← Volver
29 dic 2018
Ley 16/2001, de 14 de diciembre, de Atribución de Competencias a los Consejos Insulares en Materia de Carreteras y Caminos
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición transitoria primera▾
Antes2. La titularidad de la prolongación de la PM-1 desdoblamiento Palmanova-Peguera, que integra la doble calzada viaria, los viales de servicio y el resto de elementos auxiliares, así como la vía pasarela ajardinada de tránsito para peatones y bicicletas, pasará a ser del Consejo Insular de Mallorca una vez comprobada por el Gobierno de la Illes Balears la subsanación de las deficiencias detectadas en la ejecución del contrato, lo que deberá comunicar al citado consejo insular en el plazo máximo de quince días.
Ahora2. La titularidad de la prolongación de la PM-1 desdoblamiento Palmanova-Peguera, que integra la doble calzada viaria, los viales de servicio y el resto de elementos auxiliares, pasará a ser del Consejo Insular de Mallorca, mientras que la titularidad de la vía pasarela ajardinada de tránsito para peatones y bicicletas, incluida en el mismo contrato de obras, pasará a ser del Ayuntamiento de Calvià; en ambos casos, una vez comprobada por el Gobierno de las Illes Balears la enmienda de las deficiencias detectadas en la ejecución del contrato, se comunicará al Consejo Insular de Mallorca y al Ayuntamiento de Calvià en el plazo máximo de quince días.