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28 dic 2018

Ley 11/2016, de 28 de noviembre, de la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana

Qué ha cambiado (5 artículos)

Artículo 1
Antes1. El objeto de esta ley es la creación de la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana, que queda adscrita a Les Corts. Se configura como entidad de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.
Ahora1. El objeto de esta ley es la creación de la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción en la Comunitat Valenciana, que queda adscrita a Les Corts. Se configura como una entidad con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.
Artículo 14
AntesI. Estatuto de la persona denunciante.
Ahora1. Estatuto de la persona denunciante.
AntesII. Se creará la oficina virtual del empleado público, que permitirá a este personal señalar de forma confidencial los expedientes administrativos que juzguen irregulares.
Ahora2. Se creará la oficina virtual del empleado público, que permitirá a este personal señalar de forma confidencial los expedientes administrativos que juzguen irregulares.
Párrafo añadido
3. La falta de resolución expresa en los procedimientos relacionados con la protección a la persona denunciante a la que se refiere el presente artículo tendrá efectos desestimatorios.
Artículo 29
Antes2. El personal al servicio de la agencia será provisto de acuerdo con los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad adecuados a la función encomendada de entre el funcionariado de las diferentes administraciones públicas.
Ahora2. El personal al servicio de la Agencia será provisto, de acuerdo con los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad adecuados a la función encomendada, entre los funcionarios de las diferentes administraciones públicas; y está sujeto a la normativa reguladora del personal de Les Corts, sin perjuicio de lo que pueda establecerse específicamente en el reglamento de régimen interior y funcionamiento de la Agencia.
Artículo 30
Eliminado5. El presupuesto de la agencia se rige por la normativa reguladora de las entidades del sector público de la Generalitat valenciana.
Eliminado6. La contabilidad de la agencia está sujeta a los principios de la contabilidad pública y al sistema de autorización, disposición, obligación y pago para asegurar el control presupuestario.
AntesLa agencia está sujeta a la intervención general de la Generalitat valenciana, de acuerdo con los criterios establecidos en la Ley 1/2015, de hacienda pública, sector público instrumental y subvenciones.
Ahora5. El presupuesto de la Agencia se acomodará a los presupuestos de las Corts Valencianes.
Párrafo añadido
6. La contabilidad de la Agencia está sujeta a los principios de contabilidad pública y al sistema de autorización, disposición, obligación y pago para asegurar el control presupuestario.
Párrafo añadido
La Agencia está sujeta a la Intervención de Les Corts, en la forma que se determine, y justificará su gestión, anualmente, a la Sindicatura de Comptes.
Disposición transitoria primera
AntesDos. El director o directora de la agencia, en el plazo de seis meses desde su nombramiento, elaborará y presentará a las Corts Valencianes y al Consell de la Generalitat el proyecto de Reglamento de funcionamiento y régimen interior de la agencia para su aprobación posterior.
AhoraDos. El director o directora de la agencia, en el plazo de seis meses desde su nombramiento, elaborará y presentará a les Corts Valencianes el proyecto de reglamento de funcionamiento y régimen interior de la agencia para su posterior aprobación por parte de la agencia. Este reglamento se publicará en el Butlletí Oficial de les Corts y en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.