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21 sep 2019

Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola

Qué ha cambiado (11 artículos)

Artículo 7
Eliminado3. Las recomendaciones, acompañadas de la documentación a que se refiere el apartado 2, deberán contener la información mínima indicada en el anexo I.A y I.B.1, y se remitirán, antes del 1 de noviembre del año anterior al que se pretenda surtan efectos en las autorizaciones concedidas, al órgano de la autoridad competente que tomará la decisión sobre las misma, que será:
Eliminadoa) El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para las recomendaciones de limitación de autorizaciones de nueva plantación a nivel nacional, y para las recomendaciones de limitación de autorizaciones de nueva plantación en el ámbito de una DOP supraautonómica.
Eliminadob) La comunidad autónoma para las recomendaciones de limitación de autorizaciones de nueva plantación en el ámbito de una DOP que solo se ubique en su territorio.
Antes4. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación enviará la documentación presentada en una recomendación de limitación según la letra a) del apartado anterior, a las comunidades autónomas dónde esté ubicada la DOP supraautonómica. Las comunidades autónomas remitirán un informe, que no será vinculante, en relación a dichas recomendaciones al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a más tardar el 20 de noviembre.
Ahora3. Las recomendaciones, acompañadas de la documentación a que se refiere el apartado 2, deberán contener la información mínima indicada en los anexos I.A y I.B.1, y se presentarán, antes del 1 de noviembre del año anterior al que se pretenda surtan efectos en las autorizaciones concedidas ante:
Párrafo añadido
a) El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para las recomendaciones de limitación de autorizaciones de nueva plantación a nivel nacional, y para las recomendaciones de limitación de autorizaciones de nueva plantación en el ámbito de una Denominación de Origen Protegida supraautonómica.
Párrafo añadido
b) La comunidad autónoma para las recomendaciones de limitación de autorizaciones de nueva plantación en el ámbito de una DOP que sólo se ubique en su territorio.
Párrafo añadido
4. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación aceptará las recomendaciones presentadas por los Consejos Reguladores de las DOP supraautonómicas que cumplan con lo exigido en el anexo I.B.1 y resolverá respecto del resto.
Antes7. Las decisiones sobre las recomendaciones de limitaciones serán publicadas mediante la Resolución de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios mencionada en el artículo 6.4 de este real decreto, y serán de aplicación desde el día de su publicación.
Ahora7. Las limitaciones que se adopten como consecuencia de las recomendaciones presentadas por los Consejos Reguladores de las DOP supraautonómicas aceptadas en virtud del apartado 4, y la decisión adoptada para el resto, mediante resolución de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, se publicarán en el “Boletín Oficial del Estado” mediante resolución de la citada Dirección General y serán de aplicación desde el día de su publicación.
Párrafo añadido
Igualmente, mediante dicha resolución se harán púbicas las decisiones adoptadas por las comunidades autónomas respecto de las recomendaciones previstas en el apartado 3.b), que serán igualmente de aplicación desde la publicación de la citada resolución en el “Boletín Oficial del Estado”.
Artículo 8
Antesi) El control efectivo sobre la persona jurídica sea ejercido por una persona física o personas físicas que tiene dicha capacidad y competencia conforme a alguno de los apartados a 5.º Para ello, la persona física o personas físicas en cuestión deberá tener el poder de decisión dentro de dicha persona jurídica, lo que exige que su participación en el capital social de la persona jurídica sea más de la mitad del capital social total de esta y que posea más de la mitad de los derechos de voto dentro de la misma.
Ahorai) El control efectivo sobre la persona jurídica sea ejercido por una persona física o personas físicas que tiene dicha capacidad y competencia conforme a alguno de los apartados 1.° a 5.º Para ello, la persona física o personas físicas en cuestión deberá tener el poder de decisión dentro de dicha persona jurídica, lo que exige que su participación en el capital social de la persona jurídica sea más de la mitad del capital social total de esta y que posea más de la mitad de los derechos de voto dentro de la misma, y, en el supuesto que no exista capital social por la forma jurídica, que posea más de la mitad de los derechos de voto dentro de la misma.
Antes7.º No obstante lo anterior, a los efectos previstos en esta letra b), cuando el solicitante sea una persona física o jurídica, en el caso de que la superficie para la que se solicita la autorización de nueva plantación se ubique en una zona delimitada por una DOP para la que se haya establecido una limitación en el año de la solicitud, la comunidad autónoma que haya tomado la decisión con base en una recomendación según el artículo 7.5, podrá considerar obligatorio para que la solicitud sea admisible, que el solicitante haya estado dado de alta en el Régimen de la Seguridad Social de la actividad agraria, durante al menos, 2 años dentro de los cinco anteriores a la presentación de la solicitud.
Ahora7.º No obstante lo anterior, a los efectos previstos en esta letra b), cuando la persona solicitante sea una persona física, en el caso de que la superficie para la que se solicita la autorización de nueva plantación se ubique en una zona delimitada por una DOP para la que se haya establecido una limitación en el año de la solicitud, la comunidad autónoma que haya tomado la decisión con base en una recomendación según el artículo 7.5, podrá considerar obligatorio para que la solicitud sea admisible, y de forma adicional a alguno de los requisitos de los puntos 1.º a 5.º, que la persona solicitante haya estado dada de alta en el Régimen de la Seguridad Social de la actividad agraria, durante al menos dos años dentro de los cinco anteriores a la presentación de la solicitud.
Artículo 10
Antesa) Que el solicitante sea una persona física que en el año de la presentación de la solicitud no cumpla más de 40 años y sea un nuevo viticultor, o, si se trata de persona jurídica, que tenga como socio un nuevo viticultor que no cumpla más de 40 años en el año de presentación de la solicitud y ejerza un control efectivo en los términos previstos en el párrafo cuarto de esta letra a).
Ahoraa) Que el solicitante sea una persona física que en el año de la presentación de la solicitud no cumpla más de 40 años y sea un nuevo viticultor, o, si se trata de persona jurídica, que tenga como socio un nuevo viticultor que no cumpla más de 40 años en el año de presentación de la solicitud y ejerza un control efectivo por sólo o con otro u otros jóvenes nuevos viticultores en los términos previstos en el párrafo cuarto de esta letra a).
EliminadoSe considerará que una persona jurídica, independientemente de su forma jurídica, cumple este criterio de prioridad si reúne alguna de las condiciones establecidas en los puntos 1) y 2) del apartado A del anexo II del Reglamento Delegado (UE) n.º 2018/273 de la Comisión, de 11 de diciembre 2017. A estos efectos se entenderá que un nuevo viticultor ejerce el control efectivo sobre la persona jurídica cuando tenga el poder de decisión dentro de dicha persona jurídica, lo que exige que su participación en el capital social de la persona jurídica sea más de la mitad del capital social total de esta y que posea más de la mitad de los derechos de voto dentro de la misma.
Antesb) Que el solicitante sea un viticultor a fecha de apertura del plazo de solicitudes, persona física que en el año de la presentación de la solicitud no cumpla más de 40 años, y que, a fecha de apertura del plazo de solicitudes, y en el momento de concesión de la autorización si la comunidad autónoma lo considera oportuno y con sus propios medios, no tenga plantaciones de viñedo sin autorización de acuerdo a lo establecido en el artículo 71 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, o sin derecho de plantación de acuerdo a lo establecido en los artículos 85 bis y 85 ter del Reglamento (CE) n.º 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007. Además, se deberá cumplir que a fecha de apertura del plazo de solicitudes no les haya vencido ninguna autorización para nueva plantación concedida anteriormente por no haber sido utilizada, no tenga plantaciones de viñedo abandonado en el Registro Vitícola desde hace 8 años hasta la fecha de apertura del plazo de solicitudes, no haya incumplido los siguientes compromisos: el indicado en el apartado 3 del artículo 17 y el indicado en el artículo 8.2 b), en su caso.
AhoraSe considerará que una persona jurídica, independientemente de su forma jurídica, cumple este criterio de prioridad si reúne alguna de las condiciones establecidas en los puntos 1) y 2) del apartado A del anexo II del Reglamento Delegado (UE) n.º 2018/273 de la Comisión, de 11 de diciembre 2017. A estos efectos se entenderá que un nuevo viticultor ejerce el control efectivo sobre la persona jurídica por sólo o con otro u otros jóvenes nuevos viticultores, cuando tenga el poder de decisión dentro de dicha persona jurídica, lo que exige que su participación en el capital social de la persona jurídica sea más de la mitad del capital social total de esta y que posea más de la mitad de los derechos de voto dentro de la misma, y en el supuesto que no exista capital social por la forma jurídica, que tenga más de la mitad de los derechos de voto dentro de la misma.
Párrafo añadido
b) Que la persona solicitante sea un viticultor a fecha de apertura del plazo de solicitudes, persona física que en el año de la presentación de la solicitud no cumpla más de 40 años, y que, a fecha de apertura del plazo de solicitudes, y en el momento de concesión de la autorización si la comunidad autónoma lo considera oportuno y con sus propios medios, no tenga plantaciones de viñedo sin autorización de acuerdo a lo establecido en el artículo 71 del Reglamento (UE) n.° 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, o sin derecho de plantación de acuerdo a lo establecido en los artículos 85 bis y 85 ter del Reglamento (CE) n.° 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007. Además, se deberá cumplir que a fecha de apertura del plazo de solicitudes no les haya vencido ninguna autorización para nueva plantación concedida anteriormente por no haber sido utilizada, no tenga plantaciones de viñedo abandonado en el Registro Vitícola desde hace ocho años hasta la fecha de apertura del plazo de solicitudes y no haya incumplido alguno de los compromisos indicados en los artículos 8.2.b) y 17.3 de este real decreto, en el artículo 10.a) del Real Decreto 740/2015, de 31 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola, y se modifica el Real Decreto 1079/2014, de 19 de diciembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola, y en el 10.1.a) del Real Decreto 772/2017 de 28 de julio, por el que se regula el potencial productivo vitícola.
Artículo 11
Eliminado5. Los solicitantes a los que se conceda una autorización por menos del 50% de la superficie admisible total de su solicitud, podrán renunciar en su totalidad en el mes siguiente a la fecha de la notificación de la resolución. Las comunidades autónomas comunicarán a la Dirección General de Producciones y Mercados agrarios antes del 1 de octubre de cada año, la información sobre superficie objeto de renuncia referida en este párrafo e indicando la región y la zona de producción donde está ubicada la superficie desistida, para su remisión a la Comisión Europea en cumplimiento del artículo 33.2.a) del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 2018/274 de la Comisión, de 11 de diciembre 2017.
EliminadoLas comunidades autónomas deberán proceder a resolver los recursos estimatorios aplicando a la superficie admisible el mismo prorrateo que se les hubiese aplicado a su solicitud de haber sido resueltas antes del 1 de agosto de ese año. Las comunidades autónomas comunicarán a la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, antes del 20 de noviembre, conforme al anexo VI, la información sobre la superficie liberada por desistimientos y errores detectados después del 1 de julio en la superficie concedida según el apartado 3, y la información sobre la superficie concedida en los recursos que se hayan resuelto de forma estimatoria hasta ese momento, a fin de poder realizar un balance, en el que se tendrá en cuenta también la información de la superficie liberada por renuncias procedentes de la comunicación del primer párrafo de este apartado.
EliminadoEn caso de que el balance entre superficie liberada y concedida por recursos estimatorios sea superior a la superficie máxima disponible para autorizaciones de nuevas plantaciones fijada a nivel nacional o al límite fijado para una Denominación de Origen Protegida en ese año, esta superficie excedente será descontada, en su caso, al año siguiente, de los límites máximos fijados.
AntesEl Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, recogerá en la resolución a la que se hace referencia en el artículo 7.7, la superficie que deberá descontarse, en su caso, de los límites fijados del año en cuestión en relación al procedimiento del párrafo 3 del presente apartado.
Ahora5. Los solicitantes a los que se conceda una autorización por menos del 50% de la superficie admisible total de su solicitud, podrán renunciar en su totalidad en el mes siguiente a la fecha de la notificación de la resolución. Las comunidades autónomas comunicarán a la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios a más tardar el 1 de octubre de cada año, la información sobre superficie objeto de renuncia referida en este párrafo e indicando la región y la zona de producción donde está ubicada la superficie desistida, para su remisión a la Comisión Europea en cumplimiento del artículo 33.2.a) del Reglamento de Ejecución (UE) n.° 2018/274 de la Comisión, de 11 de diciembre 2017. La superficie liberada por renuncias de un año se pondrá a disposición para la concesión de autorizaciones de nuevas plantaciones de forma adicional a la superficie máxima disponible que se establezca para el año siguiente en virtud del artículo 6.1.
