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28 feb 2019
Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 15▾
Antesd) Desarrollar programas temporales que responden a necesidades no permanentes de la Administración.
Ahorad) Desarrollar programas temporales que corresponden a necesidades no permanentes de la administración o programas temporales de reinserción social o de fomento de la ocupación que sean aprobados por el Consejo de Gobierno.
Artículo 18▾
Párrafo añadido
f) Para contratar personas en situación o riesgo de exclusión social en el marco de programas temporales de reinserción social o de fomento de la ocupación aprobados por el Consejo de Gobierno, de acuerdo con la legislación laboral aplicable.