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La inversión estatal en la Comunitat Valenciana se vincula a su peso poblacional
Ley Orgánica · En vigor · Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana
La Generalitat participará en las decisiones sobre la inversión del Estado en la Comunitat Valenciana. Durante siete años, esa inversión, sin contar el Fondo de Compensación Interterritorial, será equivalente al peso de su población en el conjunto de España y una comisión reunirá a las administraciones estatal, autonómica y local.
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Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo cincuenta y dos▾
Párrafo añadido
4. La Generalitat participará en las decisiones sobre la inversión del Estado en la Comunidad Valenciana la cual, excluido el Fondo de Compensación Interterritorial, será equivalente, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 138 de la Constitución, al peso de la población de la Comunitat Valenciana sobre el conjunto del Estado por un período de siete años. Con esta finalidad, se constituirá una Comisión integrada por la administración estatal, autonómica y local.