Párrafo añadido
Las comunidades autónomas deberán proceder a resolver los recursos estimatorios aplicando a la superficie admisible el mismo prorrateo que se les hubiese aplicado a su solicitud de haber sido resueltas antes del 1 de agosto del año en que se presentó la solicitud y teniendo en cuenta que no se supere la superficie admisible máxima por solicitante aplicado en el procedimiento de concesión de autorizaciones de nuevas plantaciones del año en que se presentó la solicitud. Las comunidades autónomas comunicarán a la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, a más tardar el 1 de octubre, conforme al anexo VI, la información sobre la superficie liberada por desistimientos y errores detectados después de la comunicación por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de la superficie a conceder según el apartado 3, y la información sobre la superficie concedida en los recursos que se hayan resuelto de forma estimatoria hasta ese momento y por errores, a fin de poder realizar un balance.
Párrafo añadido
El resultado del balance entre superficie liberada por desistimientos y errores y concedida por recursos estimatorios y errores será tenido en cuenta a la hora de establecer la superficie máxima disponible para el año siguiente referida en el artículo 6.1.
Párrafo añadido
En caso de que la superficie resultante del balance entre superficie liberada por desistimientos, renuncias y errores, y la concedida por recursos estimatorios y errores sea superior a la superficie máxima disponible para autorizaciones de nuevas plantaciones fijada para una Denominación de Origen Protegida en ese año, esta superficie excedente será descontada del límite máximo de superficie disponible a adoptar en esa DOP para el año siguiente. Por el contrario, si la resultante de dicho balance es inferior a la mencionada superficie máxima disponible, dicha superficie se añadirá a la superficie disponible a adoptar en esa DOP para el año siguiente. Para ello, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación comunicará a las comunidades autónomas afectadas el resultado del balance que han de tener en cuenta, a más tardar el 1 de noviembre.
Antes8. La plantación deberá permanecer un período mínimo de 5 años en régimen de explotación y no podrá venderse ni arrendarse a otra persona física o jurídica.
Ahora8. La plantación deberá permanecer un período mínimo de cinco años desde que se haya realizado la comunicación referida en el artículo 11.7, en régimen de explotación y no podrá venderse ni arrendarse a otra persona física o jurídica, salvo causa de fuerza mayor o circunstancias excepcionales previstas en el artículo 2 del Reglamento (UE) n.° 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, sobre financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común.
Artículo 17
Eliminado1. De conformidad con el apartado 3 del artículo 66 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, y en virtud del artículo 6 del Reglamento Delegado (UE) n.º 2018/273 de la Comisión, de 11 de diciembre 2017, se podrán restringir totalmente las replantaciones de viñedo si la superficie a replantar puede optar para la producción de vinos con una Denominación de Origen Protegida donde se ha aplicado una limitación de concesión a las nuevas plantaciones de acuerdo al artículo 7, y para la que se ha realizado una recomendación de acuerdo al artículo 18, justificada por la necesidad de evitar un riesgo bien demostrado de devaluación significativa de una Denominación de Origen Protegida.
Antes2. Las restricciones serán aplicables a todas las solicitudes de autorizaciones que se presenten en el plazo de un año desde la fecha de publicación de la restricción aprobada según el artículo 18.7. En el caso de que la recomendación en la que se base dicha restricción se haya realizado por un periodo superior a un año, dichas restricciones se podrán aplicar por el mismo plazo de la recomendación desde la fecha de publicación de la resolución.
Ahora1. De conformidad con el artículo 66.3 del Reglamento (UE) n.° 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, y en virtud del artículo 6 del Reglamento Delegado (UE) n.° 2018/273 de la Comisión, de 11 de diciembre 2017, se podrá restringir totalmente la concesión de las autorizaciones de replantación de viñedo si la superficie a replantar puede optar para la producción de vinos con una Denominación de Origen Protegida donde se ha aplicado una limitación de concesión a las nuevas plantaciones de acuerdo al artículo 7, y para la que se ha realizado una recomendación de acuerdo al artículo 18, justificada por la necesidad de evitar un riesgo bien demostrado de devaluación significativa de una Denominación de Origen Protegida.
Párrafo añadido
2. Las restricciones serán aplicables durante un año desde la fecha de publicación de la restricción aprobada según el artículo 18.7 a todas las solicitudes de autorizaciones que se presenten conforme al artículo 15. En el caso de que la recomendación en la que se base dicha restricción se haya realizado por un periodo superior a un año, dichas restricciones se podrán aplicar por el mismo plazo de la recomendación desde la fecha de publicación de la resolución.
Artículo 18
Antes3. Las recomendaciones deberán contener la información mínima indicada en el anexo I.B.2), y se remitirán, acompañadas de la documentación a que se refiere el apartado anterior, antes del 1 de noviembre del año anterior al que se pretenda surtan efectos, al órgano de la autoridad competente que tomará la decisión sobre las mismas, que será:
Ahora3. Las recomendaciones deberán contener la información mínima indicada en el anexo I.B.2), y se presentarán, acompañadas de la documentación a que se refiere el apartado anterior, antes del 1 de noviembre del año anterior al que se pretenda surtan efectos, ante:
Eliminado4. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación enviará la documentación presentada en una recomendación de restricción, según la letra a) del apartado anterior, a las comunidades autónomas donde esté ubicada la DOP supraautonómica.
AntesLas comunidades autónomas remitirán un informe, que no será vinculante, sobre la recomendación al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a más tardar el 20 de noviembre.
Ahora4. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación aceptará las recomendaciones presentadas por los Consejos Reguladores de las DOP supraautonómicas que cumplan con lo exigido en el anexo I.B.2 y resolverá respecto del resto.
Antes7. Las restricciones que se aprueben serán publicadas en la Resolución de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios mencionada en el artículo 6.4 de este real decreto y serán de aplicación desde el día de su publicación.
Ahora7. Las restricciones que se adopten como consecuencia de las recomendaciones presentadas por los Consejos Reguladores de las DOP supraautonómicas aceptadas en virtud del apartado 4, y la decisión adoptada para el resto, mediante resolución de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, se publicarán en el “Boletín Oficial del Estado” mediante resolución de la citada Dirección General, y serán de aplicación desde el día de su publicación.
Párrafo añadido
Igualmente, mediante dicha resolución se harán públicas las decisiones adoptadas por las comunidades autónomas respecto de las recomendaciones previstas en el apartado 3.b), que serán igualmente de aplicación desde la publicación de la citada resolución en el “Boletín Oficial del Estado”.
Artículo 23
Eliminado3. La nueva superficie agraria deberá estar a disposición del solicitante en propiedad, o en régimen de arrendamiento o aparcería, o cualquier otra forma conforme a derecho que pueda demostrar mediante documento liquidado de los correspondientes tributos, en el momento de la presentación de la solicitud de modificación y en el momento de la comunicación de la plantación, que el solicitante deberá realizar de acuerdo a lo establecido en el apartado 7.
EliminadoEn el caso de que la solicitud sea para modificar la localización de una autorización concedida para una nueva plantación en virtud de la sección 1ª, el solicitante deberá justificar que en el momento de la presentación de la solicitud de la autorización a modificar según el artículo 9, tenía a su disposición la nueva superficie para la que se solicita la modificación.
AntesA los efectos del cumplimiento del presente apartado, se tendrá en cuenta lo establecido en los párrafos primero, segundo, cuarto y quinto del apartado artículo 8.1.a).
Ahora3. La nueva superficie agraria deberá estar a disposición de la persona solicitante en propiedad, o en régimen de arrendamiento o aparcería, o cualquier otra forma conforme a derecho que pueda demostrar mediante documento liquidado de los correspondientes tributos, en el momento de la presentación de la solicitud de modificación y en el momento de la comunicación de la plantación, que la persona solicitante deberá realizar de acuerdo a lo establecido en el apartado 7.
Párrafo añadido
En el caso de que la solicitud sea para modificar la localización de una autorización concedida para una nueva plantación en virtud de la sección 1.ª, la persona solicitante deberá justificar que a fecha de apertura del plazo de presentación de solicitudes de la concesión de la autorización a modificar según el artículo 9, tenía a su disposición la superficie para la que se solicita la modificación.
Párrafo añadido
A los efectos del cumplimiento del presente apartado, se tendrá en cuenta lo establecido en los párrafos primero, segundo, cuarto y quinto del artículo 8.1.a).
ANEXO I
EliminadoInformación y documentación mínima de las recomendaciones de la Organización Interprofesional del vino sobre la limitación de autorizaciones de nueva plantación a nivel nacional (artículo 7.3).
Antesa) Organización profesional proponente, representatividad a nivel nacional e importancia en el sector.
AhoraInformación y documentación mínima de las recomendaciones de la Organización Interprofesional del Vino sobre la limitación de autorizaciones de nueva plantación a nivel nacional (artículo 7.3)
Párrafo añadido
a) Organización interprofesional proponente, justificación de su representatividad en el ámbito nacional e importancia en el sector.
Eliminadoc) Recomendación propuesta: porcentaje recomendado a conceder para autorizaciones de nuevas plantaciones para todo el territorio nacional, que deberá ser superior al 0% y como máximo del 1%.
Antesd) Justificación de la recomendación. Estudio que justifique la limitación por el motivo recogido en el artículo 63.3 a) del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre.
Ahorac) Recomendación propuesta: porcentaje recomendado que se propone conceder para autorizaciones de nuevas plantaciones para todo el territorio nacional, que deberá ser superior al 0% y como máximo del 1%.
Párrafo añadido
d) Justificación de la recomendación. Estudio que justifique la limitación por el motivo recogido en el artículo 63.3.a) del Reglamento (UE) n.° 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre.
Eliminado1. Información y documentación mínima de las recomendaciones de las Organizaciones Profesionales sobre la limitación de autorizaciones para nuevas plantaciones en el ámbito de una DOP (artículo 7.3)
Eliminadoa) Organización/es profesional/es proponente/es, representatividad en la zona geográfica en cuestión e importancia en el sector.
Antesb) Acuerdo adoptado por el órgano decisorio de la organización, entre las partes representativas relevantes de la zona geográfica que se trate sobre la limitación de concesión de autorizaciones de nueva plantación, justificado mediante certificado firmado por el representante legal de la organización con fecha anterior al 1 de noviembre del año en el que se presente la recomendación.
Ahora1. Información y documentación mínima de las recomendaciones de la organización interprofesional con representatividad en la zona geográfica de la DOP o Consejo Regulador de la DOP sobre la limitación de autorizaciones para nuevas plantaciones en el ámbito de una DOP (artículo 7.3)
Párrafo añadido
a) Organización interprofesional con representatividad en la zona geográfica de la DOP o Consejo Regulador de la DOP y justificación de su representatividad en la zona geográfica de la DOP en cuestión e importancia económica y sectorial en la DOP.
Párrafo añadido
b) Acuerdo adoptado por el órgano decisorio de la organización interprofesional o Consejo Regulador, entre las partes representativas relevantes de la zona geográfica que se trate sobre la limitación de concesión de autorizaciones de nueva plantación, justificado mediante certificado firmado por el representante legal de la organización interprofesional o del Consejo Regulador con fecha anterior al 1 de noviembre del año en el que se presente la recomendación.
Antese) Estudio que justifique la recomendación de limitar la concesión de autorizaciones de nueva plantación con base en los motivos recogidos en el artículo 63.3 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre.
Ahorae) Estudio que justifique la recomendación de limitar la concesión de autorizaciones de nueva plantación con base en los motivos recogidos en el artículo 63.3 del Reglamento (UE) n.° 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre.
