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28 dic 2018

Ley 6/1991, de 27 de marzo, de Carreteras de la Comunidad Valenciana

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 52
Artículo nuevo
Artículo 52. Actividad inspectora y de control. Las actividades inspectoras y de control del cumplimiento de esta Ley serán efectuadas por personal funcionario debidamente acreditado, de la Generalitat. Este personal tendrá, en el ejercicio de sus funciones, la condición de autoridad, y sus declaraciones gozarán de presunción de veracidad.