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26 feb 2019

Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 132
AntesLos Ayuntamientos canarios podrán admitir el pago en especie de los tributos locales, en los términos y condiciones que se prevean reglamentariamente.
AhoraLos ayuntamientos canarios podrán admitir el pago en especie de los tributos locales en los términos y condiciones que se prevean en la legislación estatal de haciendas locales.