Eliminado2. En caso de que la Organización Profesional proponga una limitación de autorizaciones para nuevas plantaciones en el ámbito de una DOP según el punto 1), la información y documentación mínima de las recomendaciones de las Organizaciones Profesionales sobre restricciones a las autorizaciones para replantación y autorizaciones por conversión de un derecho de plantación (artículos 18.3 y 22.4) será la siguiente:
Antesa) Acuerdo adoptado por el órgano decisorio de la organización, entre las partes representativas relevantes de la zona geográfica que se trate sobre la restricción de autorizaciones para replantación, restricciones a las autorizaciones por conversión de un derecho de plantación, justificado mediante certificado firmado por el representante legal de la organización con fecha anterior al 1 de noviembre del año en el que se presente la recomendación.
Ahora2. En caso de que la organización interprofesional con representatividad en la zona geográfica de la DOP o Consejo Regulador de la DOP proponga una limitación de autorizaciones para nuevas plantaciones en el ámbito de una DOP según el punto 1), la información y documentación mínima de las recomendaciones de la organización interprofesional con representatividad en la zona geográfica de la DOP o Consejo Regulador de la DOP sobre restricciones a las autorizaciones para replantación y autorizaciones por conversión de un derecho de plantación (artículos 18.3 y 22.4) será la siguiente:
Párrafo añadido
a) Acuerdo adoptado por el órgano decisorio de la organización interprofesional o Consejo Regulador, entre las partes representativas relevantes de la zona geográfica que se trate sobre la limitación de concesión de autorizaciones de nueva plantación, justificado mediante certificado firmado por el representante legal de la organización interprofesional o del Consejo Regulador con fecha anterior al 1 de noviembre del año en el que se presente la recomendación.
Antesd) Estudio que justifique la recomendación de restringir las autorizaciones de replantación y las autorizaciones por conversión de un derecho de plantación recogido en el artículo 6 del Reglamento Delegado (UE) n.º 2018/273 de la Comisión, de 11 de diciembre, por el que se completa el Reglamento (UE) n.º1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al régimen de autorizaciones para plantaciones de vid, y en el artículo 8 del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 2018/274 de la Comisión, de 11 de diciembre, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta al régimen de autorizaciones para plantaciones de vid.
Ahorad) Estudio que justifique la recomendación de restringir las autorizaciones de replantación y las autorizaciones por conversión de un derecho de plantación recogido en el artículo 6 del Reglamento Delegado (UE) n.° 2018/273 de la Comisión, de 11 de diciembre, por el que se completa el Reglamento (UE) n.° 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al régimen de autorizaciones para plantaciones de vid, y en el artículo 8 del Reglamento de Ejecución (UE) n.° 2018/274 de la Comisión, de 11 de diciembre, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.° 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta al régimen de autorizaciones para plantaciones de vid.
ANEXO VI
Antes| Comunidad Autónoma: | | | | | | | | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | | Fecha de comunicación: | | | | | | | | Campaña de la convocatoria: | | | | | | | | Tipo de superficie | superficie liberada por | superficie liberada por errores ** | superficie concedida*** por | | | | | de solicitudes | Superficie liberada convertida en concedida**** objeto de desistimientos (has) | de solicitudes | Superficie liberada convertida en concedida**** en la que se haya detectado error por (has) | de solicitudes | Superficie concedida**** por recursos estimatorios o errores (has) | | | Zona fuera de los límites geográficos de la DOP con limitación | | | | | | | | (1) zona DOP con limitación | | | | | | | | (2) zona DOP con limitación | | | | | | | | (3) zona DOP con limitación | | | | | | | | | | | | | | | | TOTAL COMUNIDAD AUTÓNOMA | | | | | | | | Fecha límite de comunicación: 20 de noviembre * se considerarán sólo los desistimientos desde la comunicación al MAPA de la lista definitiva de superficies admisible según el artículo 11.3 hasta el día anterior a la fecha de la notificación de la resolución estimatoria de la superficie concedida. ** se considerarán los errores detectados después del 1 de julio y por los que esa superficie no se puede conceder. *** se considerará la superficie admitida por recursos resueltos favorablemente o por errores detectados después del 1 de julio por los que esa superficie se ha de conceder. **** para obtener la superficie concedida se aplicará a la superficie admisible el mismo prorrateo que les hubiese aplicado a su solicitud de haberse resuelto como concedida antes del 1 de agosto. | | | | | | |
Ahora| Comunidad Autónoma: | | | | | | | | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | | Fecha de comunicación: | | | | | | | | Campaña de la convocatoria: | | | | | | | | Tipo de superficie | superficie liberada por | superficie liberada por errores ** | superficie concedida*** por | | | | | de solicitudes | Superficie liberada convertida en concedida**** objeto de desistimientos (has) | de solicitudes | Superficie liberada convertida en concedida**** en la que se haya detectado error por (has) | de solicitudes | Superficie concedida**** por recursos estimatorios o errores (has) | | | Zona fuera de los límites geográficos de la DOP con limitación | | | | | | | | (1) zona DOP con limitación | | | | | | | | (2) zona DOP con limitación | | | | | | | | (3) zona DOP con limitación | | | | | | | | | | | | | | | | TOTAL COMUNIDAD AUTÓNOMA | | | | | | |
Párrafo añadido
Fecha límite de comunicación: 1 de octubre
Párrafo añadido
* se considerarán sólo los desistimientos desde la comunicación al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación por las comunidades autónomas de la lista definitiva de superficies admisible según el artículo 11.3 hasta el día anterior a la fecha de la notificación de la resolución estimatoria de la superficie concedida.
Párrafo añadido
** se considerarán los errores detectados después de la comunicación por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a las comunidades autónomas de la superficie objeto de concesión según el artículo 11.3 y por los que esa superficie no se puede conceder.
Párrafo añadido
*** se considerará la superficie admitida por recursos resueltos favorablemente o por errores detectados después de la comunicación por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a las comunidades autónomas de la superficie objeto de concesión según el artículo 11.3 por los que esa superficie se ha de conceder.
Párrafo añadido
**** para obtener la superficie concedida se aplicará a la superficie admisible el mismo prorrateo que les hubiese aplicado a su solicitud de haberse resuelto como concedida antes del 1 de agosto del año en el que se presentó la solicitud.
ANEXO XII
Eliminado| Comunidad Autónoma: | | | | | | --- | --- | --- | --- | --- | | Fecha de comunicación: | | | | | | Campaña vitícola: | | | | | | Provincia | Número de hectáreas efectivamente concedidas situadas en superficies admisibles a la producción de***: | | | | | Vino con DOP* | Vino con IGP** | Vino sin DOP/IGP | Total | | | (1) | (2) | (3) | (4) | (5) | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | TOTAL | | | | | | Provincia origen de la autorización (a) | Vino con DOP* | Vino con IGP** | Vino sin DOP/IGP | Total | | | | | | | | | | | | | | TOTAL | | | | | | Código DOP (b) | Vino con Denominación de Origen Protegida (DOP) | | | | | | | | | | | | | | | | | TOTAL | | | | | | * Estas superficies también pueden ser admisibles para la producción de vino con IGP o vino sin IG; ninguna de las superficies comunicadas en la columna (2) debe ser incluida en la columna (3). ** Estas superficies también pueden ser admisibles para la producción de vino sin IG pero no de vino DOP; ninguna de las superficies comunicadas en la columna (3) debe ser incluida en la columna (4). *** Datos referidos a la campaña vitícola anterior a la comunicación. (a) Se indicará la provincia de origen de la autorización cuando los derechos de replantación o arranques que originaron la misma provengan de otra comunidad autónoma, detallando la superficie concedida a partir de los mismos (vino con DOP, vino con IGP, vino sin DOP/IGP). (b) Se indicará el nombre de la DOP, identificada por su código, y el número de hectáreas del total recogido en la columna (2) que se localizan en la zona geográfica de esa DOP. **Fecha límite de la comunicación:**1 octubre. | | | | |
Antes| Comunidad Autónoma: | | | --- | --- | | Fecha de comunicación: | | | Campaña vitícola: | | | de hectáreas totales en resoluciones de arranque concedidas*: | | | * No incluidas en las autorizaciones de replantación concedidas comunicadas en el cuadro A. Datos referidos a la campaña vitícola anterior a la comunicación. **Fecha límite de la comunicación:**1 octubre. | |
Ahora| Comunidad Autónoma: | | | | | | --- | --- | --- | --- | --- | | Fecha de comunicación: | | | | | | Campaña vitícola: | | | | | | Provincia | Número de hectáreas efectivamente concedidas situadas en superficies admisibles a la producción de***: | | | | | Vino con DOP* | Vino con IGP** | Vino sin DOP/IGP | Total | | | (1) | (2) | (3) | (4) | (5) | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | TOTAL | | | | | | Provincia origen de la autorización (a) | Vino con DOP* | Vino con IGP** | Vino sin DOP/IGP | Total | | | | | | | | | | | | | | TOTAL | | | | | | Código DOP (b) | Vino con Denominación de Origen Protegida (DOP) | | | | | | | | | | | | | | | | | TOTAL | | | | |
Párrafo añadido
* Estas superficies también pueden ser admisibles para la producción de vino con IGP o vino sin IG; ninguna de las superficies comunicadas en la columna (2) debe ser incluida en la columna (3).
Párrafo añadido
** Estas superficies también pueden ser admisibles para la producción de vino sin IG pero no de vino DOP; ninguna de las superficies comunicadas en la columna (3) debe ser incluida en la columna (4).
Párrafo añadido
*** Datos referidos a la campaña vitícola anterior a la comunicación.
Párrafo añadido
(a) Se indicará la provincia de origen de la autorización cuando los derechos de replantación o arranques que originaron la misma provengan de otra comunidad autónoma, detallando la superficie concedida a partir de los mismos (vino con DOP, vino con IGP, vino sin DOP/IGP).
Párrafo añadido
(b) Se indicará el nombre de la DOP, identificada por su código, y el número de hectáreas del total recogido en la columna (2) que se localizan en la zona geográfica de esa DOP.
Párrafo añadido
**Fecha límite de la comunicación:**1 octubre.
Párrafo añadido
| Comunidad Autónoma: | | | --- | --- | | Fecha de comunicación: | | | Campaña vitícola: | | | Nº de hectáreas totales en resoluciones de arranque concedidas*: | |
Párrafo añadido
* No incluidas en las autorizaciones de replantación concedidas comunicadas en el cuadro A.
Párrafo añadido
Datos referidos a 31 de julio de la campaña vitícola anterior a la comunicación.
Párrafo añadido
Fecha límite de comunicación: 1 de octubre.
ANEXO XXI
EliminadoANEXO XXI
EliminadoClasificación de las variedades de vid
EliminadoVariedades de uva de vinificación
Eliminado1. Comunidad Autónoma de Andalucía
EliminadoProvincias: Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga, Sevilla:
EliminadoVariedades autorizadas:
EliminadoAirén, B.
EliminadoAlbariño, B.
EliminadoAlbillo Real, B.
EliminadoBobal, T.
EliminadoBlauerLimberger, Blaufränkisch, T.
EliminadoCabernet Franc, T.
EliminadoCabernet Sauvignon, T.
EliminadoColombard, B.
EliminadoChardonnay, B.
EliminadoDoradilla, B.
EliminadoGarnacha Blanca, B.
EliminadoGarnacha Tinta, T.
EliminadoGarrido Fino, B.
EliminadoGewürztraminer, B.
EliminadoGraciano, T.
EliminadoJaén Tinto, T.
EliminadoLairen, B.
EliminadoListán del Condado, B.
EliminadoMacabeo, Viura, B.
EliminadoMalbec, T.
EliminadoMalvasía Aromática, B.
EliminadoMarselán, T.
EliminadoMencía, T.
EliminadoMerlot, T.
EliminadoMolinera, T.
EliminadoMollar Cano, T.
EliminadoMonastrell, T.
EliminadoMontúa, Chelva, B.
EliminadoMoscatel de Alejandría, Moscatel de Málaga, B.
EliminadoMoscatel de Grano Menudo, Moscatel Morisco, B.
EliminadoMoscatel Negro, T.
EliminadoPalomino Fino, Listán Blanco, B.
EliminadoPalomino, B.
EliminadoPardina, Baladí, Baladí Verdejo, Calagraño, Jaén Blanco, B.
EliminadoPedro Ximénez, B.
EliminadoPerruno, B.
EliminadoPetit Verdot, T.
EliminadoPinot Noir, T.
EliminadoPrieto Picudo, T.
EliminadoRiesling, B.
EliminadoRome, B.
