determinadas condiciones técnicas para el vidrio-cristal.
Ahora29. Plomo en vidrio cristal conforme a la definición del Real Decreto 168/1988, de 26 de febrero, por el que se establecen determinadas condiciones técnicas para el vidrio-cristal. Expira el:
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2021 para las categorías 1 a 7 y 10;
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2021 para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control;
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8;
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2024 en el caso de los instrumentos industriales de vigilancia y control de la categoría 9, y en el caso de la categoría 11.
Antes32. Óxido de plomo en la frita de sellado utilizada para hacer montajes de ventana para tubos láser de argón y criptón.
Ahora32. Óxido de plomo en la frita de sellado utilizada para hacer montajes de ventana para tubos láser de argón y criptón. Expira el:
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2021 en el caso de las categorías 1 a 7 y 10,
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2021 en el caso de las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control,
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8,
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2024 en el caso de los instrumentos industriales de vigilancia y control de la categoría 9, y en el caso de la categoría 11.
Eliminado– 21 de julio de 2021 para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro y los instrumentos industriales de vigilancia y control.
Antes– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8.
Ahora– 21 de julio de 2021 para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control.
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8.
Antes37. Plomo de la capa de revestimiento de los diodos de alta tensión sobre la base de un bloque de vidrio de borato de zinc
Ahora37. Plomo de la capa de revestimiento de los diodos de alta tensión sobre la base de un bloque de vidrio de borato de zinc. Expira el:
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2021 en el caso de las categorías 1 a 7 y 10,
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2021 en el caso de las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control,
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8,
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2024 en el caso de los instrumentos industriales de vigilancia y control de la categoría 9, y en el caso de la categoría 11.
Párrafo añadido
42. Plomo en cojinetes y pistones de motores de combustión interna propulsados por diésel o combustible gaseoso, utilizados en equipos no viales de uso profesional:
Párrafo añadido
– cuando el motor presenta una cilindrada total ≥ 15 litros, o
Párrafo añadido
– cuando el motor presenta una cilindrada total < 15 litros y está diseñado para funcionar en aplicaciones en las que el tiempo transcurrido entre la señal de inicio y la plena carga deba ser inferior a 10 segundos, o cuando se realiza un mantenimiento periódico en entornos exteriores sucios y difíciles, por ejemplo en aplicaciones destinadas a la minería, la construcción y la agricultura.
Párrafo añadido
Se aplica a la categoría 11, y quedan excluidas las aplicaciones recogidas en la exención 6.c) del presente anexo. Expira el 21 de julio de 2024.