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2 mar 2019
Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición transitoria primera▾
EliminadoEn tanto la legislación española no prevea la creación de una autoridad macroprudencial específica, el Banco de España será la autoridad competente para la aplicación del artículo 458 del Reglamento (UE) n.º 575/2013, de 26 de junio.
AntesAsimismo, hasta la creación de una autoridad macroprudencial específica, los incrementos que podrá aplicar el Banco de España a determinadas ponderaciones por riesgo o a límites a los grandes riesgos en aplicación del artículo 458.10 serán del 25 y el 15 por ciento como máximo, respectivamente.
Ahora**(Derogada).**