EliminadoSauvignon Blanc, B.
EliminadoSyrah, T.
EliminadoTempranillo, T.
EliminadoTintilla de Rota, T.
EliminadoTinto Velasco, Frasco, Blasco, T.
EliminadoTorrontés, B.
EliminadoVerdejo, B.
EliminadoVermentino, B.
EliminadoVijariego Blanco, Bigiriego, B.
EliminadoViognier, B.
EliminadoZalema, B.
Eliminado2. Comunidad Autónoma de Aragón
EliminadoProvincias: Huesca, Teruel, Zaragoza:
EliminadoVariedades autorizadas:
EliminadoAgudelo, CheninBlanc, B.
EliminadoAlarije, Malvasía Riojana, Rojal, B.
EliminadoAlcañón, B.
EliminadoBobal, T.
EliminadoCabernet Franc, T.
EliminadoCabernet Sauvignon, T.
EliminadoCaladoc, T.
EliminadoChardonnay, B.
EliminadoDerechero, T.
EliminadoGarnacha Blanca, B.
EliminadoGarnacha Peluda, T.
EliminadoGarnacha Roja, Garnacha Gris, T.
EliminadoGarnacha Tinta, T.
EliminadoGarnacha Tintorera, T.
EliminadoGewürztraminer, B.
EliminadoGraciano, T.
EliminadoMacabeo, Viura, B.
EliminadoMarselan, T.
EliminadoMazuela, Cariñena, T.
EliminadoMerlot, T.
EliminadoMerseguera, B.
EliminadoMiguel del Arco, T.
EliminadoMonastrell, T.
EliminadoMoristel, Juan Ibáñez, Concejón, T.
EliminadoMoscatel de Alejandría, B.
EliminadoMoscatel de Grano Menudo, B.
EliminadoPardina, Robal, B.
EliminadoParellada, B.
EliminadoParraleta, T.
EliminadoPinot Noir, T.
EliminadoRiesling, B.
EliminadoSauvignon Blanc, B.
EliminadoSyrah, T.
EliminadoTempranillo, Cencibel, T.
EliminadoTempranillo blanco, B.
EliminadoVerdejo, B.
EliminadoVidadillo, T.
EliminadoViognier, B.
EliminadoXarello, B.
Eliminado3. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
EliminadoVariedades autorizadas:
EliminadoAlbarín Blanco, B.
EliminadoAlbariño, B.
EliminadoAlbillo Mayor, B.
EliminadoBruñal, Albarín Tinto, T.
EliminadoCarrasquín, T.
EliminadoChardonnay, B.
EliminadoGarnacha Tinta, T.
EliminadoGarnacha Tintorera, T.
EliminadoGewürztraminer, B.
EliminadoGodello, B.
EliminadoGraciano, T.
EliminadoMencía, T.
EliminadoMerlot, T.
EliminadoMoscatel de Grano Menudo, B.
EliminadoPalomino, B.
EliminadoPicapoll Blanco, Extra, B.
EliminadoPinot Noir, T.
EliminadoRiesling, B.
EliminadoSauvignon, B.
EliminadoSyrah, T.
EliminadoTreixadura, B.
EliminadoVerdejo Negro, T.
Eliminado4. Comunidad Autónoma de Islas Baleares
EliminadoVariedades autorizadas:
EliminadoCabernet Sauvignon, T.
EliminadoCallet, T.
EliminadoChardonnay, B.
EliminadoEscursac, T.
EliminadoFogoneu, T.
EliminadoGarnacha Blanca, B.
EliminadoGarnacha Tinta, T.
EliminadoGiró Ros, B.
EliminadoGorgollassa, T.
EliminadoMacabeo, Viura, B.
EliminadoMalvasía Aromática, Malvasía de Banyalbufar, B.
EliminadoManto Negro, T.
EliminadoMerlot, T.
EliminadoMoll, Pensal Blanca, Prensal, B.
EliminadoMonastrell, T.
EliminadoMoscatel de Alejandría, B.
EliminadoMoscatel de Grano Menudo, B.
EliminadoParellada, B.
EliminadoPetit Verdot, T
EliminadoPinot Noir, T.
EliminadoRiesling, B.
EliminadoSauvignon Blanc, B.
EliminadoSyrah, T.
EliminadoTempranillo, T.
EliminadoViognier, B.
Eliminado5. Comunidad Autónoma de Canarias
EliminadoProvincias: Las Palmas, Santa Cruz de Tenerife:
EliminadoVariedades autorizadas:
EliminadoAlbillo Criollo, B.
EliminadoBastardo Blanco, Baboso Blanco, B.
EliminadoBastardo Negro, Baboso Negro, T.
EliminadoBermejuela, Marmajuelo, B.
EliminadoBreval, B.
EliminadoBurrablanca, B.
EliminadoCabernet Sauvignon, T.
EliminadoCastellana Negra, T.
EliminadoDoradilla, B.
EliminadoForastera Blanca, B.
EliminadoGual, B.
EliminadoListán Blanco de Canarias, B.
EliminadoListán Negro, Almuñeco, T.
EliminadoListán Prieto, T.
EliminadoMalvasía Aromática, B.
EliminadoMalvasía Rosada, T.
EliminadoMalvasía Volcánica, B.
EliminadoMerlot, T.
EliminadoMoscatel de Alejandría, B.
EliminadoMoscatel Negro, T.
EliminadoNegramoll, T.
EliminadoPedro Ximénez, B.
EliminadoPinot Noir, T.
EliminadoRuby Cabernet, T.
EliminadoSabro, B.
EliminadoSyrah, T.
EliminadoTempranillo, T.
EliminadoTintilla, T.
EliminadoTorrontés, B.
EliminadoVerdello, B.
EliminadoVijariego Blanco, Diego, B.
EliminadoVijariego Negro, T.
Eliminado6. Comunidad Autónoma de Cantabria
EliminadoVariedades autorizadas:
EliminadoAlbarín Blanco, B.
EliminadoAlbariño, B.
EliminadoCabernet Sauvignon, T.
EliminadoCarrasquín, T.
EliminadoChardonnay, B.
EliminadoGarnacha Tinta, T.
EliminadoGewürztraminer, B.
EliminadoGodello, B.
EliminadoGraciano, T.
EliminadoHondarrabiBeltza, OndarrabiBeltza, T.
EliminadoHondarrabiZuri, OndarrabiZuri, B.
EliminadoMencía, T.
EliminadoMerlot, T.
EliminadoPalomino, B.
EliminadoRiesling, B.
EliminadoSyrah, T.
EliminadoTempranillo, Tinta de Toro, T.
EliminadoTreixadura, B.
Eliminado7. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
EliminadoProvincias: Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara, Toledo:
EliminadoVariedades autorizadas:
EliminadoAirén, B.
EliminadoAlarije, B.
EliminadoAlbariño, B.
EliminadoAlbillo Dorado, B.
EliminadoAlbillo Real, B.
EliminadoBobal, T.
EliminadoCabernet Franc, T.
EliminadoCabernet Sauvignon, T.
EliminadoColombard, B.
EliminadoColoraillo, T.
EliminadoChardonnay, B.
EliminadoForcallat Tinta, T.
EliminadoGarnacha Blanca, B.
EliminadoGarnacha Peluda, T.
EliminadoGarnacha Tinta, T.
EliminadoGarnacha Tintorera, T.
EliminadoGewürztraminer, B.
EliminadoGraciano, T.
EliminadoMacabeo, Viura, B.
EliminadoMalbec, T.
EliminadoMalvar, B.
EliminadoMalvasía Aromática, B.
EliminadoMazuela, Cariñena, T.
EliminadoMencía, T.
EliminadoMerlot, T.
EliminadoMerseguera, B.
EliminadoMonastrell, T.
EliminadoMontúa, Chelva, B.
EliminadoMoravia Agria, T.
EliminadoMoravia Dulce, Crujidera, T.
EliminadoMoribel, T.
EliminadoMoscatel de Alejandría, B.
EliminadoMoscatel de Grano Menudo, B.
EliminadoPalomino, B.
EliminadoPardillo, Marisancho, B.
EliminadoPardina, Jaén Blanco, B.
EliminadoParellada, B.
EliminadoPedro Ximénez, B.
EliminadoPetit Verdot, T.
EliminadoPinotNoir, T.
EliminadoPlanta Nova, Tardana, B.
EliminadoPrieto Picudo, T.
EliminadoRiesling, B.
EliminadoRojal Tinta, T.
EliminadoSauvignon Blanc, B.
EliminadoSyrah, T.
EliminadoTempranillo, Cencibel, T.
EliminadoTinto de la Pámpana Blanca, T.
EliminadoTinto Velasco, Frasco, T.
EliminadoTorrontés, B.
EliminadoVerdejo, B.
EliminadoVerdoncho, B.
EliminadoViognier, B.
Eliminado8. Comunidad Autónoma de Castilla y León
EliminadoProvincias: Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid, Zamora:
EliminadoVariedades autorizadas:
EliminadoAlarije, Rojal, Malvasía Riojana, B.
EliminadoAlbarín Blanco, B.
EliminadoAlbariño, B.
EliminadoAlbillo Mayor, B.
EliminadoAlbillo Real, B.
EliminadoBruñal, Albarín Tinto, T.
EliminadoCabernet Sauvignon, T.
EliminadoChardonnay, B.
EliminadoDoña Blanca, Malvasía Castellana, B.
EliminadoEstaladiña, T.
EliminadoGajo Arroba, T.
EliminadoGarnacha Blanca, B.
EliminadoGarnacha Roja, Garnacha Gris, T.
EliminadoGarnacha Tinta, T.
EliminadoGarnacha Tintorera, T.
EliminadoGarro, Mandon, T.
EliminadoGewürztraminer, B.
EliminadoGodello, B.
EliminadoGraciano, T.
EliminadoHondarrabiBeltza, T.
EliminadoHondarrabiZuri, B.
EliminadoJuan García, Mouratón, T.
EliminadoMacabeo, Viura, B.
EliminadoMalbec, T.
EliminadoMaturana Blanca, B.
EliminadoMaturana Tinta, T.
EliminadoMencía, T.
EliminadoMerenzao, T.
EliminadoMerlot, T.
EliminadoMontúa, Chelva, B.
EliminadoMoscatel de Alejandría, B.
EliminadoMoscatel de Grano Menudo, B.
EliminadoPalomino, B.
EliminadoPetit Verdot, T.
EliminadoPinot Noir, T.
EliminadoPrieto Picudo, T.
EliminadoRiesling, B.
EliminadoRufete, T.
EliminadoSauvignon Blanc, B.
EliminadoSyrah, T.
EliminadoTempranillo Blanco, B.
EliminadoTempranillo, Tinto Fino, Tinta del País, Tinta de Toro, T.
EliminadoTinto Jeromo, T.
EliminadoTreixadura, B.
EliminadoVerdejo, B.
EliminadoViognier, B.
Eliminado9. Comunidad Autónoma de Cataluña
EliminadoProvincias: Barcelona, Girona, Lleida, Tarragona:
EliminadoVariedades autorizadas:
EliminadoAgudelo, CheninBlanc, B.
EliminadoAirén, B.
EliminadoAlarije, Subirat Parent, B.
EliminadoAlbariño, B.
EliminadoAlcañon, B.
EliminadoBobal, T.
EliminadoCabernet Franc, T.
EliminadoCabernet Sauvignon, T.
EliminadoCarignan Blanc, B.
EliminadoChardonnay, B.
EliminadoCoromina, B.
EliminadoForcada, B.
EliminadoGarnacha Blanca, Lladoner Blanco, B.
EliminadoGarnacha Peluda, T.
EliminadoGarnacha Roja, Garnacha Gris, T.
EliminadoGarnacha Tinta, Lladoner, T.
EliminadoGarnacha Tintorera, T.
EliminadoGarro, Mando, T.
EliminadoGewürztraminer, B.
EliminadoGiró Ros, B.
EliminadoGodello, B.
EliminadoGonfaus, T.
EliminadoGraciano, T.
EliminadoMacabeo, Viura, B.
EliminadoMalbec, T.
EliminadoMalvasía Aromática, Malvasía de Sitges, B.
EliminadoMarselán, T.
EliminadoMazuela, Cariñena, Samsó, T.
EliminadoMerlot, T.
EliminadoMerseguera, Sumoll Blanco, B.
