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25 ene 2019

Ley 15/2017, de 25 de julio, de la Agencia de Ciberseguridad de Cataluña

Qué ha cambiado (2 artículos)

Nota oficial del BOE
Aviso oficial
Artículo 2
Antes1. La Agencia de Ciberseguridad de Cataluña tiene por objeto garantizar la ciberseguridad en el territorio de Cataluña, entendida como la seguridad de las redes de comunicaciones electrónicas y de los sistemas de información.
Ahora1. **(Anulado).**
Antes3. La Agencia de Ciberseguridad de Cataluña, en la ejecución de los objetivos a que se refiere el apartado 2, puede ejercer sus funciones con relación a las personas físicas o jurídicas situadas en Cataluña y establecer la colaboración necesaria con los prestadores de servicios de la sociedad de la información y de comunicaciones electrónicas que actúen o tengan infraestructura en Cataluña.
Ahora3. La Agencia de Ciberseguridad de Cataluña, en la ejecución de los objetivos a que se refiere el apartado 2, puede ejercer sus funciones **con relación a las personas físicas o jurídicas situadas en Cataluña** y establecer la colaboración necesaria con los prestadores de servicios de la sociedad de la información y de comunicaciones electrónicas que actúen o tengan infraestructura en Cataluña.
Antesb) Planificar, gestionar, coordinar y supervisar la ciberseguridad en Cataluña, estableciendo la capacidad preventiva y reactiva necesaria para paliar los efectos de los incidentes de ciberseguridad que afecten al territorio de Cataluña, así como las pruebas que puedan organizarse en materia de ciberseguridad y continuidad. En el ámbito de la Administración de la Generalidad y su sector público, la Agencia debe ejercer estas funciones mediante la prestación de sus servicios, coordinando las actuaciones que requieran su apoyo con el Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información.
Ahorab) **Planificar, gestionar, coordinar y supervisar la ciberseguridad en Cataluña, estableciendo la capacidad preventiva y reactiva necesaria para paliar los efectos de los incidentes de ciberseguridad que afecten al territorio de Cataluña, así como las pruebas que puedan organizarse en materia de ciberseguridad y continuidad.** En el ámbito de la Administración de la Generalidad y su sector público, la Agencia debe ejercer estas funciones mediante la prestación de sus servicios, coordinando las actuaciones que requieran su apoyo con el Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información.