EliminadoMonastrell, T.
EliminadoMoneu, T.
EliminadoMorenillo, T.
EliminadoMoscatel de Alejandría, B.
EliminadoMoscatel de Grano Menudo, B.
EliminadoParellada, Montonec, Montonega, B.
EliminadoPedro Ximénez, B.
EliminadoPetit Verdot, T.
EliminadoPicapoll Blanco, B.
EliminadoPicapoll Negro, T.
EliminadoPinot Noir, T.
EliminadoQuerol, T.
EliminadoRiesling, B.
EliminadoSauvignon Blanc, B.
EliminadoSolana, T.
EliminadoSumoll Tinto, T.
EliminadoSyrah, T.
EliminadoTempranillo, Ull de Llebre, T.
EliminadoTrepat, T.
EliminadoVerdejo, B.
EliminadoVermentino, B.
EliminadoVidadillo, T.
EliminadoVinyater, B.
EliminadoViognier, B.
EliminadoXarello, Cartoixa, Pansal, Pansa Blanca, B.
EliminadoXarello rosado, T.
Eliminado10. Comunidad Autónoma de Extremadura
EliminadoProvincias: Badajoz, Cáceres:
EliminadoVariedades autorizadas:
EliminadoAlarije, Subiratparent, B.
EliminadoAlbillo Mayor, B.
EliminadoAlbillo Real, B.
EliminadoAntáo Vaz, B.
EliminadoArinto, B.
EliminadoBastardo Blanco, B.
EliminadoBastardo Blanco, B.
EliminadoBeba, Eva, B.
EliminadoBobal, T.
EliminadoBorba, B.
EliminadoBruñal, Albarín Tinto, Baboso Tinto, T.
EliminadoCabernet Sauvignon, T.
EliminadoCasteláo, T.
EliminadoCayetana Blanca, B.
EliminadoChardonnay, B.
EliminadoColombard, B.
EliminadoDoña Blanca, Cigüente, B.
EliminadoFernáo Pires, B.Garnacha Tinta, T.
EliminadoGarnacha Tintorera, T.
EliminadoGewürztraminer, B.
EliminadoGraciano, T.
EliminadoGran Negro, T.
EliminadoJaén Tinto, T.
EliminadoMacabeo, Viura, B.
EliminadoMalbec, T.
EliminadoMalvar, B.
EliminadoMazuela, T.
EliminadoMerlot, T.
EliminadoMonastrell, T.
EliminadoMontúa, Chelva, B.
EliminadoMorisca, T.
EliminadoMoscatel de Alejandría, B.
EliminadoMoscatel de Grano Menudo, B.
EliminadoPardina, Jaén Blanco, B.
EliminadoParellada, B.
EliminadoPedro Ximénez, B.
EliminadoPerruno, B.
EliminadoPetit Verdot, T.
EliminadoPinot Noir, T.
EliminadoRiesling, B.
EliminadoSauvignon Blanc, B.
EliminadoSyrah, T.
EliminadoTempranillo, Cencibel, Tinto Fino, T.
EliminadoTinto de la Pámpana Blanca, T.
EliminadoTorrontés, B.
EliminadoTouriga Nacional, T.
EliminadoTrincadera, T.
EliminadoVerdejo, B.
EliminadoViognier, B.
EliminadoXarello, B.
Eliminado11. Comunidad Autónoma de Galicia
EliminadoProvincias: A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra:
EliminadoVariedades autorizadas:
EliminadoAgudelo, CheninBlanc, B.
EliminadoAlbarín Blanco, Branco Lexítimo, B.
EliminadoAlbariño, B.
EliminadoAlbillo Real, B.
EliminadoBlanca de Monterrei, B.
EliminadoBrancellao, T.
EliminadoCaíño Blanco, B.
EliminadoCaíño Bravo, T.
EliminadoCaíño Longo, T.
EliminadoCaíño Tinto, T.
EliminadoCastañal, T.
EliminadoDoña Blanca, Dona Branca, B.
EliminadoEspadeiro, Torneiro, T.
EliminadoFerrón, T.
EliminadoGarnacha Tintorera, T.
EliminadoGodello, B.
EliminadoGran Negro, T.
EliminadoJuan García, Mouratón, T.
EliminadoLado, B.
EliminadoLoureira, Loureiro Blanco, Marqués, B.
EliminadoLoureiro Tinto, T.
EliminadoMacabeo, Viura, B.
EliminadoMencía, T.
EliminadoMerenzao, María Ordoña, T.
EliminadoPalomino, B.
EliminadoPedral, Dozal, T.
EliminadoSousón, T.
EliminadoTempranillo, T.
EliminadoTorrontés, B.
EliminadoTreixadura, B.
Eliminado12. Comunidad Autónoma de Madrid
EliminadoVariedades autorizadas:
EliminadoAirén, B.
EliminadoAlbillo Real, B.
EliminadoCabernet Sauvignon, T.
EliminadoGarnacha Tinta, T.
EliminadoGarnacha Tintorera, Negral, T.
EliminadoGraciano, T.
EliminadoMacabeo, Viura, B.
EliminadoMalvar, B.
EliminadoMerlot, T.
EliminadoMonastrell, T.
EliminadoMoscatel de Grano Menudo, B.
EliminadoPardina, Jaén Blanco, B.
EliminadoParellada, B.
EliminadoPetit Verdot, T.
EliminadoSauvignon Blanc, B.
EliminadoSyrah, T.
EliminadoTempranillo, Cencibel, Tinto Fino, T.
EliminadoTorrontés, B.
Eliminado13. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
EliminadoVariedades autorizadas:
EliminadoAirén, B.
EliminadoBonicaire, T.
EliminadoCabernet Franc, T.
EliminadoCabernet Sauvignon, T.
EliminadoChardonnay, B.
EliminadoForcallat Blanca, B.
EliminadoForcallat Tinta, T.
EliminadoGarnacha Tinta, T.
EliminadoGarnacha Tintorera, T.
EliminadoGewürztraminer, B.
EliminadoGraciano, T.
EliminadoMacabeo, Viura, B.
EliminadoMalvasía Aromática, Malvasía de Sitges, B.
EliminadoMencía, T.
EliminadoMerlot, T.
EliminadoMerseguera, B.
EliminadoMonastrell, T.
EliminadoMoravia Dulce, Crujidera, T.
EliminadoMoscatel de Alejandría, B.
EliminadoMoscatel de Grano Menudo, B.
EliminadoPedro Ximénez, B.
EliminadoPetit Verdot, T.
EliminadoPinot Noir, T.
EliminadoRiesling, B.
EliminadoRojal Tinta, T.
EliminadoSauvignon Blanc, B.
EliminadoSyrah, T.
EliminadoTempranillo, Cencibel, T.
EliminadoVerdejo, B.
EliminadoVerdil, B.
EliminadoViognier, B.
Eliminado14. Comunidad Foral de Navarra
EliminadoVariedades autorizadas:
EliminadoAlarije, Malvasía Riojana, B.
EliminadoAlbariño, B.
EliminadoAlbillo Mayor, Turruntés, B.
EliminadoBobal, T.
EliminadoCabernet Franc, T.
EliminadoCabernet Sauvignon, T.
EliminadoChardonnay, B.
EliminadoGarnacha Blanca, B.
EliminadoGarnacha Roja, Garnacha Gris, T.
EliminadoGarnacha Tinta, T.
EliminadoGewürztraminer, B.
EliminadoGraciano, T.
EliminadoGros Manseng, B.
EliminadoHondarrabiZuri, B.
EliminadoMacabeo, Viura, B.
EliminadoMalbec, T.
EliminadoMaturana Blanca, B.
EliminadoMaturana Tinta, T.
EliminadoMazuela, Mazuelo, T.
EliminadoMerlot, T.
EliminadoMonastrell, T.
EliminadoMoscatel de Grano Menudo, B.
EliminadoParellada, B.
EliminadoPetit Courbu, B.
EliminadoPetit Manseng, B.
EliminadoPetit Verdot, T.
EliminadoPinot Noir, T.
EliminadoRiesling, B.
EliminadoSauvignon Blanc, B.
EliminadoSyrah, T.
EliminadoTempranillo Blanco, B.
EliminadoTempranillo, T.
EliminadoVerdejo, B.
EliminadoViognier, B.
EliminadoXarello, B.
Eliminado15. Comunidad Autónoma del País Vasco
EliminadoProvincias: Álava, Guipúzkoa, Bizkaia:
EliminadoVariedades autorizadas:
EliminadoAlarije, Malvasía Riojana, B.
EliminadoAlbilloMayor, Turruntés, B.
EliminadoCabernet Sauvignon, T.
EliminadoChardonnay, B.
EliminadoFolle Blanche, B.
EliminadoGarnacha Blanca, B.
EliminadoGarnacha Tinta, T.
EliminadoGraciano, T.
EliminadoGros Manseng, B.
EliminadoHondarrabiBeltza, OndarrabiBeltza, T.
EliminadoHondarrabiZuri, OndarrabiZuri, B.
EliminadoMacabeo, Viura, B.
EliminadoMaturana Blanca, B.
EliminadoMaturana Tinta, T.
EliminadoMazuela, Mazuelo, T.
EliminadoMonastrell, T.
EliminadoMoscatel de Alejandría, B.
EliminadoMoscatel de Grano Menudo, B.
EliminadoParellada, B.
EliminadoPetit Courbu, B.
EliminadoPetit Manseng, B.
EliminadoPinot Noir, T.
EliminadoRiesling, B.
EliminadoSauvignon Blanc, B.
EliminadoTempranillo Blanco, B.
EliminadoTempranillo, T.
EliminadoVerdejo, B.
EliminadoXarello, B.
Eliminado16. Comunidad Autónoma de La Rioja
EliminadoVariedades autorizadas:
EliminadoAlarije, Malvasía Riojana, B.
EliminadoAlbariño, B.
EliminadoAlbillo Mayor, Turruntés, B.
EliminadoChardonnay, B.
EliminadoGarnacha Blanca, B.
EliminadoGarnacha Tinta, T.
EliminadoGewürztraminer, B.
EliminadoGraciano, T.
EliminadoHondarrabiZuri, B.
EliminadoMacabeo, Viura, B.
EliminadoMaturana Blanca, B.
EliminadoMaturana Tinta, T.
EliminadoMazuela, Mazuelo, T.
EliminadoMonastrell, T.
EliminadoMoscatel de Alejandría, B.
EliminadoMoscatel de Grano Menudo, B.
EliminadoParellada, B.
EliminadoPinot Noir, T.
EliminadoRiesling, B.
EliminadoSauvignon Blanc, B.
EliminadoTempranillo Blanco, B.
EliminadoTempranillo, T.
EliminadoVerdejo, B.
EliminadoViognier, B.
EliminadoXarello, B.
Eliminado17. Comunidad Valenciana
EliminadoProvincias: Alicante, Castellón, Valencia:
EliminadoVariedades autorizadas:
EliminadoAirén, B.
EliminadoAlarije, Malvasía Riojana, Subirat Parent, B.
EliminadoAlbariño, B.
EliminadoBobal, T.
EliminadoBonicaire, Embolicaire, T.
EliminadoCabernet Franc, T.
EliminadoCabernet Sauvignon, T.
EliminadoChardonnay, B.
EliminadoForcallat Blanca, B.
EliminadoForcallat Tinta, T.
EliminadoGarnacha Blanca, B.
EliminadoGarnacha Tinta, Gironet, T.
EliminadoGarnacha Tintorera, T.
EliminadoGarro, Mando, T.
EliminadoGewürztraminer, B.
EliminadoGraciano, T.
EliminadoMacabeo, Viura, B.
EliminadoMalbec, T.
EliminadoMarselan, T.
EliminadoMazuela, T.
EliminadoMencía, T.
EliminadoMerlot, T.
EliminadoMerseguera, Exquitsagos, Verdosilla, B.
EliminadoMiguel del Arco, T.
EliminadoMonastrell, T.
EliminadoMoscatel de Alejandría, B.
EliminadoMoscatel de Grano Menudo, B.
EliminadoParellada, B.
EliminadoPedro Ximénez, B.
EliminadoPetit Verdot, T.
EliminadoPinot Noir, T.
EliminadoPlanta Fina de Pedralba, B.
EliminadoPlanta Nova, Tardana, B.
EliminadoPrieto Picudo, T.
EliminadoRiesling, B.
EliminadoSauvignon Blanc, B.
EliminadoSemillon, B.
EliminadoSyrah, T.
EliminadoTempranillo, Cencibel, Tinto Fino, T.
EliminadoTinto de la Pámpana Blanca, T.
EliminadoTortosí, B.
EliminadoTrepat, T.
EliminadoVerdejo, B.
EliminadoVerdil, B.
EliminadoViognier, B.
EliminadoXarello, B.
EliminadoVariedades de portainjertos
EliminadoTodas las Comunidades Autónomas
Antes| Variedades recomendadas | Sinónimos | | --- | --- | | 1Blanchard = Berlandieri x Colombard | BCI | | 196-17Castel=1203 Couderc (Mourviedro x Rupestris Martin) x Riparia Gloria | 196-17 CL | | 6736 Castel = Riparia x Rupestris de Lot | 6 736 CL | | 161-49 Couderc = Riparia x Berlandieri | 161-49 C | | 1616 Couderc = Solonis x Riparia | 1616 C | | 3 309 Couderc = Riparia Tomentosa x Rupestris Martín | 3 309 C | | 333 Escuela Montpellier = Cabernet Sauvignon x Berlandieri | 333 EM | | 13-5 E.V.E. Jerez = Descendencia de Berlandieri Resseguier n.º 2 | 13-5 EVEX | | Fercal | | | 5 A Martínez Zaporta = Autofecundación de 41-B | 5A MZ | | 41 B Millardet-Grasset = Chasselas x Berlandieri | 41B M | | 420 Millardet-Grasset = Berlandieri Grasset x Riparia | 420A M | | 19-62 Millardet-Grasset = Malbec x Berlandieri | 19-62 M | | 101-14 Millardet-Grasset, (6) | 101-14M | | 1 103 Paulsen = Berlandieri Resseguier n.º 2 x Rupestris de Lot | 1 103 P | | 31 Richter = Berlandieri Resseguier n.º 2 x Novo Mexicana | 31 R | | 99 Richter = Berlandieri Las Sorres x Rupestres de Lot | 99 R | | 110 Richter = Berlandieri Resseguier n.º 2 x Rupestres Martín | 110 R | | 140 Ruggeri = Berlandieri Resseguier n.º 2 x Rupestris de Lot | 140 Ru | | 5 BB Teleki-Kober = Berlandieri x Riparia | 5 BB T | | Selección Oppenheim del Teleki n.º 4 = Berlandieri x Riparia | SO4 | | Rupestris du Lot | R de Lot |
AhoraANEXO XXI
Párrafo añadido
Clasificación de las variedades de vid
Párrafo añadido
1. Comunidad Autónoma de Andalucía
Párrafo añadido
Provincias: Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga, Sevilla:
Párrafo añadido
Variedades autorizadas:
Párrafo añadido
Airén, B.
Párrafo añadido
Albariño, B.
Párrafo añadido
Albillo Real, B.
Párrafo añadido
Bobal, T.
Párrafo añadido
BlauerLimberger, Blaufränkisch, T.
Párrafo añadido
Cabernet Franc, T.
Párrafo añadido
Cabernet Sauvignon, T.
Párrafo añadido
Colombard, B.
Párrafo añadido
Chardonnay, B.
Párrafo añadido
Doradilla, B.
Párrafo añadido
Garnacha Blanca, B.
Párrafo añadido
Garnacha Tinta, T.
Párrafo añadido
Garrido Fino, B.
Párrafo añadido
Gewürztraminer, B.
Párrafo añadido
Graciano, T.
Párrafo añadido
Jaén Tinto, T.
Párrafo añadido
Lairen, B.
Párrafo añadido
Listán del Condado, B.
Párrafo añadido
Macabeo, Viura, B.
Párrafo añadido
Malbec, T.
Párrafo añadido
Malvasía Aromática, B.
Párrafo añadido
Marselán, T.
Párrafo añadido
Mencía, T.
Párrafo añadido
Merlot, T.
Párrafo añadido
Molinera, T.
Párrafo añadido
Mollar Cano, T.
Párrafo añadido
Monastrell, T.
Párrafo añadido
Montúa, Chelva, B.
Párrafo añadido
Moscatel de Alejandría, Moscatel de Málaga, B.
Párrafo añadido
Moscatel de Grano Menudo, Moscatel Morisco, B.
Párrafo añadido
Moscatel Negro, T.
Párrafo añadido
Palomino Fino, Listán Blanco, B.
Párrafo añadido
Palomino, B.
Párrafo añadido
Pardina, Baladí, Baladí Verdejo, Calagraño, Jaén Blanco, B.
Párrafo añadido
Pedro Ximénez, B.
Párrafo añadido
Perruno, B.
Párrafo añadido
Petit Verdot, T.
Párrafo añadido
Pinot Noir, T.
Párrafo añadido
Prieto Picudo, T.
Párrafo añadido
Riesling, B.
Párrafo añadido
Rome, B.
Párrafo añadido
Sauvignon Blanc, B.
Párrafo añadido
Syrah, T.
Párrafo añadido
Tempranillo, T.
Párrafo añadido
Tintilla de Rota, T.
Párrafo añadido
Tinto Velasco, Frasco, Blasco, T.
Párrafo añadido
Torrontés, B.
Párrafo añadido
Verdejo, B.
Párrafo añadido
Vermentino, B.
Párrafo añadido
Vijariego Blanco, Bigiriego, B.
Párrafo añadido
Viognier, B.
Párrafo añadido
Zalema, B.
Párrafo añadido
2. Comunidad Autónoma de Aragón
Párrafo añadido
Provincias: Huesca, Teruel, Zaragoza:
Párrafo añadido
Variedades autorizadas:
Párrafo añadido
Agudelo, CheninBlanc, B.
Párrafo añadido
Alarije, Malvasía Riojana, Rojal, B.
Párrafo añadido
Alcañón, B.
Párrafo añadido
Bobal, T.
Párrafo añadido
Cabernet Franc, T.
Párrafo añadido
Cabernet Sauvignon, T.
Párrafo añadido
Caladoc, T.
Párrafo añadido
Chardonnay, B.
Párrafo añadido
Derechero, T.
Párrafo añadido
Garnacha Blanca, B.
Párrafo añadido
Garnacha Peluda, T.
Párrafo añadido
Garnacha Roja, Garnacha Gris, T.
Párrafo añadido
Garnacha Tinta, T.
Párrafo añadido
Garnacha Tintorera, T.
Párrafo añadido
Gewürztraminer, B.
Párrafo añadido
Graciano, T.
Párrafo añadido
Macabeo, Viura, B.
Párrafo añadido
Marselan, T.
Párrafo añadido
Mazuela, Cariñena, T.
Párrafo añadido
Merlot, T.
Párrafo añadido
Merseguera, B.
Párrafo añadido
Miguel del Arco, T.
Párrafo añadido
Monastrell, T.
Párrafo añadido
Moristel, Juan Ibáñez, Concejón, T.
Párrafo añadido
Moscatel de Alejandría, B.
Párrafo añadido
Moscatel de Grano Menudo, B.
Párrafo añadido
Pardina, Robal, B.
Párrafo añadido
Parellada, B.
Párrafo añadido
Parraleta, T.
Párrafo añadido
Pinot Noir, T.
Párrafo añadido
Riesling, B.
Párrafo añadido
Sauvignon Blanc, B.
Párrafo añadido
Syrah, T.
Párrafo añadido
Tempranillo, Cencibel, T.
Párrafo añadido
Tempranillo blanco, B.
Párrafo añadido
Verdejo, B.
Párrafo añadido
Vidadillo, T.
Párrafo añadido
Viognier, B.
Párrafo añadido
Xarello, B.
Párrafo añadido
3. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Párrafo añadido
Variedades autorizadas:
Párrafo añadido
Albarín Blanco, B.
Párrafo añadido
Albariño, B.
Párrafo añadido
Albillo Mayor, B.
Párrafo añadido
Bruñal, Albarín Tinto, T.
Párrafo añadido
Carrasquín, T.
Párrafo añadido
Chardonnay, B.
Párrafo añadido
Garnacha Tinta, T.
Párrafo añadido
Garnacha Tintorera, T.
Párrafo añadido
Gewürztraminer, B.
Párrafo añadido
Godello, B.
Párrafo añadido
Graciano, T.
Párrafo añadido
Mencía, T.
Párrafo añadido
Merlot, T.
Párrafo añadido
Moscatel de Grano Menudo, B.
Párrafo añadido
Palomino, B.
Párrafo añadido
Picapoll Blanco, Extra, B.
Párrafo añadido
Pinot Noir, T.
Párrafo añadido
Riesling, B.
Párrafo añadido
Sauvignon Blanc, B.
Párrafo añadido
Syrah, T.
Párrafo añadido
Treixadura, B.
Párrafo añadido
Verdejo Negro, T.
Párrafo añadido
4. Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Párrafo añadido
Variedades autorizadas:
Párrafo añadido
Cabernet Sauvignon, T.
Párrafo añadido
Callet, T.
Párrafo añadido
Chardonnay, B.
Párrafo añadido
Escursac, T.
Párrafo añadido
Fogoneu, T.
Párrafo añadido
Garnacha Blanca, B.
Párrafo añadido
Garnacha Tinta, T.
Párrafo añadido
Giró Ros, B.
Párrafo añadido
Gorgollassa, T.
Párrafo añadido
Macabeo, Viura, B.
Párrafo añadido
Malvasía Aromática, Malvasía de Banyalbufar, B.
Párrafo añadido
Manto Negro, T.
Párrafo añadido
Merlot, T.
Párrafo añadido
Moll, Pensal Blanca, Prensal, B.
Párrafo añadido
Monastrell, T.
Párrafo añadido
Moscatel de Alejandría, B.
Párrafo añadido
Moscatel de Grano Menudo, B.
Párrafo añadido
Parellada, B.
Párrafo añadido
Petit Verdot, T
Párrafo añadido
Pinot Noir, T.
Párrafo añadido
Riesling, B.
Párrafo añadido
Sauvignon Blanc, B.
Párrafo añadido
Syrah, T.
Párrafo añadido
Tempranillo, T.
Párrafo añadido
Viognier, B.
Párrafo añadido
5. Comunidad Autónoma de Canarias
Párrafo añadido
Provincias: Las Palmas, Santa Cruz de Tenerife:
Párrafo añadido
Variedades autorizadas:
Párrafo añadido
Albillo Criollo, B.
Párrafo añadido
Bastardo Blanco, Baboso Blanco, B.
Párrafo añadido
Bastardo Negro, Baboso Negro, T.
Párrafo añadido
Bermejuela, Marmajuelo, B.
Párrafo añadido
Breval, B.
Párrafo añadido
Burrablanca, B.
Párrafo añadido
Cabernet Sauvignon, T.
Párrafo añadido
Castellana Negra, T.
Párrafo añadido
Doradilla, B.
Párrafo añadido
Forastera Blanca, B.
Párrafo añadido
Gual, B.
Párrafo añadido
Listán Blanco de Canarias, B.
Párrafo añadido
Listán Negro, Almuñeco, T.
Párrafo añadido
Listán Prieto, T.
Párrafo añadido
Malvasía Aromática, B.
Párrafo añadido
Malvasía Rosada, T.
Párrafo añadido
Malvasía Volcánica, B.
Párrafo añadido
Merlot, T.
Párrafo añadido
Moscatel de Alejandría, B.
Párrafo añadido
Moscatel Negro, T.
Párrafo añadido
Negramoll, T.
Párrafo añadido
Pedro Ximénez, B.
Párrafo añadido
Pinot Noir, T.
Párrafo añadido
Ruby Cabernet, T.
Párrafo añadido
Sabro, B.
Párrafo añadido
Syrah, T.
Párrafo añadido
Tempranillo, T.
Párrafo añadido
Tintilla, T.
Párrafo añadido
Torrontés, B.
Párrafo añadido
Verdello, B.
Párrafo añadido
Vijariego Blanco, Diego, B.
Párrafo añadido
Vijariego Negro, T.
Párrafo añadido
6. Comunidad Autónoma de Cantabria
Párrafo añadido
Variedades autorizadas:
Párrafo añadido
Albarín Blanco, B.
Párrafo añadido
Albariño, B.
Párrafo añadido
Cabernet Sauvignon, T.
Párrafo añadido
Carrasquín, T.
Párrafo añadido
Chardonnay, B.
Párrafo añadido
Garnacha Tinta, T.
Párrafo añadido
Gewürztraminer, B.
Párrafo añadido
Godello, B.
Párrafo añadido
Graciano, T.
Párrafo añadido
Hondarrabi Beltza, Ondarrabi Beltza, T.
Párrafo añadido
Hondarrabi Zuri, Ondarrabi Zuri, B.
Párrafo añadido
Mencía, T.
Párrafo añadido
Merlot, T.
Párrafo añadido
Palomino, B.
Párrafo añadido
Riesling, B.
Párrafo añadido
Syrah, T.
Párrafo añadido
Tempranillo, Tinta de Toro, T.
Párrafo añadido
Treixadura, B.
Párrafo añadido
7. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Párrafo añadido
Provincias: Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara, Toledo:
Párrafo añadido
Variedades autorizadas:
Párrafo añadido
Airén, B.
Párrafo añadido
Alarije, B.
Párrafo añadido
Albarín Blanco, B.
Párrafo añadido
Albariño, B.
Párrafo añadido
Albillo Dorado, B.
Párrafo añadido
Albillo Real, B.
Párrafo añadido
Bobal, T.
Párrafo añadido
Cabernet Franc, T.
Párrafo añadido
Cabernet Sauvignon, T.
Párrafo añadido
Colombard, B.
Párrafo añadido
Coloraillo, T.
Párrafo añadido
Chardonnay, B.
Párrafo añadido
Forcallat Tinta, T.
Párrafo añadido
Garnacha Blanca, B.
Párrafo añadido
Garnacha Peluda, T.
Párrafo añadido
Garnacha Tinta, T.
Párrafo añadido
Garnacha Tintorera, T.
Párrafo añadido
Gewürztraminer, B.
Párrafo añadido
Graciano, T.
Párrafo añadido
Macabeo, Viura, B.
Párrafo añadido
Malbec, T.
Párrafo añadido
Malvar, B.
Párrafo añadido
Malvasía Aromática, B.
Párrafo añadido
Marselan T.
Párrafo añadido
Mazuela, Cariñena, T.
Párrafo añadido
Mencía, T.
Párrafo añadido
Merlot, T.
Párrafo añadido
Merseguera, B.
Párrafo añadido
Monastrell, T.
Párrafo añadido
Montúa, Chelva, B.
Párrafo añadido
Moravia Agria, T.
Párrafo añadido
Moravia Dulce, Crujidera, T.
Párrafo añadido
Moribel, T.
Párrafo añadido
Moscatel de Alejandría, B.
Párrafo añadido
Moscatel de Grano Menudo, B.
Párrafo añadido
Palomino, B.
Párrafo añadido
Pardillo, Marisancho, B.
Párrafo añadido
Pardina, Jaén Blanco, B.
Párrafo añadido
Parellada, B.
Párrafo añadido
Pedro Ximénez, B.
Párrafo añadido
Petit Verdot, T.
Párrafo añadido
Pinot Noir, T.
Párrafo añadido
Planta Nova, Tardana, B.
Párrafo añadido
Prieto Picudo, T.
Párrafo añadido
Riesling, B.
Párrafo añadido
Rojal Tinta, T.
Párrafo añadido
Sauvignon Blanc, B.
Párrafo añadido
Syrah, T.
Párrafo añadido
Tempranillo, Cencibel, T.
Párrafo añadido
Tinto de la Pámpana Blanca, T.
Párrafo añadido
Tinto Velasco, Frasco, T.
Párrafo añadido
Torrontés, B.
Párrafo añadido
Touriga Nacional, T.
Párrafo añadido
Verdejo, B.
Párrafo añadido
Verdoncho, B.
Párrafo añadido
Viognier, B.
Párrafo añadido
8. Comunidad de Castilla y León
Párrafo añadido
Provincias: Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid, Zamora:
Párrafo añadido
Variedades autorizadas:
Párrafo añadido
Alarije, Rojal, B.
Párrafo añadido
Albarín Blanco, B.
Párrafo añadido
Albariño, B.
Párrafo añadido
Albillo Mayor, B.
Párrafo añadido
Albillo Real, B.
Párrafo añadido
Bruñal, Albarín Tinto, T.
Párrafo añadido
Cabernet Sauvignon, T.
Párrafo añadido
Chardonnay, B.
Párrafo añadido
Doña Blanca, Malvasía Castellana, B.
Párrafo añadido
Estaladiña, T.
Párrafo añadido
Gajo Arroba, T.
Párrafo añadido
Garnacha Blanca, B.
Párrafo añadido
Garnacha Roja, Garnacha Gris, T.
Párrafo añadido
Garnacha Tinta, T.
Párrafo añadido
Garnacha Tintorera, T. Garro, Mandon, T.
Párrafo añadido
Gewürztraminer, B.
Párrafo añadido
Godello, B.
Párrafo añadido
Graciano, T.
Párrafo añadido
Hondarrabi Beltza, T.
Párrafo añadido
Hondarrabi Zuri, B.
Párrafo añadido
Juan García, Mouratón, T.
Párrafo añadido
Macabeo, Viura, B.
Párrafo añadido
Malbec, T.
Párrafo añadido
Maturana Blanca, B.
Párrafo añadido
Maturana Tinta, T.
Párrafo añadido
Mencía, T.
Párrafo añadido
Merenzao, Bastardillo Chico, Negro Saurí T.
Párrafo añadido
Merlot, T.
Párrafo añadido
Montúa, Chelva, B.
Párrafo añadido
Moscatel de Alejandría, B.
Párrafo añadido
Moscatel de Grano Menudo, B.
Párrafo añadido
Palomino, B.
Párrafo añadido
Petit Verdot, T.
Párrafo añadido
Pinot Noir, T.
Párrafo añadido
Prieto Picudo, T.
Párrafo añadido
Rabigato, Puesta en Cruz, B.
Párrafo añadido
Riesling, B.
Párrafo añadido
Rufete, T.
Párrafo añadido
Sauvignon Blanc, B.
Párrafo añadido
Syrah, T.
Párrafo añadido
Tempranillo Blanco, B.
Párrafo añadido
Tempranillo, Tinto Fino, Tinta del País, Tinta de Toro, T.
Párrafo añadido
Tinto Jeromo, T.
Párrafo añadido
Touriga Nacional, T.
Párrafo añadido
Treixadura, B.
Párrafo añadido
Verdejo, B.
Párrafo añadido
Viognier, B.
Párrafo añadido
9. Comunidad Autónoma de Cataluña
Párrafo añadido
Provincias: Barcelona, Girona, Lleida, Tarragona:
Párrafo añadido
Variedades autorizadas:
Párrafo añadido
Agudelo, Chenin Blanc, B.
Párrafo añadido
Airén, B.
Párrafo añadido
Alarije, Subirat Parent, B.
Párrafo añadido
Albariño, B.
Párrafo añadido
Alcañon, B.
Párrafo añadido
Bobal, T.
Párrafo añadido
Cabernet Franc, T.
Párrafo añadido
Cabernet Sauvignon, T.
Párrafo añadido
Carignan Blanc, B.
Párrafo añadido
Chardonnay, B.
Párrafo añadido
Coromina, B.
Párrafo añadido
Forcada, B.
Párrafo añadido
Garnacha Blanca, Lladoner Blanco, B.
Párrafo añadido
Garnacha Peluda, T.
Párrafo añadido
Garnacha Roja, Garnacha Gris, T.
Párrafo añadido
Garnacha Tinta, Lladoner, T.
Párrafo añadido
Garnacha Tintorera, T.
Párrafo añadido
Garro, Mando, T.
Párrafo añadido
Gewürztraminer, B.
Párrafo añadido
Giró Ros, B.
Párrafo añadido
Godello, B.
Párrafo añadido
Gonfaus, T.
Párrafo añadido
Graciano, T.
Párrafo añadido
Macabeo, Viura, B.
Párrafo añadido
Malbec, T.
Párrafo añadido
Malvasía Aromática, Malvasía de Sitges, B.
Párrafo añadido
Marselán, T.
Párrafo añadido
Mazuela, Cariñena, Samsó, T.
Párrafo añadido
Merlot, T.
Párrafo añadido
Merseguera, Sumoll Blanco, B.
Párrafo añadido
Monastrell, T.
Párrafo añadido
Moneu, T.
Párrafo añadido
Morenillo, T.
Párrafo añadido
Moscatel de Alejandría, Moscatel de Málaga B.
Párrafo añadido
Moscatel de Grano Menudo, B.
Párrafo añadido
Parellada, Montonec, Montonega, B.
Párrafo añadido
Pedro Ximénez, B.
Párrafo añadido
Petit Verdot, T.
Párrafo añadido
Picapoll Blanco, B.
Párrafo añadido
Picapoll Negro, T.
Párrafo añadido
Pinot Noir, T.
Párrafo añadido
Querol, T.
Párrafo añadido
Riesling, B.
Párrafo añadido
Sauvignon Blanc, B.
Párrafo añadido
Solana, T.
Párrafo añadido
Sumoll Tinto, T.
Párrafo añadido
Syrah, T.
Párrafo añadido
Tempranillo, Ull de Llebre, T.
Párrafo añadido
Trepat, T.
Párrafo añadido
Verdejo, B.
Párrafo añadido
Vermentino, B.
Párrafo añadido
Vidadillo, T.
Párrafo añadido
Vinyater, B.
Párrafo añadido
Viognier, B.
Párrafo añadido
Xarello, Cartoixa, Pansal, Pansa Blanca, B.
Párrafo añadido
Xarello rosado, T.
Párrafo añadido
10. Comunidad Autónoma de Extremadura
Párrafo añadido
Provincias: Badajoz, Cáceres:
Párrafo añadido
Variedades autorizadas:
Párrafo añadido
Alarije, Subirat Parent, B.
Párrafo añadido
Albillo Mayor, B.
Párrafo añadido
Albillo Real, B.
Párrafo añadido
Antáo Vaz, B.
Párrafo añadido
Arinto, B.
Párrafo añadido
Bastardo Blanco, B.
Párrafo añadido
Beba, Eva, B.
Párrafo añadido
Bobal, T.
Párrafo añadido
Borba, B.
Párrafo añadido
Bruñal, Albarín Tinto, Baboso Tinto, T.
Párrafo añadido
Cabernet Sauvignon, T.
Párrafo añadido
Casteláo, T.
Párrafo añadido
Cayetana Blanca, B.
Párrafo añadido
Chardonnay, B.
Párrafo añadido
Colombard, B.
Párrafo añadido
Doña Blanca, Cigüente, B.
Párrafo añadido
Fernáo Pires, B.
Párrafo añadido
Garnacha Tinta, T.
Párrafo añadido
Garnacha Tintorera, T.
Párrafo añadido
Gewürztraminer, B.
Párrafo añadido
Graciano, T.
Párrafo añadido
Gran Negro, T.
Párrafo añadido
Jaén Tinto, T.
Párrafo añadido
Macabeo, Viura, B.
Párrafo añadido
Malbec, T.
Párrafo añadido
Malvar, B.
Párrafo añadido
Mazuela, T.
Párrafo añadido
Merlot, T.
Párrafo añadido
Monastrell, T.
Párrafo añadido
Montúa, Chelva, B.
Párrafo añadido
Morisca, T.
Párrafo añadido
Moscatel de Alejandría, B.
Párrafo añadido
Moscatel de Grano Menudo, B.
Párrafo añadido
Pardina, Jaén Blanco, B.
Párrafo añadido
Parellada, B.
Párrafo añadido
Pedro Ximénez, B.
Párrafo añadido
Perruno, B.
Párrafo añadido
Petit Verdot, T.
Párrafo añadido
Pinot Noir, T.
Párrafo añadido
Riesling, B.
Párrafo añadido
Sauvignon Blanc, B.
Párrafo añadido
Syrah, T.
Párrafo añadido
Tempranillo, Cencibel, Tinto Fino, T.
Párrafo añadido
Tinto de la Pámpana Blanca, T.
Párrafo añadido
Torrontés, B.
Párrafo añadido
Touriga Nacional, T.
Párrafo añadido
Trincadera, T.
Párrafo añadido
Verdejo, B.
Párrafo añadido
Viognier, B.
Párrafo añadido
Xarello, B.
Párrafo añadido
11. Comunidad Autónoma de Galicia
Párrafo añadido
Provincias: A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra:
Párrafo añadido
Variedades autorizadas:
Párrafo añadido
Agudelo, Chenin Blanc, B.
Párrafo añadido
Albarín Blanco, Branco Lexítimo, B.
Párrafo añadido
Albariño, B.
Párrafo añadido
Albillo Real, B.
Párrafo añadido
Blanca de Monterrei, B.
Párrafo añadido
Brancellao, T.
Párrafo añadido
Caíño Blanco, B.
Párrafo añadido
Caíño Bravo, T.
Párrafo añadido
Caíño Longo, T.
Párrafo añadido
Caíño Tinto, T.
Párrafo añadido
Castañal, T.
Párrafo añadido
Doña Blanca, Dona Branca, B.
Párrafo añadido
Espadeiro, Torneiro, T.
Párrafo añadido
Ferrón, T.
Párrafo añadido
Garnacha Tintorera, T.
Párrafo añadido
Godello, B.
Párrafo añadido
Gran Negro, T.
Párrafo añadido
Juan García, Mouratón, T.
Párrafo añadido
Lado, B.
Párrafo añadido
Loureira, Loureiro Blanco, Marqués, B.
Párrafo añadido
Loureiro Tinto, T.
Párrafo añadido
Macabeo, Viura, B.
Párrafo añadido
Mencía, T.
Párrafo añadido
Merenzao, María Ordoña, T.
Párrafo añadido
Palomino, B.
Párrafo añadido
Pedral, Dozal, T.
Párrafo añadido
Sousón, T.
Párrafo añadido
Tempranillo, T.
Párrafo añadido
Torrontés, B.
Párrafo añadido
Treixadura, B.
Párrafo añadido
12. Comunidad de Madrid
Párrafo añadido
Variedades autorizadas:
Párrafo añadido
Airén, B.
Párrafo añadido
Albillo Real, B.
Párrafo añadido
Cabernet Sauvignon, T.
Párrafo añadido
Garnacha Tinta, T.
Párrafo añadido
Garnacha Tintorera, Negral, T.
Párrafo añadido
Graciano, T.
Párrafo añadido
Macabeo, Viura, B.
Párrafo añadido
Malvar, B.
Párrafo añadido
Merlot, T.
Párrafo añadido
Monastrell, T.
Párrafo añadido
Moscatel de Grano Menudo, B.
Párrafo añadido
Pardina, Jaén Blanco, B.
Párrafo añadido
Parellada, B.
Párrafo añadido
Petit Verdot, T.
Párrafo añadido
Sauvignon Blanc, B.
Párrafo añadido
Syrah, T.
Párrafo añadido
Tempranillo, Cencibel, Tinto Fino, T.
Párrafo añadido
Torrontés, B.
Párrafo añadido
13. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Párrafo añadido
Variedades autorizadas:
Párrafo añadido
Airén, B.
Párrafo añadido
Bonicaire, T.
Párrafo añadido
Cabernet Franc, T.
Párrafo añadido
Cabernet Sauvignon, T.
Párrafo añadido
Chardonnay, B.
Párrafo añadido
Forcallat Blanca, B.
Párrafo añadido
Forcallat Tinta, T.
Párrafo añadido
Garnacha Tinta, T.Garnacha Tintorera, T.
Párrafo añadido
Gewürztraminer, B.
Párrafo añadido
Graciano, T.
Párrafo añadido
Macabeo, Viura, B.
Párrafo añadido
Malvasía Aromática, Malvasía de Sitges, B.
Párrafo añadido
Mencía, T.
Párrafo añadido
Merlot, T.
Párrafo añadido
Merseguera, B.
Párrafo añadido
Monastrell, T.
Párrafo añadido
Moravia Dulce, Crujidera, T.
Párrafo añadido
Moscatel de Alejandría, B.
Párrafo añadido
Moscatel de Grano Menudo, B.
Párrafo añadido
Pedro Ximénez, B.
Párrafo añadido
Petit Verdot, T.
Párrafo añadido
Pinot Noir, T.
Párrafo añadido
Riesling, B.
Párrafo añadido
Rojal Tinta, T.
Párrafo añadido
Sauvignon Blanc, B.
Párrafo añadido
Syrah, T.
Párrafo añadido
Tempranillo, Cencibel, T.
Párrafo añadido
Verdejo, B.
Párrafo añadido
Verdil, B.
Párrafo añadido
Viognier, B.
Párrafo añadido
14. Comunidad Foral de Navarra
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Variedades autorizadas:
Párrafo añadido
Alarije, Malvasía Riojana, B.
Párrafo añadido
Albariño, B.
Párrafo añadido
Albillo Mayor, Turruntés, B.
Párrafo añadido
Bobal, T.
Párrafo añadido
Cabernet Franc, T.
Párrafo añadido
Cabernet Sauvignon, T.
Párrafo añadido
Chardonnay, B.
Párrafo añadido
Garnacha Blanca, B.
Párrafo añadido
Garnacha Roja, Garnacha Gris, T.
Párrafo añadido
Garnacha Tinta, T.
Párrafo añadido
Gewürztraminer, B.
Párrafo añadido
Graciano, T.
Párrafo añadido
Gros Manseng, B.
Párrafo añadido
Hondarrabi Zuri, B.
Párrafo añadido
Macabeo, Viura, B.
Párrafo añadido
Malbec, T.
Párrafo añadido
Maturana Blanca, B.
Párrafo añadido
Maturana Tinta, T.
Párrafo añadido
Mazuela, Mazuelo, T.
Párrafo añadido
Merlot, T.
Párrafo añadido
Monastrell, T.
Párrafo añadido
Moscatel de Grano Menudo, B.
Párrafo añadido
Parellada, B.
Párrafo añadido
Petit Courbu, B.
Párrafo añadido
Petit Manseng, B.
Párrafo añadido
Petit Verdot, T.
Párrafo añadido
Pinot Noir, T.
Párrafo añadido
Riesling, B.
Párrafo añadido
Sauvignon Blanc, B.
Párrafo añadido
Syrah, T.
Párrafo añadido
Tempranillo Blanco, B.
Párrafo añadido
Tempranillo, T.
Párrafo añadido
Verdejo, B.
Párrafo añadido
Viognier, B.
Párrafo añadido
Xarello, B.
Párrafo añadido
15. Comunidad Autónoma del País Vasco
Párrafo añadido
Provincias: Álava, Gipuzkoa, Bizkaia:
Párrafo añadido
Variedades autorizadas:
Párrafo añadido
Alarije, Malvasía Riojana, B.
Párrafo añadido
Albillo Mayor, Turruntés, B.
Párrafo añadido
Cabernet Sauvignon, T.
Párrafo añadido
Chardonnay, B.
Párrafo añadido
Folle Blanche, B.
Párrafo añadido
Garnacha Blanca, B.
Párrafo añadido
Garnacha Tinta, T.
Párrafo añadido
Graciano, T.
Párrafo añadido
Gros Manseng, B.
Párrafo añadido
Hondarrabi Beltza, Ondarrabi Beltza, T.
Párrafo añadido
Hondarrabi Zuri, Ondarrabi Zuri, B.
Párrafo añadido
Macabeo, Viura, B.
Párrafo añadido
Maturana Blanca, B.
Párrafo añadido
Maturana Tinta, T.
Párrafo añadido
Mazuela, Mazuelo, T.
Párrafo añadido
Monastrell, T.
Párrafo añadido
Moscatel de Alejandría, B.
Párrafo añadido
Moscatel de Grano Menudo, B.
Párrafo añadido
Parellada, B.
Párrafo añadido
Petit Courbu, B.
Párrafo añadido
Petit Manseng, B.
Párrafo añadido
Pinot Noir, T.
Párrafo añadido
Riesling, B.
Párrafo añadido
Sauvignon Blanc, B.
Párrafo añadido
Tempranillo Blanco, B.
Párrafo añadido
Tempranillo, T.
Párrafo añadido
Verdejo, B.
Párrafo añadido
Xarello, B.
Párrafo añadido
16. Comunidad Autónoma de La Rioja
Párrafo añadido
Variedades autorizadas:
Párrafo añadido
Alarije, Malvasía Riojana, B.
Párrafo añadido
Albariño, B.
Párrafo añadido
Albillo Mayor, Turruntés, B.
Párrafo añadido
Chardonnay, B.
Párrafo añadido
Garnacha Blanca, B.
Párrafo añadido
Garnacha Tinta, T.
Párrafo añadido
Gewürztraminer, B.
Párrafo añadido
Graciano, T.
Párrafo añadido
Hondarrabi Zuri, B.
Párrafo añadido
Macabeo, Viura, B.
Párrafo añadido
Maturana Blanca, B.
Párrafo añadido
Maturana Tinta, T.
Párrafo añadido
Mazuela, Mazuelo, T.
Párrafo añadido
Monastrell, T.
Párrafo añadido
Moscatel de Alejandría, B.
Párrafo añadido
Moscatel de Grano Menudo, B.
Párrafo añadido
Parellada, B.
Párrafo añadido
Pinot Noir, T.
Párrafo añadido
Riesling, B.
Párrafo añadido
Sauvignon Blanc, B.
Párrafo añadido
Tempranillo Blanco, B.
Párrafo añadido
Tempranillo, T.
Párrafo añadido
Verdejo, B.
Párrafo añadido
Viognier, B.
Párrafo añadido
Xarello, B.
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17. Comunidad Valenciana
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Provincias: Alicante, Castellón, Valencia:
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Variedades autorizadas:
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Airén, B.
Párrafo añadido
Alarije, Malvasía Riojana, Subirat Parent, B.
Párrafo añadido
Albariño, B.
Párrafo añadido
Bobal, T.
Párrafo añadido
Bonicaire, Embolicaire, T.
Párrafo añadido
Cabernet Franc, T.
Párrafo añadido
Cabernet Sauvignon, T.
Párrafo añadido
Chardonnay, B.
Párrafo añadido
Forcallat Blanca, B.
Párrafo añadido
Forcallat Tinta, T.
Párrafo añadido
Garnacha Blanca, B.
Párrafo añadido
Garnacha Tinta, Gironet, T.
Párrafo añadido
Garnacha Tintorera, T.
Párrafo añadido
Garro, Mando, T.
Párrafo añadido
Gewürztraminer, B.
Párrafo añadido
Godello, B.
Párrafo añadido
Graciano, T.
Párrafo añadido
Macabeo, Viura, B.
Párrafo añadido
Malbec, T.
Párrafo añadido
Marselan, T.
Párrafo añadido
Mazuela, T.
Párrafo añadido
Mencía, T.
Párrafo añadido
Merlot, T.
Párrafo añadido
Merseguera, Exquitsagos, Verdosilla, B.
Párrafo añadido
Miguel del Arco, T.
Párrafo añadido
Monastrell, T.
Párrafo añadido
Moravia Dulce, Crujidera, T.
Párrafo añadido
Moravia Agria T.
Párrafo añadido
Morenillo, T.
Párrafo añadido
Moscatel de Alejandría, B.
Párrafo añadido
Moscatel de Grano Menudo, B.
Párrafo añadido
Parellada, B.
Párrafo añadido
Pedro Ximénez, B.
Párrafo añadido
Petit Verdot, T.
Párrafo añadido
Pinot Noir, T.
Párrafo añadido
Planta Fina de Pedralba, B.
Párrafo añadido
Planta Nova, Tardana, B.
Párrafo añadido
Prieto Picudo, T.
Párrafo añadido
Riesling, B.
Párrafo añadido
Sauvignon Blanc, B.
Párrafo añadido
Semillon, B.
Párrafo añadido
Syrah, T.
Párrafo añadido
Tempranillo, Cencibel, Tinto Fino, T.
Párrafo añadido
Tinto de la Pámpana Blanca, T.
Párrafo añadido
Tortosí, B.
Párrafo añadido
Trepat, T.
Párrafo añadido
Verdejo, B.
Párrafo añadido
Verdil, B.
Párrafo añadido
Vidadillo, T.
Párrafo añadido
Viognier, B.
Párrafo añadido
Xarello, B.